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Establecen período vacacional para magistrados del Distrito Judicial de Ventanilla en el año judicial 2020

Establecen período vacacional para magistrados del Distrito Judicial de Ventanilla en el año judicial 2020

Corte Superior de Justicia de Ventanilla

Presidencia de la Corte Superior

de Justicia de Ventanilla

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000019-2020-P-CSJV-PJ

Ventanilla, 20 de enero de 2020

VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 453- 2019-CE-PJ, de fecha 15 de noviembre del 2019, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y el Informe N° 003-2020-AP-OAD-CSJV/PJ cursado por la Responsable de Personal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla.

CONSIDERANDO:

Primero: El artículo 246 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, prescribe que las vacaciones de los jueces se establecen en dos etapas sucesivas, cada una de treinta días, en los meses de febrero y marzo. Sin perjuicio de que, excepcionalmente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial pueda señalar tiempo distinto.

Segundo: Los señores Jueces se encuentran comprendidos dentro del Régimen Laboral normado por el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, el que señala en su artículo 24 que los derechos de los servidores públicos de carrera son: a) Gozar anualmente de treinta días de vacaciones remuneradas salvo acumulación hasta dos periodos.

Tercero: Por su parte, el artículo 102 del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público establece que las vacaciones anuales y remuneradas en la incoada Ley, son de carácter obligatorio e irrenunciables, y se alcanza después de cumplir el ciclo laboral y pueden acumularse hasta dos períodos de común acuerdo con la entidad, preferentemente por razones de servicio. Asimismo, la obtención del ciclo laboral se da al acumular doce meses de trabajo efectivo computándose también las licencias remuneradas.

Cuarto: Mediante Resolución Administrativa Nº 453-2019-CE-PJ de fecha 15 de noviembre de 2019, publicada en el diario Oficial El Peruano el 23 de noviembre de 2019, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone que las vacaciones en el Año Judicial 2020, para jueces y personal auxiliar jurisdiccional se harán efectivas del 1 de febrero al 1 de marzo de 2020; precisándose en su artículo sétimo que los jueces y personal auxiliar que trabajen del 1 de febrero al 1 de marzo de 2020, harán uso de vacaciones según las necesidades del servicio entre los meses de abril a noviembre del mismo año, previa autorización del Presidente de Corte Superior, siempre y cuando hayan cumplido el récord laboral exigido.

Quinto: Por Informe Nº 003-2020-AP-OAD-CSJV/PJ, la Responsable de la Oficina de Personal elevó a esta Presidencia, el record de vacaciones de los señores Magistrados de las diferentes instancias de este Distrito Judicial, a fin de establecer el periodo de goce vacacional de los señores Magistrados durante el mes de febrero del año 2020.

Sexto: Bajo este razonamiento, estando a lo dispuesto en la normatividad señalada, esta Presidencia debe establecer el período de vacaciones de los señores Jueces Superiores, Jueces Especializados y Jueces de Paz Letrado; especificándose que los que no se encuentran consignados en la presente resolución actuarán como Magistrados a cargo de los órganos jurisdiccionales de emergencia de esta Corte Superior de Justicia durante el periodo de 1 de febrero a 1 de marzo de 2020.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, asumiendo competencia administrativa, puede dictar las medidas que a su consideración sean necesarios para ese efecto. En consecuencia, en uso de las facultades conferidas en los numerales 3), 4) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, en cumplimiento de la Resolución Administrativa N° 453-2019-CE-PJ.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER el goce del período vacacional para el año judicial 2020, de los señores Magistrados del Distrito Judicial de Ventanilla, según se detalla a continuación:

