Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican las Bases de diversos concursos en el extremo referido al Cronograma del Concurso para el año 2020 y dictan diversas disposiciones

Modifican las Bases de diversos concursos en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el año 2020” y dictan diversas disposiciones

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 000153-2020-DGIA/MC

San Borja, 5 de mayo del 2020

VISTOS: El Decreto Supremo Nº 008-2020-SA del 11 de marzo de 2020, el Decreto de Urgencia Nº 026-2020-PCM del 15 de marzo de 2020, el Decreto de Urgencia Nº 029-2020 del 20 de marzo de 2020, la Resolución Viceministerial Nº 065- 2020-VMPCIC-MC del 12 de marzo de 2020, la Resolución Viceministerial Nº 049- 2020-VMPCIC-MC del 24 de febrero de 2020, la Resolucio?n Directoral Nº 102-2020 del 24 de febrero de 2020, y el Informe N° 000135-2020-DAFO/MC del 4 de mayo de 2020, emitido por la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA del 11 de marzo de 2020, la autoridad sanitaria se Declara Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, hasta el 11 de junio de 2020, ello en virtud de que la Organización Mundial de la Salud con fecha 11 de marzo de 2020, califico? el brote del Coronavirus (COVID-19) como una pandemia al haberse extendido en ma?s de cien pai?ses del mundo de manera simulta?nea;

Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM del 15 de marzo de 2020, se declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación, a consecuencia del brote del COVID-19;

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 026-2020 del 15 de marzo de 2020, se dispone el aislamiento social obligatorio por el plazo de quince (15) días calendario, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19;

Que, la segunda disposición complementaria final en el Decreto de Urgencia N° 026- 2020-PCM, establece medidas para el Poder Ejecutivo en relación a la suspensión de plazos, declarándose que, de manera excepcional, el cómputo de los plazos de tramitación de los procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo y negativo que se encuentren en trámite a la entrada en vigencia de la norma, se suspenden por treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto de Urgencia (hasta el 24 de abril de 2020), con excepción de aquellos que cuenten con un pronunciamiento de la autoridad pendiente de notificación a los administrados, pudiendo prorrogarse el plazo mediante Decreto al, el cómputo de los plazos de Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 029-2020 del 20 de marzo de 2020 se dictan medidas para el financiamiento de acciones ante los efectos del COVID-19;

Que, el artículo 28 del Decreto Urgencia N° 029-2020, establece medidas para el Poder Ejecutivo en relación a la suspensión de plazos, declarándose la suspensión por treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicado el Decreto de Urgencia, del cómputo de los plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole, incluso los regulados por leyes y disposiciones especiales, que se encuentren sujetos a plazo, que se tramiten en entidades del Sector Público, y que no estén comprendidos en los alcances de la Segunda Disposicio?n Complementaria Final del Decreto de Urgencia No 026-2020; incluyendo los que encuentran en trámite a la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia 029-2020;

Que, los títulos I y II de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, definen la naturaleza jurídica y las áreas programáticas del Ministerio de Cultura, así como sus competencias exclusivas, dentro de las cuales se establece la promoción de la creación cultural en todos los campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales;

Que, el numeral 78.2 del arti?culo 78 del Reglamento de Organizacio?n y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, sen?ala que es funcio?n de la Direccio?n General de Industrias Culturales y Artes, elaborar y elevar al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Plan Anual de Actividades y Concursos de Proyectos y Obras Cinematogra?ficas, Fonogra?ficas y Editoriales, asi? como las bases y sus respectivos formatos, para su aprobacio?n, de conformidad con la normatividad legal vigente;

Que, el literal f) del arti?culo 2 de la Ley N° 26370, Ley de la Cinematografi?a Peruana, sen?ala como uno de sus objetivos fundamentales, instituir el Concurso de Proyectos Cinematogra?ficos, y organizar festivales, concursos y otros acontecimientos cinematogra?ficos semejantes; estableciendo adema?s en su arti?culo 11, que el Ministerio de Cultura convoca a concurso y otorga cada an?o premios a los mejores proyectos y obras cinematogra?ficas peruanas de cortometraje y largometraje en el a?mbito nacional, en sus diferentes categori?as y etapas, que consisten en un apoyo econo?mico no reembolsable;

