Aprueban el Cronograma Trimestral de realización de las Audiencias Públicas Extraordinarias propuesto por las Salas Penales para procesos con Reos en Cárcel y Salas Penales Liquidadoras, para el presente Año Judicial 2020
Corte Superior de Justicia de Lima
Presidencia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 000036-2020-P-CSJLI-PJ
Lima, 29 de enero del 2020
VISTOS:
El Decreto Ley Nº 25476 de fecha 05 de mayo de 1992; el Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, aprobado por Resolución Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de marzo del 2011; Resolución Administrativa Nº 000013-2020-P-CSJLI/PJ de fecha 15 de enero de 2020 emitida por la Presidencia de ésta Corte Superior;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Ley Nº 25476 de fecha 05 de mayo del año 1992, se estableció la realización de Audiencias Públicas Extraordinarias por parte de las Salas Penales de las Cortes Superiores de Justicia de la República, estableciendo su artículo segundo, que los Presidentes de las Cortes Superiores aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, a fin de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fijados por la ley, así como el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad.
Que en armonía con lo antes dispuesto, por Resolución Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de marzo del 2011, la Corte Suprema de Justicia de la República aprobó el Reglamento de las Audiencias Públicas Extraordinarias, estableciendo las reglas y el procedimiento de las mismas.
Que mediante Resolución Administrativa Nº 000013- 2020-P-CSJLI/PJ de fecha 15 de enero de 2020, se dispuso que los Presidentes de las Salas Penales para Procesos con Reos en Cárcel y Salas Penales Liquidadoras, establezcan un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias.
Que en cumplimiento de lo antes dispuesto, el Secretario General de ésta Corte Superior, da cuenta de la recepción de la documentación remitida por los Presidentes de las antes citadas Salas Penales, que contiene el cronograma de realización trimestral de Audiencia Pública Extraordinaria para el presente año 2020, correspondiendo su aprobación, con arreglo a lo establecido en el Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, en procura del cumplimiento de los fines perseguidos por el Decreto Ley Nº 25476 y en la normativa vigente.
En consecuencia, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma Trimestral de realización de las AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS propuesto por la Salas Penales para procesos con Reos en Cárcel y Salas Penales Liquidadoras, para el presente Año Judicial 2020, el mismo que se detalla a continuación:
CRONOGRAMA DE AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS 2020
1º TRIMESTRE |
2º TRIMESTRE |
3º TRIMESTRE |
4º TRIMESTRE |
|
PRIMERA SALA PENAL CON REOS EN CARCEL |
20 DE MARZO 09:00 AM |
19 DE JUNIO 09:00 AM |
18 DE SETIEMBRE 09:00 AM |
18 DE DICIEMBRE 09:00 AM |
SEGUNDA SALA PENAL CON REOS EN CARCEL |
25 DE MARZO 11:00 AM |
24 DE JUNIO 11:00 AM |
23 DE SETIEMBRE 11:00 AM |
16 DE DICIEMBRE 11:00 AM |
TERCERA SALA PENAL CON REOS EN CARCEL |
25 DE MARZO 09:00 AM |
24 DE JUNIO 09:00 AM |
23 DE SETIEMBRE 09:00 AM |
16 DE DICIEMBRE 09:00 AM |
CUARTA SALA PENAL CON REOS EN CARCEL |
23 DE MARZO 09:00 AM |
22 DE JUNIO 09:00 AM |
21 DE SETIEMBRE 09:00 AM |
14 DE DICIEMBRE 09:00 AM. |
PRIMERA SALA PENAL LIQUIDADORA |
19 DE MARZO 09:00 AM |
18 DE JUNIO 09:00 AM |
17 DE SETIEMBRE 09:00 AM |
17 DE DICIEMBRE 09:00 AM |
SEGUNDA SALA PENAL LIQUIDADORA |
17 DE MARZO 08:30 AM |
16 DE JUNIO 08:30 AM |
15 DE SETIEMBRE 08:30 AM |
15 DE DICIEMBRE 08:30 AM |
CUARTA SALA PENAL LIQUIDADORA |
16 DE MARZO 09:00 AM |
12 DE JUNIO 09:00 AM |
14 DE SETIEMBRE 09:00 AM |
11 DE DICIEMBRE 09:00 AM |
Artículo Segundo.- DISPONER que las Salas Penales mencionadas en el artículo precedente, cumplan con realizar las Audiencias Públicas Extraordinarias, de acuerdo al cronograma trimestral aprobado, debiendo remitir a esta Presidencia el expediente administrativo respectivo en el plazo señalado en el artículo 4º del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias.
Artículo Tercero.- DISPONER que los Juzgados Especializados en lo Penal de esta Corte Superior de Justicia, cumplan con elevar a las Salas Penales respectivas, los informes sobre los procesos ordinarios y sumarios a que se refiere el artículo 3º del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de este Distrito Judicial la publicación y difusión de la presente resolución administrativa a través de la página web y del correo institucional y de las redes sociales oficiales; sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el punto 1 del artículo 5º de la Resolución Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ.
Artículo Quinto.- PONGASE la presente resolución en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, de la Gerencia de Administración Distrital, de los Presidentes de las Salas Penales para Procesos de Reos en Cárcel, Presidentes de las Salas Penales Liquidadoras y Jueces Especializados en lo Penal de este Distrito Judicial, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA
Presidente
1851048-1