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Aprueban el Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria

Aprueban el “Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria”

RESOLUCIÓN SECRETARIAL

Nº 070-2020-MTC/04

Lima, 8 de mayo de 2020

VISTOS: Los Informes N° 047-2020-MTC/04.02 y N° 048-2020-MTC/04.02 de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, el Informe Nº 044-2020-MTC/11 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, el Informe N° 082-2020-MTC/10 de la Oficina General de Administración, el Informe N° 004-2020-MTC/23 de la Oficina General de Tecnología de la Información, el Informe N° 003-2020-MTC/04.04 de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, y el Memorándum N° 0648-2020-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 025-2020, se dictan medidas urgentes destinadas a reforzar el sistema de vigilancia y respuesta sanitaria frente al grave peligro de la propagación de la enfermedad causada por un nuevo coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, a efectos de establecer mecanismos inmediatos para la protección de la salud de la población y minimizar el impacto sanitario de situaciones de afectación a ésta;

Que, a través del Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19;

Que, por Decreto de Urgencia N° 026-2020, se aprueban medidas adicionales extraordinarias que permitan adoptar las acciones preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad causada por el virus del COVID-19, en el territorio nacional, así como coadyuvar a disminuir la afectación a la economía peruana por el alto riesgo de propagación del mencionado virus a nivel nacional;

Que, asimismo, a través del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, con el objeto de evitar la propagación de esta enfermedad que pone en riesgo la salud y la integridad de las personas dado sus efectos y alcances nocivos;

Que, con Decreto Supremo Nº 075-2020-PCM se prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, ampliado temporalmente por los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM y N° 064-2020-PCM; y precisado por los Decretos Supremos N° 045-2020-PCM, Nº 046-2020-PCM, N° 051-2020-PCM, N° 053-2020-PCM, N° 057-2020-PCM, N° 058-2020-PCM, N° 061-2020-PCM, N° 063-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 068-2020-PCM y N° 072-2020-PCM, por el término de catorce (14) días calendario, a partir del 27 de abril de 2020 hasta el 10 de mayo de 2020;

Que, con Resolución Ministerial N° 103-2020-PCM, se aprueban los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA”; disponiéndose en su Primera Disposición Complementaria Final que cada entidad del Poder Ejecutivo se encuentra facultada para aprobar lineamientos específicos para regular su funcionamiento, entrega de bienes, prestación de servicios y trámites, y acciones para la atención a la ciudadanía durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19; sin trasgredir lo dispuesto en dichos Lineamientos y siguiendo los lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud;

Que, con Resolución Secretarial N° 0068-2020-MTC/04, se aprueba el Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, mediante los documentos de vistos la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, la Oficina General de Administración, la Oficina General de Tecnología de la Información, y la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, en el marco de sus competencias, sustentan y proponen la aprobación de un Protocolo para establecer medidas excepcionales y transitorias para la atención a los ciudadanos, así como para la gestión documental en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones durante el periodo de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud por la existencia del COVID-19;

Que, con el Memorándum N° 0648-2020-MTC/09 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentada en el Informe N° 088-2020-MTC/09.05 de la Oficina de Modernización, que hace suyo, expresa su opinión favorable para la aprobación del “Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria”;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 959-2019 MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Protocolo para la prevención y control de la trasmisión del COVID-19 en la atención al ciudadano y gestión documental durante el periodo de Emergencia Sanitaria”, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial y Protocolo aprobado, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3.- Notificar copia de la presente Resolución Secretarial y el Protocolo aprobado, a las unidades de organización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para su conocimiento y fines.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUANA R. LÓPEZ ESCOBAR

Secretaria General

Ministerio de Transportes y Comunicaciones

1866180-1