Que, mediante la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se autoriza al Ministerio de Cultura, durante el Año Fiscal 2020, a otorgar estímulos económicos a personas naturales y jurídicas privadas que participan en las industrias culturales y las artes, de conformidad con las condiciones, procedimientos y demás normas complementarias, que serán aprobadas mediante decreto supremo refrendado por el titular del Ministerio de Cultura;

Que, el artículo 7 del Reglamento de la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2020-MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, a través de sus unidades orgánicas competentes, realiza las convocatorias públicas para el otorgamiento de los estímulos económicos, de conformidad con lo dispuesto en el plan anual correspondiente;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 011-2020-VMPCIC-MC, de fecha 14 de enero de 2020, se aprueba el “Plan Anual de Estímulos Económicos para la Actividad Cinematográfica y Audiovisual para el año 2020”, modificado por Resolución Viceministerial N° 039-2020-VMPCIC/MC;

Que, mediante Resolución Directoral N° 000102-2020-DGIA/MC, de fecha 24 de febrero de 2020, se aprobaron las Bases de la segunda convocatoria del “Plan Anual de Estímulos Económicos para la Actividad Cinematográfica y Audiovisual para el año 2020” que incluye a los concursos de: Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje, Concurso Nacional de Proyectos de Distribución de Largometraje, Concurso Nacional de Cortometrajes, Concurso Nacional de Proyectos de Cortometraje, y Concurso Nacional de Pilotos de Serie, Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción, Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción (Estímulo Alternativo), Concurso Nacional de Proyectos de Documental Formato Largo, Concurso Nacional de Coproducciones Minoritarias, Concurso Nacional de Creacio?n Experimental, Concurso Nacional de Proyectos de Preproduccio?n de Largometraje de Animacio?n, Concurso Nacional de Proyectos de Gestio?n Cultural para el Audiovisual, Concurso Nacional para la Formacio?n Audiovisual, Concurso de Proyectos de Largometraje de Ficcio?n Exclusivo para las Regiones del Pai?s (excepto Lima Metropolitana y Callao), Concurso Nacional de Proyectos de Nuevos Medios Audiovisuales, Concurso Nacional de Proyectos de Investigacio?n sobre Cinematografi?a y Audiovisual, Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje en Construccio?n, Concurso Nacional de Proyectos de Preservacio?n Audiovisual, Concurso Nacional de Proyectos de Gestio?n de Salas de Exhibicio?n Alternativa;

Que, el acápite de las Bases denominado “Cronograma del Concurso para el año 2020”, detalla las fechas y plazos con los que cuenta cada etapa del Concurso, y dispone que las fechas descritas pueden variar en caso de controversia o motivo de fuerza mayor que interfiera con el normal desenvolvimiento del Concurso;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 150-2020-DGIA/MC, del 27 de marzo de 2020, se dispuso suspender, con efecto retroactivo al 20 de marzo de 2020, fecha de publicación del Decreto de Urgencia 029-2020, los plazos vinculados a la fecha límite para la presentación de postulaciones de los Estímulos Económicos para la Actividad Cinematográfica y Audiovisual y modificar las bases de los siguientes concursos: Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje, Concurso Nacional de Proyectos de Distribución de Largometraje, Concurso Nacional de Cortometrajes, Concurso Nacional de Proyectos de Cortometraje, Concurso Nacional de Pilotos de Serie, Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción, Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción (Estímulo Alternativo), Concurso Nacional de Proyectos de Documental Formato Largo; en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el año 2020”

Que, en la misma Resolución Directoral se modificaron las fechas para la etapa de “formulación de consultas” de los siguientes concursos: - Concurso Nacional de Coproducciones Minoritarias - Concurso Nacional de Creación Experimental - Concurso Nacional de Proyectos de Preproducción de Largometraje de Animación - Concurso Nacional de Proyectos de Gestión Cultural para el Audiovisual - Concurso Nacional para la Formación Audiovisual - Concurso de Proyectos de Largometraje de Ficción Exclusivo para las Regiones del País (excepto Lima Metropolitana y Callao) - Concurso Nacional de Proyectos de Nuevos Medios Audiovisuales - Concurso Nacional de Proyectos de Investigación sobre Cinematografía y Audiovisual - Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje en Construcción - Concurso Nacional de Proyectos de Preservación Audiovisual - Concurso Nacional de Proyectos de Gestión de Salas de Exhibición Alternativa

Que, con fecha 27 de marzo de 2020, mediante Decreto Supremo Nº 051-2020-PCM, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM por el término de trece (13) días calendario, a partir del 31 de marzo de 2020 hasta el 12 de abril de 2020.

