Convierten juzgado en Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Zarumilla, Distrito Judicial de Tumbes
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 026-2020-CE-PJ
Lima, 15 de enero de 2020
VISTOS:
El Oficio N° 726-2019-P-UETICPP/PJ e Informe N° 259-2019-MYE-ST-UETICPP/P, cursados por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; y el Oficio N° 1014-2019-P-CSJTU/PJ, remitido por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tumbes.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tumbes solicita la conversión del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Zarumilla, como Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito y Provincia de Zarumilla.
Segundo. Que, el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 266-2019-MYE-ST-UETI-CPP/PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la citada Unidad, por el cual se evalúa la propuesta presentada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, concluyendo que se evidencia que el Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del Distrito y Provincia de Zarumilla soporta sobre carga procesal; además, viene cumpliendo el estándar de producción establecido mediante Resolución Administrativa N° 174-2014-CE-PJ. Asimismo, que el Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Distrito y Provincia de Zarumilla, cuenta con una carga procesal manejable y puede soportar la redistribución de la carga procesal que sería remitida por el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del mismo distrito y provincia.
Tercero. Que, por lo expuesto en el referido informe, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta pertinente dictar las disposiciones que permita coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito.
Cuarto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 085-2020 de la segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Convertir, a partir del 1 de febrero de 2020 y por el periodo de cinco meses, el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito y Provincia de Zarumilla, Distrito Judicial de Tumbes, como Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del mismo distrito, provincia y Distrito Judicial.
Artículo Segundo.- Disponer la redistribución de la carga procesal en trámite, reserva y/o ejecución del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito y Provincia de Zarumilla, al Juzgado Penal Unipersonal Permanente del distrito y Provincia de Zarumilla, evitando el quiebre de los juicios orales.
Artículo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tumbes que adopte las medidas administrativas necesarias, para la ejecución de lo establecido en la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Exhortar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tumbes para que adecue en lo sucesivo sus requerimientos de prórroga, conversión, reubicación o variación de competencia, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 262-2018-CE-PJ, y la Directiva N° 007-2018-CE-PJ, tanto en el flujo y la oportunidad del requerimiento.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tumbes; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO
Presidente
1850857-1