Modifican el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Resolución Ministerial
N° 0049-2020 MTC/01
Lima, 29 de enero de 2020
VISTOS: El Memorándum N° 0133-2020-MTC/11 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, el Informe N° 0043-2020-MTC/11.01 de la Oficina de Administración de Recursos Humanos, el Memorándum Nº 2353-2019-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 0214-2019-MTC/09.05 de la Oficina de Modernización, el Oficio Nº 000020-2020-SERVIR/PE de la Presidencia Ejecutiva y el Informe Técnico Nº 000004-2020-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determina y regula el ámbito de competencia, las funciones generales y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 959-2019-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se establecen las competencias, funciones generales, funciones específicas de las unidades de organización y la nueva estructura orgánica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 119-2019 MTC/01.04, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, modificado por Resolución Ministerial Nº 979-2019-MTC/01;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, en adelante la Directiva, que establece, entre otros, lineamientos para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, en adelante CAP Provisional;
Que, el numeral 7.5 de la Directiva, establece que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057; asimismo, señala que el CAP Provisional sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo Nº 4 de la Directiva;
Que, el numeral 1 del Anexo Nº 4 “Sobre el CAP Provisional” de la Directiva, establece los supuestos que habilitan a las entidades públicas a aprobar el CAP Provisional, entre ellos, cuando las entidades que cuenten con un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente pueden elaborar una propuesta de CAP Provisional en el que considere un ajuste de hasta por un máximo del 5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año fiscal; en caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento también hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamientos establecidos en el numeral 5 del Anexo 4; en ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto;
Que, los numerales 4.1 y 4.2 del Anexo Nº 4 de la Directiva, establecen que la aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno está condicionada al Informe de Opinión Favorable que emita la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, y su aprobación por las entidades del Gobierno Nacional se realiza mediante Resolución Ministerial;
Que, mediante Memorándum N° 2353-2019-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentada en el Nº 0214-2019-MTC/09.05 de la Oficina de Modernización, emite opinión favorable a la propuesta de modificación de CAP Provisional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, mediante Oficio N° 2875-2019-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) solicita a la Autoridad Nacional del Servicio Civil emitir opinión sobre la propuesta de CAP Provisional del MTC, en mérito de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial Nº 1073-2019-MTC/01, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible – PROMOVILIDAD y establece que el MTC aprueba la modificación de su Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional, incorporando a PROMOVILIDAD, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles, contados a partir de su aprobación por Resolución Ministerial;
Que, con Oficio N° 000020-2020-SERVIR/PE, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR remite el Informe Técnico Nº 000004-2020-SERVIR-GDSRH, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, por el cual se emite opinión técnica favorable a la propuesta de CAP Provisional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.1 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH; asimismo, señala que considera pertinente el pedido de excepción al tope establecido para el número de servidores de confianza, adjuntando, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 007-2020-SERVIR-PE que formaliza la excepción otorgada;
Que, mediante Memorándum N° 0133-2020-MTC/11, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sustentada en el Informe N° 0043-2020-MTC/11.01 de la Oficina de Administración de Recursos Humanos, propone y sustenta la modificación del CAP Provisional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para implementar la estructura funcional del Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible - PROMOVILIDAD, señalando que la implementación de la modificación del CAP Provisional, no incide en un mayor presupuesto institucional y se circunscribe a la opinión favorable emitida por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR;
Que, en consecuencia, es necesario aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, la Resolución Ministerial Nº 959-2019-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 119-2019 MTC/01.04 y modificado por Resolución Ministerial Nº 979-2019-MTC/01, a fin de implementar la estructura funcional del Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible - PROMOVILIDAD, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial” El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1850522-1