Que, con fecha 10 de abril de 2020, mediante Decreto Supremo N° 064-2020-PCM, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM por el término de catorce (14) días calendario, a partir del 13 de abril de 2020 hasta el 26 de abril del 2020.

Que, con fecha 23 de abril de 2020, mediante Decreto Supremo N° 075-2020-PCM, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM por el término de catorce (14) días calendario, a partir del 27 de abril de 2020 hasta el 10 de mayo del 2020.

Que, el 28 de abril de 2020, mediante Decreto Supremo Nº 076-2020-PCM, se dispuso la prórroga del plazo de suspensión del cómputo de los plazos de tramitación de los procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo y negativo, al amparo del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 026-2020.

Que, en ese sentido, mediante Informe Nº 135-2020-DAFO/MC, la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios informa que el Estado de Emergencia Sanitaria, así como las medidas complementarias a fin de evitar la propagación del COVID-19, establecidas por el Poder Ejecutivo, que se mantienen a la fecha, configuran un supuesto de fuerza mayor que interfiere con el normal desenvolvimiento de los concursos convocados; por lo que se considera necesario que se establezcan nuevas fechas del cronograma de los Concursos y Estímulos Económicos;

Que, en virtud de las consideraciones antes expuestas, resulta necesario presentar un nuevo cronograma que permita ampliar los plazos establecidos en las bases de los referidos concursos y su resolución modificatoria, con la finalidad de asegurar que los administrados logren presentar sus postulaciones y además que se pueda bridan una correcta atención de las mismas, asegurando una correcta ejecución del presupuesto destinado a estímulos económicos, este año fiscal.

Que, en virtud de lo antes expuesto, corresponde comunicar a las personas jurídicas y naturales que, a la fecha, han enviado su postulación, que, dada la ampliación de algunas fechas en el cronograma, se apertura el sistema en línea para que, de ser, el caso puedan enviar su postulación dentro de los nuevos plazos establecidos de acuerdo al Concurso al que postulan.

SE RESUELVE:

Arti?culo Primero.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el año 2020”, acorde al siguiente detalle:

Fecha li?mite de solicitud de excepciones*

Hasta el 22 de mayo de 2020

Fecha li?mite de solicitud de inscripcio?n en el RCN

Hasta el 1 de junio de 2020

Fecha li?mite de presentacio?n de postulaciones

Hasta las 13:00 horas del 3 de junio de 2020

Revisio?n de postulaciones

Hasta el 14 de julio de 2020

Inicio de evaluacio?n de postulaciones

16 de julio de 2020

Publicacio?n de finalistas para el encuentro con el Jurado

17 de setiembre de 2020

Declaracio?n de beneficiarios (ganadores)

29 de setiembre de 2020

Arti?culo Segundo.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Distribución de Largometraje” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Fecha li?mite de solicitud de excepciones*

Hasta el 26 de mayo de 2020

Fecha li?mite de solicitud de inscripcio?n en el RCN

Hasta el 2 de junio de 2020

Fecha li?mite de presentacio?n de postulaciones

Hasta las 13:00 horas del 5 de junio de 2020

Revisio?n de postulaciones

Hasta el 30 de junio de 2020

Inicio de evaluacio?n de postulaciones

2 de julio de 2020

Declaracio?n de beneficiarios (ganadores)

12 de agosto de 2020

Arti?culo Tercero.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Cortometrajes” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Fecha li?mite de solicitud de excepciones*

Hasta el 27 de mayo de 2020

Fecha li?mite de solicitud de inscripcio?n en el RCN

Hasta el 3 de junio de 2020

Fecha li?mite de presentacio?n de postulaciones

Hasta las 13:00 horas del 8 de junio de 2020

Revisio?n de postulaciones

Hasta el 8 de julio de 2020

Inicio de evaluacio?n de postulaciones

10 de julio de 2020

Declaracio?n de beneficiarios (ganadores)

8 de setiembre de 2020

Arti?culo Cuarto.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Cortometrajes” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Fecha li?mite de solicitud de excepciones*

