Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican la Actualización de las Bases de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con Costos 2019

Modifican la “Actualización de las Bases de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con Costos 2019”

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERIA

OSINERGMIN N° 042-2020-OS/CD

Lima, 30 de abril de 2020

CONSIDERANDO:

Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos por las empresas Enel Distribución Perú S.A.A. y Luz del Sur S.A.A., contra la Resolución N° 010-2020-OS/CD (“Resolución 010”) mediante la cual se aprobó la “Actualización de las Bases de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con Costos 2019”, con Resolución N° 177-2015-OS/CD (la carpeta MOD INV_2020) y con Resolución N° 179-2018-OS/CD (el archivo VALORIZACIÓN MÓDULOS DE INVERSIÓN 2020.xlsm), se han expedido las Resoluciones N° 041-2020-OS/CD y N° 040-2020-OS/CD (“RESOLUCIONES”), respectivamente;

Que, en las RESOLUCIONES, se ha dispuesto realizar las modificaciones que correspondan en la “Actualización de las Bases de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con Costos 2019” (la carpeta “MOD INV_2020” y el archivo “VALORIZACIÓN MÓDULOS DE INVERSIÓN 2020.xlsm”), las cuales se encuentran contenidas en la presente resolución;

Que, dichas modificaciones se detallan en los informes N° 103-2020-GRT y N° 105-2020-GRT, mediante los cuales se analizaron técnicamente los recursos de reconsideración presentados por las empresas Enel Distribución Perú S.A.A. y Luz del Sur S.A.A. contra la Resolución 010, respectivamente; cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, con fecha 20 de marzo de 2020, se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto de Urgencia N° 029-2020, en cuyo artículo 28 se establece la suspensión por treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicado el citado decreto, del cómputo de los plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole, incluso los regulados por leyes y disposiciones especiales, que se encuentren sujetos a plazo; suspensión que vence el 6 de mayo de 2020;

Que, en virtud de lo establecido en dicho dispositivo normativo, la decisión de la autoridad administrativa sólo podrá surtir efectos a partir del 7 de mayo de 2020;

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias y complementarias; y

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 14-2020.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar la “Actualización de las Bases de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con Costos 2019” (la carpeta “MOD INV_2020” y el archivo “VALORIZACIÓN MÓDULOS DE INVERSIÓN 2020.xlsm”), aprobada por Resolución N° 010-2020-OS/CD.

Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y consignarla, junto con la carpeta “MOD INV_2020” y el archivo “VALORIZACIÓN MÓDULOS DE INVERSIÓN 2020.xlsm”, que contiene las Bases de Datos modificadas a que se refiere el artículo 1, en la página Web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2020.aspx. La vigencia y efectos de la presente resolución será a partir del 07 de mayo de 2020, al amparo de lo previsto en el artículo 28 de Decreto de Urgencia N° 029-2020, de no mediar prórroga.

Antonio Miguel Angulo Zambrano

Presidente del Consejo Directivo (e)

Osinergmin

1865973-5