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Aprueban la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del primer trimestre del Año Fiscal 2020 para los pliegos del Gobierno Nacional Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por toda Fuente de Financiamiento

Aprueban la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del primer trimestre del Año Fiscal 2020 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, por toda Fuente de Financiamiento

Resolución Directoral

Nº 016-2020-EF/50.01

Lima, 13 de mayo de 2020

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene como funciones, entre otras, el programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria;

Que, el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, comprende, entre otros, los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;

Que, conforme al artículo 37 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de programación del gasto público, de corto plazo, por toda fuente de financiamiento, que permite compatibilizar la programación de caja de ingresos y gastos, con la real capacidad de financiamiento para el Año Fiscal respectivo, en el marco de las reglas fiscales vigentes; estableciendo, entre otros, que dicho instrumento es determinado, revisado y actualizado, de manera trimestral por la Dirección General de Presupuesto Público, sobre la base de la información proporcionada por los Pliegos;

Que, mediante la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01, se regulan, entre otros, los procedimientos de determinación, revisión y actualización de la Programación de Compromisos Anual (PCA) en los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, disponiendo en el artículo 9 que la PCA es revisada trimestralmente por la Dirección General de Presupuesto Público de oficio y es aprobada, en el caso del primer, segundo y tercer trimestre, por Resolución Directoral, a nivel de pliego;

Que, asimismo en la citada Resolución Directoral se aprueba el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2020 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en el cual se establece, entre otros, el plazo para la aprobación mediante Resolución Directoral de la revisión de la PCA de oficio;

Que, el numeral 4 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 026-2020 dispone la suspensión por treinta (30) días contados a partir del día siguiente de la publicación de dicho Decreto de Urgencia, del cómputo de los plazos vinculados a las actuaciones de los órganos rectores de la Administración Financiera del Sector Público, y de los entes rectores de los sistemas funcionales, incluyendo aquellos plazos que se encuentren en trámite a la entrada en vigencia de la dicha norma;

Que, en consecuencia y de conformidad con las competencias de la Dirección General de Presupuesto Público, resulta necesario aprobar la PCA correspondiente a la revisión del primer trimestre del Año Fiscal 2020 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, la cual considera la información registrada en el Sistema Integrado Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) al 11 de mayo del año 2020;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y en el artículo 9 de la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 aprobada por Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del primer trimestre del Año Fiscal 2020 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, ascendente a la suma de S/ 172 111 622 637,00 (CIENTO SETENTA Y DOS MIL CIENTO ONCE MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2. Los montos aprobados de la PCA a nivel de pliego se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef). En caso el monto de la PCA registrada en el Sistema Integrado Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) a la entrada en vigencia de la presente Resolución Directoral, sea superior al monto de la PCA a nivel de pliego, publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, el monto de la PCA a nivel de pliego correspondiente a la revisión del primer trimestre del Año Fiscal 2020 será el monto de la PCA registrada en el SIAF-SP.

Artículo 3. La Programación de Compromisos Anual (PCA) no convalida los actos o acciones que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización financiera de los recursos públicos asignados; así como tampoco, en ningún caso, la PCA constituye el sustento legal para la aprobación de las resoluciones que aprueben modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, de acuerdo a lo señalado en el numeral 11.3 del artículo 11 de la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01.

Artículo 4. Los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para realizar el compromiso correspondiente a los gastos que se financian con cargo a fuentes de financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, deben considerar la previsión en la recaudación, captación y obtención de recursos por las fuentes de financiamiento antes mencionadas que esperan obtener en el Año Fiscal 2020, en concordancia con lo señalado en el artículo 39 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo 5. La presente Resolución Directoral y el Anexo a que se refiere al artículo 1 de esta norma, se publican en el Diario O?cial “El Peruano” y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ZOILA CRISTINA LLEMPÉN LÓPEZ

Directora General

Dirección General de Presupuesto Público

ANEXO

PROGRAMACIÓN DE COMPROMISOS ANUAL (PCA)

CORRESPONDIENTE A LA REVISION DEL PRIMER TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2020

POR TODA FUENTE DE FINANCIAMIENTO

(En soles)

NIVEL DE GOBIERNO

PCA

GOBIERNO NACIONAL

107,475,808,538

GOBIERNOS REGIONALES

35,779,501,589

GOBIERNOS LOCALES

28,856,312,510

TOTAL GENERAL

172,111,622,637

1866327-1