Cuadro de Vacaciones de Magistrados

Magistrado

Cargo

Período de Vacaciones

Total de Días

1

Olga Lidia Inga Michue

Juez Superior Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

2

Ana Mirella Vásquez Bustamante

Juez Superior Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

3

Alfredo Miraval Flores

Juez Superior Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

4

Erwin Maximiliano García Matallana

Juez Superior Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

5

Walter Eduardo Campos Murillo

Juez Superior Titular

11/02/2020 al 01/03/2020

20 días

6

Flaviano Ciro Llanos Laurente

Juez Superior Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

7

Doris Rodríguez Alarcón

Juez Superior Titular

01/02/2020 al 23/02/2020

23 días

8

Jorge Luis Pajuelo Cabanillas

Juez Superior Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

9

Gloria Elizabeth Calderón Paredes

Juez Superior Provisional

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

10

Miryam Rosemarie Ordoñez Zavala

Juez Superior Provisional

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

11

Rosaura Cristina Romero Posadas

Juez Superior

11/02/2020 al 01/03/2020

20 días

12

Ricardo Jonny Moreno Ccancce

Juez Especializado Titular

10/02/2020 al 01/03/2020

21 días

13

Estela Alejandrina Solano Alejos

Juez Especializado Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

14

Katherine La Rosa Castillo

Juez Especializado Titular

01/02/2020 al 23/02/2020

23 días

15

Yessica Paola Viteri Valiente

Juez Especializado Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

16

Narda Katherine Poma Alosilla

Juez Especializado Titular

10/02/2020 al 1/03/2020

21 días

17

Yolanda Petronila Campos Sotelo

Juez Especializado Provisional

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

18

Iván Alberto Velazco López

Juez Especializado Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

19

Roberth Martin Rimachi Pilco

Juez Especializado Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

20

Cesar Augusto Riveros Ramos

Juez Especializado Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

21

Gerardo José Oscco Gonzales

Juez Especializado Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

22

Robert Antonio Nava Bello

Juez Especializado Titular

13/02/2020 al 01/03/2020

18 días

23

Clara Celinda Mosquera Vásquez

Juez Especializado Titular

17/02/2020 al 01/03/2020

14 días

24

Walter David Gómez Ampudia

Juez Especializado Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

25

Rut María Moreno Villa

Juez Especializado Titular

17/02/2020 al 1/03/2020

14 días

26

Jenny Soledad Tipacti Rodríguez

Juez Especializado Titular

13/02/2020 al 01/03/2020

18 días

27

Jessica María Peña Ramírez

Juez Especializado Supernumerario

08/02/2020 al 01/03/2020

23 días

28

Milton Bravo Ramirez

Juez Especializado Supernumerario

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

29

Luz Cristina Miranda Sarmiento

Juez Especializada Titular

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

30

Roy Esteban Alva Navarro

Juez Especializado Supernumerario

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

31

Pedro Miguel Gil Espinoza

Juez Especializado Supernumerario

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

32

Cris Ruiz Cárdenas

Juez Especializado Supernumerario

01/02/2020 al 16/02/2020

16 días

33

Arturo Hugo Enciso Aguirre

Juez Especializado Supernumerario

01/02/2020 al 1/03/2020

30 días

34

Julia Esther Esquivel Apaza

Juez Especializado Supernumerario

01/02/2020 al 09/02/2020

09 días

35

María Natividad Otarola Paredes

Juez Especializado Supernumerario

11/02/2020 al 16/02/2020

06 días

36

Carlos Roger Rodríguez Rosales

Juez Titular de Paz Letrado

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

37

Luis Humberto Castilla Malca

Juez Titular de Paz Letrado

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

38

Ángela Rengifo Carpio

Juez Titular de Paz Letrado

10/02/2020 al 01/03/2020

21 días

39

Juana Gregoria Bringas Enciso

Juez Supernumerario de Paz Letrado

01/02/2020 al 01/03/2020

30 días

40

Luzmila Becerra Alvarado

Juez Supernumerario de Paz Letrado

01/02/2020 al 09/02/2020

09 días

Artículo Segundo.- DISPONER que los magistrados que no se encuentren comprendidos en la presente Resolución Administrativa harán uso de su descanso físico vacacional, según las necesidades del servicio entre los meses de abril a noviembre del año en curso, previa autorización del Presidente de la Corte Superior de Justicia, conforme a lo establecido en el artículo séptimo de la Resolución Administrativa Nº 453-2019-CE-PJ.

Artículo Tercero.- PRECISAR que los señores Magistrados que harán goce de las vacaciones deberán adoptarán las medidas necesarias para efectuar la reprogramación de oficio, de las audiencias, informes orales y otras actuaciones judiciales fijadas en el mes de vacaciones, preferentemente, para el mes de marzo del presente año, conforme a lo establecido en el artículo undécimo de la Resolución Administrativa Nº 453-2019-CE-PJ.

Artículo Cuarto.- DISPONER que los señores Jueces que conforman colegiados en este Distrito Judicial y que harán uso de su goce vacacional en el período comprendido del 1 de febrero al 1 de marzo de 2019, y que cuentan con audiencias en giro y que no puedan ser concluidas antes de ingresar al período vacacional, deberán hacer uso de los mecanismos procesales vigentes para evitar el quiebre de los mismos, bajo responsabilidad funcional, según lo dispuesto por los artículos undécimo y duodécimo de la Resolución Administrativa N° 453-2019-CE-PJ.

Artículo Quinto.- DISPONER que el Jefe de Administración Distrital, Administración del Módulo Básico de Justicia, Administración de las Sedes de Periféricos, Administración del Módulo Corporativo Laboral, Administración del Módulo Penal y Administración del Módulo Corporativo Civil y Litigación Oral, conjuntamente con el responsable del Área de Informática de esta Corte Superior, adoptarán las medidas necesarias en el Sistema Integrado Judicial - SIJ, para el óptimo cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Sexto.- DISPONER que la Oficina de Administración del Módulo Penal supervise el cumplimiento de lo previsto en el artículo quinto y duodécimo de la Resolución Administrativa N° 453-2019-CE-PJ.

Artículo Sétimo.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, del Presidente de la Junta de Fiscales del Distrito Fiscal de Ventanilla, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, de la Defensoría Pública de Ventanilla, de los Señores Magistrados de la Corte Superior de Justicia del Ventanilla, Administración Distrital, Administración de las Sedes de Periféricos, Administración del Módulo Corporativo Laboral y Administración del Módulo Penal, de la Oficina de Imagen Institucional y de la Oficina de Personal, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON

Presidente

1849355-1