Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN Nº 0012-2020/SBN
San Isidro, 30 de enero de 2020
VISTOS:
El Oficio N° 000963-2019-CG/SGE de la Contraloría General de la República, de fecha 06 de noviembre de 2019; el Informe N° 00008-2020/SBN-OAF de fecha 24 de enero de 2020, el Memorándum N° 00019-2020/SBN-OAF de fecha 28 de enero de 2020, ambos de la Oficina de Administración y Finanzas; el Informe N° 00112-2020/SBN-OPP de fecha 28 de enero de 2020, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, mediante el cual se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con la Resolución N° 075 y su modificatoria la Resolución N° 010-2020/SBN de fechas 31 de diciembre de 2019 y 24 de enero de 2020, respectivamente, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2020 del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, hasta por la suma de S/. 44,579 942 (Cuarenta y Cuatro Millones Quinientos Setenta y Nueve Mil Novecientos Cuarenta y dos y 00/100 Soles);
Que, en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, se dispone que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas;
Que, el precitado artículo establece además que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, la misma que se publica en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante el Oficio N° 000963-2019-CG/SGE de fecha 6 de noviembre de 2019, la Contraloría General de la República informa que a fin de implementar lo dispuesto en la Ley N° 30742, ha programado para el año 2019 se inicien las convocatorias públicas de mérito para la designación de las sociedades de auditorías para las entidades incluidas en el tarifario, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG de fecha 23 de octubre de 2019, añadiendo que para tal fin, el importe a transferir en el ejercicio fiscal 2019, con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, corresponde al 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) de la auditoria del periodo 2019; y el otro 50% se debe transferir a más tardar en el mes de enero 2020.
Que, en mérito a lo señalado en el párrafo precedente, con Resolución N° 066-2019/SBN de fecha 26 de noviembre de 2019, esta Superintendencia autorizó la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales hasta por la suma de S/ 36 032.50 (treinta y Seis Mil Treinta y Dos con 50/100 Soles) a favor del pliego 019: Contraloría General de la República, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría que realizará labores de control posterior externo correspondiente al Periodo Auditado 2019;
Que, mediante el Informe N° 00008-2020/SBN-OAF y Memorándum N° 00019-2020/SBN-OAF de fechas 24 y 28 de enero 2020, la Oficina de Administración y Finanzas sustenta y solicita la autorización de la transferencia financiera a favor del Pliego 056: Contraloría General de la República, por el monto de S/. 36 032.50 (Treinta y Seis Mil Treinta y Dos con 50/100 Soles), para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría;
Que, mediante el Informe N° 00112-2020/SBN-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite la aprobación de la certificación presupuestal de la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar en el presente año fiscal una transferencia financiera por el monto de S/ 36 032.50 (Treinta y Seis Mil Treinta y Dos con 50/100 Soles), a favor del pliego 019: Contraloría General, correspondiente al saldo de pago de 50% de la retribución económica (incluyendo IGV) de la auditoría del periodo 2019;
Con el visado de la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración y Finanzas y la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República; y en uso de la atribución conferida por el inciso r) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobada por el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera
Autorizar la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, hasta el monto de S/ 36 032.50 (Treinta y Seis Mil Treinta y Dos con 50/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, destinado al pago del 50% restante de la retribución económica correspondiente a la contratación de la Sociedad Auditora que realizará las labores de control posterior externo, correspondiente al Periodo Auditado 2019.
Artículo 2.- Financiamiento
La transferencia financiera autorizada en el artículo primero de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, Unidad Ejecutora 001: (000204) Fuente de Financiamiento: Meta: 0008 Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Logísticos y de Sistemas Informáticos, Actividad: 5000003 Gestión Administrativa, Programa: 9001 Acciones Centrales, Rubro: 09 Recursos Directamente Recaudados, Categoría de Gastos: 2, Genérica del Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, Sub Genérica del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Sub Genérica del Gasto Detallada: 2.4.1.3A Otras Unidades del Gobierno, Especifica del Gasto: 2.4.1.3.1A Otras Unidades del Gobierno y Especifica Detallada del Gasto: 2.4.1.3.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional.
Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo primero de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Comunicación
Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas, que comunique a la Contraloría General de la República la ejecución de la transferencia realizada.
Artículo 5.- Publicación y difusión
Disponer que el ámbito de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en el Intranet y Portal Institucional (www.sbn.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO
Superintendente
1851060-1