Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

FE DE ERRATA

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

Nº 06-2020-CD/OSIPTEL

Mediante Carta N° 058-GCC/2020, el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo N° 06-2020-CD/OSIPTEL, publicada el día 21 de enero de 2020.

- En el cuadro del artículo 11-A, que se encuentra en el Artículo Tercero de la Norma que modifica el Texto Único Ordenado del Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija y el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.

DICE:

Tipo de servicio

Verificación exigida

Servicios móviles

1. Uso de sistema de verificación biométrica de huella dactilar, empleando la mejor huella registrada en el RENIEC y lectores biométricos que cumplan con las especificaciones técnicas requeridas por el RENIEC, la cual consiste en verificar la correspondencia de la impresión dactilar capturada con la información que obra en la base de datos biométrica del RENIEC, incluyendo la fotografía correspondiente.

2. Exhibición de documento legal de identificación del abonado, salvo los supuestos establecidos en los numerales i) y iv) del tercer párrafo del artículo 11.

DEBE DECIR:

Tipo de servicio

Verificación exigida

Servicios móviles

1. Uso de sistema de verificación biométrica de huella dactilar, empleando la mejor huella registrada en el RENIEC y lectores biométricos que cumplan con las especificaciones técnicas requeridas por el RENIEC, la cual consiste en verificar la correspondencia de la impresión dactilar capturada con la información que obra en la base de datos biométrica del RENIEC.

2. Exhibición de documento legal de identificación del abonado, salvo los supuestos establecidos en los numerales i) y iv) del tercer párrafo del artículo 11.

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