Ordenanza que aprueba los descuentos por el pronto pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2020
ORDENANZA Nº 449-MDS
Surquillo, 20 de enero de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SURQUILLO
POR CUANTO:
VISTO; el Memorando Nº 021-2020-GM-MDS de fecha 13 de enero de 2020 emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 004-2020-GR-MDS de fecha 10 de enero de 2020 emitido por la Gerencia de Rentas; el Memorándum Nº 016-2020-GPPCI/MDS de fecha 10 de enero de 2020 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional; el Informe Nº 596-2019-GAJ-MDS de fecha 26 de diciembre de 2019 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 673-2019-SGFT-GR-MDS de fecha 30 de diciembre de 2019 emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria; y,
CONSIDERANDO:
Que, el gobierno local goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo 74º de la Constitución Política otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas de licencias y derechos dentro de los límites establecidos por la Ley;
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, conforme a la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, la Administración Tributaria cuando esté facultada para actuar discrecionalmente, optará por la decisión administrativa que considere más conveniente para el interés público, dentro del marco que establece la Ley;
Que, con fecha 31 de diciembre 2019, se publicó en el Diario Oficial El Peruano tanto la Ordenanza Municipal Nº 446-MDS, que estableció el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2020 como el Acuerdo de Concejo Nº 375 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la misma que ratificó a la Ordenanza antes señalada;
Que, en ese sentido, resulta pertinente y necesario otorgar un beneficio de descuento por el PRONTO PAGO de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2020, a los contribuyentes puntuales que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2020;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la aprobación por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se adoptó el siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LOS DESCUENTOS POR EL PRONTO PAGO DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2020
Artículo Primero.- APRUÉBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2020, del 15% del Insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2020, para los contribuyentes cuyos predios correspondan al uso de Casa Habitación en general, siempre que cumplan con realizar la actualización de sus datos de contribuyente en el Sistema Informático Municipal de Surquillo, y con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios del ejercicio 2020 hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2020.
Artículo Segundo.- APRUÉBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2020, del 8% del Insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2020, para los contribuyentes cuyo predio sea de uso distinto a Casa – habitación, siempre que cumplan con realizar la actualización de sus datos de contribuyente en el Sistema Informático Municipal de Surquillo, y con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios del ejercicio 2020 hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2020.
DISPOSICIONES FINALES
Primero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Estadística e Informática y demás áreas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Segundo.- FACULTAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como la prórroga de la misma.
Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ
Alcalde
1848584-1