Hasta el 29 de mayo de 2020

Fecha li?mite de solicitud de inscripcio?n en el RCN

Hasta el 4 de junio de 2020

Fecha li?mite de presentacio?n de postulaciones

Hasta las 13:00 horas del 10 de junio de 2020

Revisio?n de postulaciones

Hasta el 17 de julio de 2020

Inicio de evaluacio?n de postulaciones

21 de julio de 2020

Publicacio?n de finalistas para el encuentro con el Jurado

10 de setiembre de 2020

Declaracio?n de beneficiarios (ganadores)

21 de setiembre de 2020

Arti?culo Quinto.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Pilotos de Serie” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Fecha li?mite de solicitud de excepciones*

Hasta el 2 de junio de 2020

Fecha li?mite de solicitud de inscripcio?n en el RCN

Hasta el 5 de junio de 2020

Fecha li?mite de presentacio?n de postulaciones

Hasta las 13:00 horas del 12 de junio de 2020

Revisio?n de postulaciones

Hasta el 13 de julio de 2020

Inicio de evaluacio?n de postulaciones

15 de julio de 2020

Arti?culo Sexto.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Séptimo.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción (Estímulo Alternativo)” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Octavo.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Documental Formato Largo” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Noveno.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Coproducciones Minoritarias” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Décimo.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Creación Experimental” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Décimo Primero.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Preproducción de Largometraje de Animación” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Décimo Segundo.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Gestión Cultural para el Audiovisual” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Décimo Tercero.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional para la Formación Audiovisual” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Décimo Cuarto.- MODIFICAR las bases del “Concurso de Proyectos de Largometraje de Ficción exclusivo para las Regiones del País excepto Lima Metropolitana y Callao” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Décimo Quinto.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Nuevos Medios Audiovisuales” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Décimo Sexto.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Investigación sobre Cinematografía y Audiovisual” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Décimo Séptimo.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje en Construcción” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Décimo Octavo.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Preservación Audiovisual” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Décimo Noveno.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Gestión de Salas de Exhibición Alternativa” en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el an?o 2020”, acorde al siguiente detalle:

Arti?culo Vigésimo.- COMUNICAR a las personas jurídicas y naturales que, a la fecha, han enviado su postulación que, de ser, el caso podrán enviar su postulación dentro de los nuevos plazos establecidos de acuerdo al Concurso al que postulan, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.

Arti?culo Vigésimo Primero.- Disponer que los dema?s extremos de las Bases del Concurso Nacional de Desarrollo de Proyectos de Largometraje, Concurso Nacional de Proyectos de Distribucio?n de Largometraje, Concurso Nacional de Cortometrajes, Concurso Nacional de Proyectos de Cortometraje, Concurso Nacional de Pilotos de Serie, Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficcio?n, Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficcio?n (Esti?mulo Alternativo), Concurso Nacional de Proyectos de Documental Formato Largo, Concurso Nacional de Coproducciones Minoritarias, Concurso Nacional de Creacio?n Experimental, Concurso Nacional de Proyectos de Preproduccio?n de Largometraje de Animacio?n, Concurso Nacional de Proyectos de Gestio?n Cultural para el Audiovisual, Concurso Nacional para la Formacio?n Audiovisual, , Concurso Nacional de Proyectos de Nuevos Medios Audiovisuales, Concurso Nacional de Proyectos de Investigacio?n sobre Cinematografi?a y Audiovisual, Concurso Nacional de Proyectos de Preservacio?n Audiovisual, y Concurso Nacional de Proyectos de Gestio?n de Salas de Exhibicio?n Alternativa, aprobadas mediante Resolucio?n Directoral N° 000102-2020-DGIA/MC, se mantienen vigentes.

Arti?culo Vigésimo Segundo.- Disponer que los dema?s extremos de las Bases del Concurso Nacional de Cortometrajes, Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficcio?n, Concurso de Proyectos de Largometraje de Ficcio?n Exclusivo para las Regiones del Pai?s (excepto Lima Metropolitana y Callao) y Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje en Construccio?n, aprobadas mediante Resolucio?n Viceministerial N° 049-2020-VMPCIC/MC, se mantienen vigentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FÉLIX ANTONIO LOSSIO CHÁVEZ

Director General

Dirección General de Industrias Culturales y Artes

1866059-1