Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General para la contratación de sociedad de auditoría
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 03-2020-SUNEDU
Lima, 28 de enero de 2020
VISTOS:
El Informe N° 003-2020-SUNEDU-03-07 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 041-2020-SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2019 – Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2020, se aprueban los presupuestos institucionales de los Pliegos del Sector Publico, y a través de la Resolución de Superintendencia N° 114-2019-SUNEDU, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA para el año fiscal 2020 del Pliego 118: Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), por el monto de S/ 72 392 332,00 (setenta y dos millones trescientos noventa y dos mil trescientos treinta y dos y 00/100 soles), por toda fuente de financiamiento;
Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, indica que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de Presupuesto o los que hagan sus veces;
Que, asimismo, establece que, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG del 22 de octubre de 2019, la Contraloría General de la República aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica (incluido el IGV) y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a favor Contraloría General de la República;
Que, mediante el Oficio N° 000976-2019-CG/SGE, la Contraloría General de la República informa que programó para que en el año 2019 se inicien las convocatorias públicas de méritos para la designación de las Sociedades de Auditoría para las entidades incluidas en el tarifario, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG; añadiendo que para tal fin, el importe a transferir en el ejercicio fiscal 2019, con cargo al presupuesto de la Sunedu, corresponde al 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) de la Auditoría del periodo 2019; y el otro 50% se debe transferir a más tardar en el mes de enero 2020;
Que, mediante Resolución de Superintendencia N°101-2019-SUNEDU de fecha 25 de noviembre del 2019, se aprueba la transferencia financiera del pliego 118: Sunedu, a favor de la CGR por el monto de S/ 41,331.00 que corresponde al primer pago del 50% de la retribución económica (incluido IGV), a la Sociedad Auditora que se contrate, para llevar a cabo la auditoria externa de control posterior del periodo 2019;
Que, mediante Informe N° 003-2019-SUNEDU-03-07, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable para realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el monto de S/ 41,331.00 (cuarenta y uno mil trescientos treinta y uno y 00/100 soles), que corresponde al segundo pago del 50 %, saldo por transferir, cuyos recursos se encuentran en el presupuesto institucional del Pliego 118 Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar en el presente año fiscal una transferencia financiera por el monto señalado en el considerando precedente, a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al saldo de pago de 50% de la retribución económica (incluyendo IGV) de la Auditoría del periodo 2019;
Con el visto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y Secretaria General; y,
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; modificada por la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Legislativo N° 1440; el Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia N° 014-2020, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2020; la Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, que aprueba el Tarifario que establece el monto de retribución económica de las sociedades de auditoría, por período a auditar, que las entidades deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las mismas; la Directiva N° 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu aprobado con Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modificado por Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Autorizar la transferencia financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020 del Pliego 118: Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, hasta por la suma de S/ 41,331.00 ( cuarenta y un mil trescientos treinta y uno y 00/100 soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al saldo del 50% de la retribución económica (incluido IGV), para la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de las labores de control posterior externo.
Artículo 2.- Financiamiento
La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 118: Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, en la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001: Sunedu – Sede Central, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5.000003: Gestión Administrativa, Especifica de gasto 2.4.1.3.1.1 “A Otras Unidades del Gobierno Nacional”, por la suma de S/ 41,331.00 (cuarenta y un mil trescientos treinta y uno y 00/100 soles).
Artículo 3.- Limitación al Uso de los Recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución de Superintendencia, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Publicación y Difusión
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la SUNEDU (www.sunedu.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MARTIN BENAVIDES ABANTO
Superintendente
1850052-1