Ratifican el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Los Olivos 2020
ORDENANZA Nº 526-2020/CDLO
Los Olivos, 29 de abril de 2020
EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS
VISTOS: El Informe N° 074-2020-MDLO/GM/GSCYGRD-CODISEC.ST. del Responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC LOS OLIVOS, Informe N° 0626 – 2020 /MDLO/GSCYGRD de la Gerente de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo del Desastre, Informe N° 90-2020/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica Proveído de la Gerencia , y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de La Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece en el literal e) del Artículo 43º, que la Seguridad Ciudadana es competencia compartida de las municipalidades, lo cual es concordante con el Artículo 85° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades que señala que los Gobiernos Locales tienen competencia en materia de Seguridad Ciudadana, respectivamente;
Que mediante Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana – SINASEC y el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana – CONASEC, reglamentada por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, normando en sus artículos pertinentes la organización y funcionamiento de los Comités de Seguridad Ciudadana en las corporaciones municipalidades del país y que tiene por objetivo proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Estableciendo además para efectos de esta Ley en su Artículo 2° que Seguridad Ciudadana es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacio públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas;
Que el Artículo 17º de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana establece que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana tiene entre sus funciones ejecutar los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana dispuestos por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, estableciendo en su numeral 17.5 literal a) de la ley el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana tiene entre sus funciones la de proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana;
Que la Resolución Ministerial Nº 10-2015-IN, aprueba la directiva Nº 001-2015-IN “Lineamientos para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los planes de seguridad Ciudadana, Supervisión y evaluación de los comités de Seguridad Ciudadana” la cual establece en su apartado VI Disposiciones Específicas, literal c, numeral 6 que además de su aprobación por los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, los planes de seguridad ciudadana deberán ser ratificadas por los Concejos Regionales de los Gobiernos Regionales y por los Concejos Municipales Provinciales y Distritales, según corresponda, a efectos de su obligatorio cumplimiento como políticas regionales, provinciales y distritales, según corresponda, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 47°del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana;
Que según lo dispuesto en el Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidades con competencia distrital, asume las funciones de Secretaría Técnica de los CODISEC, cuyo cargo es indelegable bajo responsabilidad siendo uno de sus funciones presentar al concejo municipal distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobada por el CODISEC para su ratificación;
Que, en atención a los informes de vistos del Responsable de la Secretaría Técnica del CODISEC LOS OLIVOS y de la Gerente de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo del Desastre y acorde a los fundamentos de hecho y derecho que expone la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe N° 90-2020/MDLO/GAJ opina que es procedente ratificar el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Los Olivos 2020, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Los Olivos.
Por los fundamentos expresados y en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9° y el artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de Lectura y aprobación del acta, el Pleno del Consejo Municipal aprueba por unanimidad lo siguiente:
ORDENANZA Nº 526-CDLO
QUE RATIFICA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA LOS OLIVOS 2020
Artículo Primero.- RATIFICAR el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LOS OLIVOS 2020, APROBADO POR EL COMITÉ DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA - CODISEC LOS OLIVOS 2020, cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde, adoptar las medidas necesarias y actos administrativos, para la implementación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Los Olivos 2020, descrito en el artículo precedente.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la GERENCIA MUNICIPAL, a la GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA, a la SECRETARÍA TÉCNICA DEL CODISEC, a la SUBGERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la SECRETARÍA GENERAL la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la SUBGERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL y GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES la publicación de la Ordenanza y del íntegro del PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LOS OLIVOS 2020, APROBADO POR EL COMITÉ DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA - CODISEC LOS OLIVOS 2020 en el portal: www.munilosolivos.gob.pe.
POR TANTO:
Mando se regístre, publique y cumpla.
FELIPE B. CASTILLO ALFARO
Alcalde
1866014-3