Ordenanza que incorpora Tercera Disposición Final en la Ordenanza N° 099-MDS, que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Surquillo
ORDENANZA Nº 456-MDS
Surquillo, 24 de abril de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO:
POR CUANTO:
VISTO; por el pleno del Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, la Ley Nº27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, el artículo 4º de la acotada Ley, prevé que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, siendo el objetivo a alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía, los canales efectivos de participación ciudadana y transparente en la gestión;
Que, el literal d) del artículo 3º del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº123-2018-PCM, prevé que el Principio de Flexibilidad, las entidades públicas adaptan su organización y sus procesos, para responder oportunamente a la heterogeneidad y coyunturas propias del entorno donde intervienen;
Que, el Decreto Legislativo Nº1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, precisa que el objeto es establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno;
Que, el numeral 6.1 del artículo 6º del citado Decreto Legislativo, establece que el gobierno digital es el uso estratégico de las tecnologías digitales y datos en la Administración Pública para la creación de valor público. Se sustenta en un ecosistema compuesto por actores del sector público, ciudadanos y otros interesados, quienes apoyan en la implementación de iniciativas y acciones de diseño, creación de servicios digitales y contenidos, asegurando el pleno respeto de los derechos de los ciudadanos y personas en general en el entorno digital. Adicionalmente, el numeral 18.2 del artículo 18º de la misma norma, dispone que las prestaciones de servicios digitales, las entidades de la administración públicas, deberán garantizar la disponibilidad, integridad y confidencialidad de la información de los servicios digitales con la aplicación de los controles de seguridad que correspondan en la prestación de dichos servicios conforme a las disposiciones contenidas en la presente Ley y en la normatividad vigente sobre la materia;
Que, a través de la Ordenanza Nº099-MDS, se aprobó el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Surquillo, regulando para tal efecto, su organización y funcionamiento, asimismo, el artículo 3º de dicha Ordenanza, indica que corresponde al Concejo Municipal el ejercicio de las competencias, atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Municipalidades y las demás normas legales específicas que le asignen competencias, atribuciones y funciones expresas;
Que, resulta pertinente la adecuación a las normas vigentes, el inicio del proceso de adecuación según corresponda a la Entidad Municipal, en mérito a ello, se considera viable que la convocatoria y realización de las sesiones de concejo municipal, podrán llevarse acabo de modo virtual a través de mecanismos tecnológicos, dejando constancia del correcto acceso y asistencia de sus miembros, reconociendo y garantizando su carácter de publicas de las sesiones;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la aprobación por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se adoptó lo siguiente:
ORDENANZA QUE INCORPORA TERCERA DISPOSICIÓN FINAL EN LA ORDENANZA Nº099-MDS, ORDENANZA QUE APRUEBA
EL REGLAMENTO INTERNO DEL
CONCEJO MUNICIPAL DE SURQUILLO
Artículo Primero.- INCORPORAR como Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 099-MDS, Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal, lo siguiente:
Tercera.- En los casos de emergencia y contando con el consenso unánime de los miembros del Concejo Municipal, la convocatoria y realización de las sesiones del Concejo Municipal y Comisiones Permanentes de Regidores podrán llevarse a cabo de manera virtual o remota, garantizando su carácter público.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General realice las acciones pertinentes a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Estadística e Informática, realice las acciones pertinentes, para la implementación de los mecanismos tecnológicos, a fin de dotar el acceso a los ciudadanos como a los miembros del Concejo Municipal, y en coordinación con la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, se garantice el carácter de público de las sesiones de concejo.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GIANCARLO GUIDO CASSASA SANCHEZ
Alcalde
1865971-1