Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban la Directiva N.° 005-2024-CE-PJ denominada Gestión del Proceso de Evaluación y Ratificación del Procurador Público y Procurador Público Adjunto del Poder Judicial – Versión 001

Aprueban la Directiva N.° 005-2024-CE-PJ denominada “Gestión del Proceso de Evaluación y Ratificación del Procurador Público y Procurador Público Adjunto del Poder Judicial” – Versión 001

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000315-2024-CE-PJ

Lima, 27 de septiembre del 2024

VISTOS:

El Oficio N.º 001063-2024-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Informe N.º 000971-2024-OAL-GG-PJ de la Oficina de Asesoría Legal, el Memorando N.º 001467-2024-GP-GG-PJ de la Gerencia de Planificación, el Informe N.º 000149-2024-SR-GP-GG-PJ; y el Informe N.º 000108-2024-GRHB-GG-PJ de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los procuradores públicos, conforme a ley; y el Decreto Legislativo N.º 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, tiene por objeto reestructurar el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crear la Procuraduría General del Estado como ente rector, a efectos de mantener y preservar la autonomía, uniformidad y coherencia en el ejercicio de la función de los procuradores públicos en el ámbito nacional, supranacional e internacional; así como fortalecer, unificar y modernizar la Defensa Jurídica del Estado.

Segundo. Que, la Ley N.º 31778, que modifica el Decreto Legislativo N.º 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado para restablecer la autonomía constitucional del Poder Legislativo y del Poder Judicial; así como de los organismos constitucionales autónomos, con relación al procedimiento de designación de los procuradores públicos, establece en los artículos 16, 31 y 32 que los procuradores públicos del Poder Legislativo y del Poder Judicial; y de los organismos constitucionales autónomos, son elegidos por los titulares de cada entidad a través de concurso público por un plazo de cinco años y, son designados mediante resolución del procurador general del Estado, previa comunicación del titular de la entidad.

Tercero. Que, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, mediante Informe N.º 000108-2024-GRHB-GG-PJ, presenta inicialmente la propuesta de Directiva denominada “Gestión del Proceso de Evaluación y Ratificación del Procurador Público Adjunto del Poder Judicial” el cual cumple con todos los requisitos previstos en los numerales 6.1, 6.2, 6.3, 6.4 y 7.1 de la Directiva N.º 004-2023-CE-PJ “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos del Poder Judicial”, aprobada mediante Resolución Administrativa N.º 000247-2023-CE-PJ, recomendando su aprobación.

Cuarto. Que, posteriormente, mediante Informe N.º 000149-2024-SR-GP-GG-PJ la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación emite opinión técnica favorable al proyecto normativo interno, el cual denomina proyecto de Directiva “Gestión del Proceso de Evaluación y Ratificación del Procurador Público y Procurador Público Adjunto del Poder Judicial”, por lo que de conformidad con el numeral 6.5 de la Directiva N.º 004-2023-CE-PJ, recomienda se continúe con el trámite de aprobación del proyecto, habiendo hecho suyo la Gerencia de Planificación el informe de su unidad orgánica mediante Memorando N.º 001467-2024-GP-GG-PJ.

Quinto. Que, por su parte, la Oficina de Asesoría Legal mediante Informe N.º 000971-2024-OAL-GG-PJ otorga opinión legal favorable, señalando que el documento normativo propuesto cumple con la estructura prevista para este tipo de documentos conforme al “Anexo 01: Formato de Directiva” establecido para este tipo de proyectos según lo indica la mencionada Directiva N.º 004-2023-CE-PJ, siendo los conceptos contenidos en su estructura interna desarrollados en forma clara, teniendo un impacto administrativo favorable en la administración en términos de eficiencia y eficacia sobre el procedimiento que regula.

Sexto. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N.º 001104-2024-GG-PJ remite la referida propuesta para su evaluación y aprobación; la misma que cuenta con los visados de la Gerencia de Planificación, Subgerencia de Racionalización, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, y la Oficina de Asesoría Legal.

Sétimo. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así, deviene en pertinente aprobar la presente propuesta.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 1245-2024 de la trigésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 25 de setiembre de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra y Cáceres Valencia, sin la intervención del señor Zavaleta Grández por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N.º 005-2024-CE-PJ denominada “Gestión del Proceso de Evaluación y Ratificación del Procurador Público y Procurador Público Adjunto del Poder Judicial” – Versión 001.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente decisión.

Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.

Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

2330324-1