Aprueban renovación de la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud de Lima Metropolitana Norte
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 009-2020-SUSALUD/S
Lima, 24 de enero de 2020
VISTOS:
El Informe N° 00232-2019/SADERECHOS, de fecha 23 de diciembre de 2019, de la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud, el Informe N° 01501-2019/IPROM, de fecha 17 de diciembre de 2019, de la Intendencia de Promoción de Derechos en Salud, y el Informe N° 00018-2020/OGAJ, de fecha 08 de enero de 2020, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Intendencia de Promoción de Derechos en Salud (IPROM), en cumplimiento del Plan Estratégico Institucional 2019-2022 y el Plan Operativo Institucional – POI 2020 de la Superintendencia Nacional de Salud, viene desarrollando acciones concernientes a la renovación de las Juntas de Usuarios de los Servicios de Salud (JUS), en el marco del procedimiento de designación y renovación de representantes de Junta de Usuarios de los Servicios de Salud, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 043-2019-SUSALUD/S;
Que, de acuerdo al informe de vistos, IPROM señala que en el año 2014 se conformó la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud de Lima Metropolitana, pero teniendo en cuenta el enfoque desconcentrado promovido por el Ministerio de Salud a través de las Direcciones de Redes Integradas de Salud, y en atención a su calidad de Secretaría Técnica de la JUS, ha considerado necesario efectuar la renovación de la JUS antes indicada, a través de la JUS Lima Metropolitana Norte, JUS Lima Metropolitana Centro, JUS Lima Metropolitana Este y JUS Lima Metropolitana Sur;
Que, de acuerdo a lo antes señalado, IPROM ha llevado a cabo el procedimiento de renovación de los representantes titulares y suplentes de la JUS de Lima Metropolitana Norte, de acuerdo a lo establecido en los artículos 15 y 16 del procedimiento de designación y renovación de representantes de Juntas de Usuarios de los Servicios de Salud, antes mencionado, aplicando para ello, las fases de evaluación, selección, aprobación y reconocimiento del citado procedimiento; proponiendo, finalmente, a los representantes de las organizaciones sociales que renovarían la conformación de la mencionada Junta de Usuarios, contando para ello con la aprobación de la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud;
Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 031-2019-SUSALUD/S, se aprobó el Reglamento de Junta de Usuarios de los Servicios de Salud, cuya finalidad es establecer el funcionamiento, actividades y financiamiento de las Juntas de Usuarios de los Servicios de Salud;
Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final del precitado Reglamento, mediante Resolución de Superintendencia N° 043-2019-SUSALUD/S, se aprobó el procedimiento de designación y renovación de representantes de Juntas de Usuarios de los Servicios de Salud;
Que, de acuerdo al procedimiento en mención, corresponde la renovación de la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud de Lima Metropolitana Norte, mediante Resolución de Superintendencia, por un periodo de dos (02) años, y posteriormente la realización de su reconocimiento por parte de la máxima autoridad de la Superintendencia Nacional de Salud;
Con los vistos del Gerente General, del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud, de la Intendente de la Intendencia de Promoción de Derechos en Salud, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud, y;
Estando a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1158, que crea la Superintendencia Nacional de Salud, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR la renovación de la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud de Lima Metropolitana Norte, por un periodo de dos (02) años a partir de la expedición de la presente Resolución, de acuerdo al siguiente detalle:
N° |
Tipo de organización |
Nombre de la organización |
Representantes |
|
Titular / DNI |
Suplente / DNI |
|||
01 |
ORGANIZACIÓN DE PACIENTES |
Asociación de Enfermos de Tuberculosis Victoria Castillo de Canales - Comas A.S.E.T.- Comas |
LUZ ANGELICA ESTRADA GONZALES |
RENEE MARLENE OSORIO BLAS |
09734312 |
09971723 |
|||
02 |
Asociación Civil Voluntades Lima Norte |
ALBERTO ELIAS SANCHEZ DELGADO |
LUIS OSCAR CASTRO ASENCIOS |
|
41280171 |
09628806 |
|||
03 |
ORGANIZACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD |
Musas Inspiradoras de Cambios |
ZOILA YSABEL UCULMANA PORTAL |
NORA SOLEDAD LIRA ROJAS |
09480987 |
43479986 |
|||
04 |
Asociación Luchando Contra Viento y Marea - LCVM |
BARBARA ALESSANDRA VENTURA CASTILLO |
MARIA ANTONIETA TERRONES CULQUI DE SINARAHUA |
|
42179319 |
09466733 |
|||
05 |
Asociación de Personas con Discapacidad para el Desarrollo Humano del Perú – ASPECODIDH - Perú |
JOSE LUIS VALDERRAMA ORTEGA |
OSCAR MANUEL ORUE GASCO |
|
41066937 |
23832280 |
|||
06 |
ORGANIZACIÓN POR ETAPAS DE VIDA |
Asociación del Club Adulto Mayor “Nueva Vida de Sol Naciente” |
MARCELINA TITO LIMACO VDA DE ENRIGUEZ |
DALIA MARIA GUERRA LEON |
28304339 |
22996732 |
|||
07 |
AINBO, Lazos de Libertad |
ALLISSON RITA REYNEL JOYJA |
GUILLERMO SEGUNDO PELAEZ COTRINA |
|
72719407 |
72577941 |
|||
08 |
Jóvenes por Educación Sexual Integral |
FATIMA JACKELINE FARFAN QUIROZ |
GIANELLA CLARIBEL VILCHEZ APONTE |
|
76282310 |
70503411 |
|||
09 |
Jóvenes del Milenio |
MILAGROS ALEJANDRA SALINAS ATENCIO |
ANDREA BEATRIZ VARGAS CALDERON |
|
47146597 |
47031575 |
|||
10 |
ORGANIZACIÓN DE VOLUNTARIADOS VINCULADOS A LA SALUD |
Asociación Central de Promotoras de Salud – ACEPRODES |
CECIBEL MARLENI HILASACA SOLORZANO |
JESSICA JANET OQUENDO FLORES |
09962625 |
10649780 |
Artículo 2.- DISPONER que la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud realice las acciones que se requieran para entregar las credenciales y tomar la juramentación a los representantes titulares y suplentes de las organizaciones sociales designadas en el párrafo precedente.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web institucional (www.susalud.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL
Superintendente
1849358-3