Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Huallaga para la ejecución del Proyecto: “Recuperación de los servicios ambientales de los suelos degradados por el cultivo de coca de la cuenca del río Saposoa, Saposoa, provincia de Huallaga - San Martín”
Resolución de Presidencia Ejecutiva
N° 023-2020-DV-PE
Lima, 5 de mayo de 2020
VISTO:
El Memorando N° 000005-2020-DV-PP-PIRDAIS, mediante el cual, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, remite el Anexo N° 01 que detalla el Proyecto, Entidad Ejecutora e importe a ser transferido, y;
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación;
Que, el literal e) del numeral 17.1 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 17.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, el numeral 17.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 17.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales le fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera;
Que, mediante Informe N° 000016-2020-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización del proyecto: “Recuperación de los servicios ambientales de los suelos degradados por el cultivo de coca de la cuenca del río Saposoa, Saposoa, provincia de Huallaga - San Martín” que será financiado con recursos de la fuente de financiamiento “Recursos Ordinarios”, el mismo que cuenta con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva;
Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2020, DEVIDA suscribió una Adenda con la Municipalidad Provincial de Huallaga para la ejecución del precitado Proyecto hasta por la suma de NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE CON 00/100 SOLES (S/ 937,417.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencia financiera;
Que, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestal N° 00481 entendiéndose que este documento forma parte del Informe Previo Favorable N° 000031-2020-DV-OPP-UPTO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.2 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad del Plan Operativo del Proyecto;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada Ley, la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución del Proyecto detallado en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con el POA aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos;
Con los visados de la Gerencia General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera hasta por la suma total de NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE CON 00/100 SOLES (S/ 937,417.00), para financiar el Proyecto a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo N°01 que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2020 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de financiamiento “Recursos Ordinarios”.
Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución del Proyecto descrito en el Anexo N° 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 17.3 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.
Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como, al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
RUBÉN VARGAS CÉSPEDES
Presidente Ejecutivo
ANEXO 01
TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL
“PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS”
NRO. |
ENTIDAD EJECUTORA |
NOMBRE DE LA ACTIVIDAD / PROYECTO |
MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ |
01 |
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALLAGA |
PROYECTO: “RECUPERACIÓN DE LOS SERVICIOS AMBIENTALES DE LOS SUELOS DEGRADADOS POR EL CULTIVO DE COCA DE LA CUENCA DEL RÍO SAPOSOA, SAPOSOA, PROVINCIA DE HUALLAGA – SAN MARTÍN. |
937 417.00 |
TOTAL |
937,417.00 |
1866138-1