Aceptan renuncia y encargan funciones de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 028-2020-MINEDU
Lima, 27 de enero de 2020
VISTOS, el Expediente N° MPT2019-INT-0252591, el Informe N° 00008-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, y el Informe N° 00100-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público. Asimismo, el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico;
Que, mediante Ley N° 27250, se crea la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía - UNIA, con personería jurídica de derecho público interno, con sede en el distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali;
Que, el artículo 29 de la Ley Universitaria establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;
Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, establecen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas creadas por ley, y aprobar actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia;
Que, el literal g) del artículo 148 del referido Reglamento dispone como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, la de proponer la conformación de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas; para tal efecto, su Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de Universidades Públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 de la mencionada norma;
Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas de la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a tiempo completo y a dedicación exclusiva, quienes tienen la calidad de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;
Que, el numeral 6.1.2 del Acápite VI Disposiciones Específicas de la Norma Técnica antes citada, establece que la DICOPRO, es la encargada de la selección de los miembros de las Comisiones Organizadoras, cuyo procedimiento comprende las siguientes actividades: invitación a expresiones de interés, evaluación, selección y designación;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 219-2019-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNIA, quedando integrada de la siguiente manera: EDWIN JULIO PALOMINO CADENAS como Presidente, EDDY JESUS MONTAÑEZ MUÑOZ como Vicepresidente Académico y GILBERTO DOMINGUEZ TORREJON como Vicepresidente de Investigación;
Que, mediante Carta de fecha 06 de diciembre de 2019 el señor EDWIN JULIO PALOMINO CADENAS presenta su renuncia al cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la UNIA;
Que, mediante Oficio N° 00048-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe N° 00008-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, por las razones expuestas en el referido informe, propone: i) Aceptar la renuncia del señor EDWIN JULIO PALOMINO CADENAS como Presidente de la Comisión Organizadora de la UNIA; y, ii) De acuerdo con la evaluación realizada, propone encargar al señor GILBERTO DOMINGUEZ TORREJON, las funciones de Presidente en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular;
Con el visado de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 27250, Ley de creación de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor EDWIN JULIO PALOMINO CADENAS al cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Encargar al señor GILBERTO DOMINGUEZ TORREJON, en su calidad de Vicepresidente de Investigación, las funciones de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular.
Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario contados a partir de la vigencia de la presente resolución, un informe sobre el estado situacional y copia del informe de entrega de cargo presentado por el miembro saliente de la Comisión Organizadora, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.8 de las Disposiciones Específicas de la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA PATRICIA ANDRADE PACORA
Viceministra de Gestión Pedagógica
1849717-1