Aceptan el Aporte Financiero No Reembolsable que otorga el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW), para concluir estudios de pre inversión del Programa “Manejo Integral de Residuos Sólidos en las municipalidades provinciales de Arequipa, Coronel Portillo y Tacna”, a ser ejecutado por el Ministerio del Ambiente (MINAM).
Resolución Ministerial
Nº 045-2020-EF/52
Lima, 28 de enero del 2020
CONSIDERANDO:
Que, los numerales 35.1 y 35.3 del artículo 35 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establecen que la programación, gestión, negociación, aprobación, suscripción y registro de las cooperaciones internacionales no reembolsables, de carácter técnico o financiero, directamente ligadas a Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional, que se otorguen a favor del Estado, están a cargo de la Dirección General del Tesoro Público, las cuales se aprueban mediante resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW) otorga un Aporte Financiero No Reembolsable a la República del Perú hasta por la suma de EUR 400 000,00 (CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 EUROS), para complementar la financiación de los estudios de pre inversión del Programa “Manejo Integral de Residuos Sólidos en las municipalidades provinciales de Arequipa, Coronel Portillo y Tacna”;
Que, resulta necesario formalizar la aceptación del referido Aporte Financiero No Reembolsable y autorizar la suscripción del Contrato que lo implementa;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar el Aporte Financiero No Reembolsable que otorga el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW), hasta por la suma de EUR 400 000,00 (CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 EUROS), para concluir los estudios de pre inversión del Programa “Manejo Integral de Residuos Sólidos en las municipalidades provinciales de Arequipa, Coronel Portillo y Tacna”, a ser ejecutado por el Ministerio del Ambiente (MINAM).
Artículo 2.- Autorizar al Director General de la Dirección General del Tesoro Público, a suscribir el Contrato y demás documentación correspondiente que permita la implementación del Aporte Financiero No Reembolsable referido en el artículo 1 precedente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas
1850144-1