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Ordenanza que regula la limpieza y pintado de fachadas por los 100 años de creación del distrito

Ordenanza que regula la limpieza y pintado de fachadas por los 100 años de creación del distrito

ORDENANZA Nº 336/MLV

La Victoria, 14 de enero de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA

VICTORIA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de fecha 14 de enero de 2020,

VISTO: el Dictamen Conjunto N° 001-2020-CPPAL-/MDLV, de las Comisiones de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales; y de Servicios de Administración Tributaria y de Desarrollo Económico; y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 194  de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de la Municipalidades, Ley N° 27972, que señala que la autonomía que otorga la Constitución Política del Estado a las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que el inciso 22) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú establece que: “Toda persona tiene derecho (...) a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida”;

Que el numeral 3.2 del artículo 80º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala como función la regulación y control del aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales;

Que, el artículo 88º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde a las municipalidades distritales dentro del territorio de su jurisdicción, velar por el uso de la propiedad inmueble en armonía con el bien común;

Que, el numeral 6) del artículo 93º, de la Ley en mención, establece como facultad de la Entidad disponer la pintura periódica de las fachadas, y el uso o no uso de determinados colores;

Que, la Municipalidad viene recuperando espacios públicos, áreas verdes, iluminando calles, pintando postes y mobiliario urbano, señalizando vías, entre otros, que permitan tener una ciudad segura, ordenada, moderna y saludable, por lo que es importante que los propietarios, copropietarios, poseedores, administradores, de toda clase de terrenos, construcciones, viviendas, viviendas multifamiliares, condominios, empresas y establecimientos comerciales e industriales mantengan en condiciones apropiadas sus fachadas bien pintadas e iluminadas que permitan seguir mejorando el ornato y seguridad de la ciudad;

Que cada dos de febrero se celebra el aniversario de la Creación Política y Fundación Histórica del Distrito, cumpliéndose este año los cien años de creación de La Victoria; en ese sentido es deber del gobierno local realizar los actos celebratorios por este importante acontecimiento, incentivando la participación cívica del vecindario y promover y cultivar los valores cívico-patrióticos a fin de fortalecer la identidad cultural, a través del pintado y/o limpieza de las fachadas de los inmuebles del distrito; lo cual a su vez redunda en el mejoramiento del ornato local;

Que mediante memorándum circular Nº 013-2019-GDU/MLV, la Gerencia de Desarrollo Urbano propone la Ordenanza que dispone la limpieza, pintado de fachadas por los 100 años de creación del distrito de La Victoria señalando que resulta necesario una norma que establezca determinadas condiciones y facilite a los propietarios, copropietarios, poseedores de toda clase de terrenos, construcciones, viviendas, y establecimientos comerciales e industriales, a mantener bien pintadas o en condiciones apropiadas sus fachadas, tendientes a seguir mejorando el ornato y seguridad de la ciudad;

Que mediante Informe Nº 208-2019-SGPM-GPP/MLV la Subgerencia de Planificación y Modernización emite opinión técnica favorable a la Ordenanza en mención señalando que las actividades a desarrollarse se encuentran contempladas en el Plan Operativo Institucional vinculadas al Plan Estratégico Institucional de los Órganos y Unidades orgánicas involucrados y que coadyuvará a fomentar el embellecimiento del ornato dentro de la jurisdicción en el marco de las celebraciones por los Cien Años de Creación del Distrito, por lo que corresponde proseguir con el trámite para su aprobación y publicación;

Que mediante los Informes Nº 481-2019-GAJ-MLV y Nº 010-2020-GAJ-MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable la aprobación de la Ordenanza propuesta por la Gerencia de Desarrollo Urbano a través del cual se exhorta o incentiva a los vecinos a realizar el pintado de fachadas como una acción de embellecimiento del ornato con motivo de las celebraciones del distrito participando en el concurso que llevará a cabo la municipalidad denominado “Mi Barrio Pintón”; informe que es compartido por la Gerencia Municipal a través del proveído Nº 0049-2020-GM;

Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º, y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión ordinaria de concejo de fecha 14 de enero de 2020, y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta; se aprobó la siguiente:

ordenanza QUE REGULA la limpieza y pintado de fachadas por los 100 años de creación del Distrito de La Victoria

Primero.- Disponer la creación del Concurso “Mi Barrio Pintón”, a fin de incentivar a los vecinos del distrito de La Victoria al pintado y limpieza de las fachadas de sus inmuebles, en consideración a los 100 años de la creación del distrito de La Victoria.

Las bases del concurso se establecen en el anexo 1 que forma parte integrante de la presente ordenanza.

Segundo.- Exhortar que todos propietarios, administradores, posesionarios u ocupantes de los inmuebles ubicados en el Distrito de La Victoria procedan efectuar el pintado de fachadas, así como el mantenimiento y limpieza de puertas, ventanas, fachadas, balcones, techos y otros elementos externos a fin de evitar su deterioro, con motivo del acto celebratorio mencionado en el artículo primero de la presente Ordenanza.

Tercero.- Las fachadas de los inmuebles con frente a las vías principales y ubicados en edificaciones sujetas al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común, conservaran la uniformidad en el color con el resto de la edificación, tanto en las paredes como en las puertas, ventanas y demás elementos exteriores.

Cuarto.- Exhortar que el pintado de las fachadas de los inmuebles ubicados en la plaza Manco Capac del Distrito de La Victoria será de la forma y color previsto en el anexo Nº 2.

Quinto.- Encargar a Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer, Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano el cumplimiento y monitoreo de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones.

El desarrollo del concurso “Mi Barrio Pintón” estará a cargo de la Oficina de Participación Vecinal, cuya elección de los ganadores será evaluado según las bases.

Sexto.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza.

Séptimo.- Encargar a Secretaría General la publicación de la ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente ordenanza y anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER

Alcalde

1850338-1