Modifican el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC
RESOLUCIóN JEFATURAL
N° 000014- 2020/JNAC/RENIEC
Lima, 28 de enero de 2020
VISTOS:
Los Memorando N° 004695-2019/GPP/RENIEC (09DIC2019) y N° 004923-2019/GPP/RENIEC (24DIC2019) y la Hoja de Elevación N° 000287-2019/GPP/RENIEC (30DIC2019) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informes N° 000353-2019/GPP/SGRM/RENIEC (06DIC2019) y N° 000362-2019/GPP/SGRM/RENIEC (24DIC2019) de la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Proveído N° 000466-2020/GG/RENIEC (20ENE2020) de la Gerencia General; los Informes N° 002244-2019/GAJ/SGAJA/RENIEC (13DIC2019) y N° 000396-2020/GAJ/SGAJA/RENIEC (22ENE2020) y la Hoja de Elevación 000234-2019/GAJ/SGAJA/RENIEC (27DIC2019) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 002739-2019/GAJ/RENIEC (27DIC2019) y las Hojas de Elevación N° 000724-2019/GAJ/RENIEC (13DIC2019) y N° 000051-2020/GAJ/RENIEC (22ENE2020) de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 176°, 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera;
Que mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que a través del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, se aprueban los “Lineamientos de Organización del Estado”, estableciéndose en su artículo 2° que dicha norma busca que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera; a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía;
Que el artículo 43° del citado dispositivo, define que el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; y contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;
Que con Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, posteriormente modificado por Resolución Jefatural N° 135-2016/JNAC/RENIEC (11OCT2016);
Que a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Planificación y Presupuesto sobre la base de los argumentos formulados por la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización, propone la modificación del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, en relación a las Unidades Ejecutoras de Proyectos atribuibles a la Gerencia General, para tal efecto adjunta el Anexo A “Informe Técnico Sustentatorio por Modificación de la Estructua Orgánica”, acorde a lo establecido en el artículo 47° del citado Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 131-2018-PCM;
Que en virtud a lo expuesto, la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego de efectuar la revisión correspondiente, determinó que la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, se encuentra acorde a lo establecido en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, motivo por el cual, resulta viable su aprobación;
Que por otro lado, mediante la Resolución Jefatural N° 15-2019/JNAC/RENIEC (05FEB2019) se declara que el señor Bernardo Juan Pachas Serrano, en su calidad de Gerente General, asuma interinamente las funciones de Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en tanto se designe al nuevo titular de la institución y este asuma las funciones que por ley le corresponden; y,
Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas en la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y su modificatoria; y, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016), modificado por Resolución Jefatural N° 135-2016/JNAC/RENIEC (11OCT2016); a efectos de incorporar lo siguiente:
Artículo 11º.- La Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, cuyo organigrama se muestra en el anexo adjunto y que forma parte del presente Reglamento, es la siguiente:
01 ALTA DIRECCIÓN
02 ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
03 ÓRGANO DE DEFENSA JURÍDICA
04 ORGANOS DE ASESORAMIENTO
05 ÓRGANOS DE APOYO
06 ÓRGANOS DE LÍNEA
07 UNIDADES EJECUTORAS DE PROYECTOS
Artículo 16º.- La Gerencia General presenta la siguiente estructura orgánica:
Artículo 18º.- Son funciones específicas de la Gerencia General:
(…)
z) Supervisar las actividades de las Unidades Ejecutoras de Proyectos.
Título Sexto “Disposiciones Complementarias y Finales”, Capítulo I “Disposiciones Complementarias”
SÉPTIMA. - Las Unidades Ejecutoras de Proyectos, son creadas mediante Resolución Jefatural, se adscriben a la Gerencia General, gozan de personería jurídica y se rigen por las funciones contempladas en su Manual Operativo del Proyecto (MOP).
OCTAVA. - Las Unidades Ejecutoras de Proyectos, formulan su Plan Operativo y coordinan las actividades de carácter presupuestal que fueran necesarias con la Gerencia de Planificación y Presupuesto.
Artículo Segundo.- Modificar la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016), que se encuentra como anexo y que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto la modificación de los Documentos de Gestión y Normativos que correspondan.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Tecnología de la Información efectuar la respectiva publicación en el Portal del Estado Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe., para su debida difusión entre el público usuario.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO
Jefe Nacional (i)
1849887-1