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Aprueban formatos para la entrega de la información financiera por parte de las organizaciones políticas y los candidatos a cargos de elección popular

Aprueban formatos para la entrega de la información financiera por parte de las organizaciones políticas y los candidatos a cargos de elección popular

RESOLUCION GERENCIAL

N° 000004-2020-GSFP/ONPE

Lima, 21 de Enero de 2020

VISTO: El Informe Nº 00019-2020-JANRFP-SGTN-GSFP/ONPE suscrito por las Áreas de Normativa y Regulación de Finanzas Partidarias y de Verificación y Control de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios que sustenta la propuesta de aprobación de los formatos referidos a la presentación de la información financiera de las organizaciones políticas y los candidatos a cargos de elección popular; y,

CONSIDERANDO:

El numeral 34.2 del artículo 34º de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, en adelante la Ley, establece que la verificación y control externos de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas corresponden a la Oficina Nacional de Procesos Electorales-ONPE, a través de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios-GSFP;

El numeral 34.5 del artículo 34º de la Ley, regula que los candidatos o sus responsables de campaña, tienen la obligación de entregar los informes de aportes, ingresos y gastos de su respectiva campaña electoral a la ONPE, proporcionando una copia a su organización política;

El numeral 34.6 del artículo 34º de la Ley, dispone que las organizaciones políticas y los candidatos a cargos de elección popular o sus responsables de campaña presentan informes a la GSFP de la ONPE, sobre las aportaciones e ingresos recibidos y sobre los gastos que efectúen durante la campaña electoral;

El artículo 82º del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 0025-2018-JN/ONPE, en adelante el Reglamento, precisa que los candidatos a cargos de elección popular, tienen la obligación de entregar la información financiera de sus gastos de campaña electoral a la ONPE, en los formatos que defina la GSFP mediante resolución gerencial, proporcionando una copia a su organización política;

El artículo 91º del Reglamento precisa que la información financiera de las organizaciones políticas debe presentarse en los formatos autorizados por resolución de la GSFP;

En ese contexto y con el objeto que las organizaciones políticas y los candidatos a cargos de elección popular presenten su información financiera a la ONPE, resulta necesario aprobar el Formato 5: Cédula Central de Aportaciones/Ingresos de Campaña Electoral que comprende el Anexo 5A: Aportaciones individuales en efectivo y en especie, el Anexo 5B: Ingresos por actividades de financiamiento proselitista y el Anexo 5C: Otros ingresos de campaña electoral; Formato 6: Cédula Central de Gastos de Campaña Electoral que comprende el Anexo 6A: Gastos de propaganda electoral efectuados en medios de comunicación, el Anexo 6B: Otros gastos de propaganda electoral y el Anexo 6C: Otros gastos de campaña electoral; Formato 7: Aportaciones/Ingresos de Campaña Electoral Recibidos por Candidatos a Cargos de Elección Popular y Formato 8: Gastos de Campaña Electoral efectuados por Candidatos a Cargos de Elección Popular;

En uso de las atribuciones conferidas a la GSFP por la Ley de Organizaciones Políticas y el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios y de conformidad con lo dispuesto por el literal e) del artículo 101º del texto integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 246-2019-JN/ONPE;

Con el visado de las Jefaturas de Área de Normativa y Regulación de Finanzas Partidarias y de Verificación y Control de la GSFP;

SE RESUELVE:

Artículo Primero: Aprobar los formatos para la entrega de la información financiera por parte de las organizaciones políticas y los candidatos a cargos de elección popular, que como anexo forman parte de la presente resolución:

FORMATO 5: CÉDULA CENTRAL DE APORTACIONES/INGRESOS DE CAMPAÑA ELECTORAL

Anexo 5A: Aportaciones individuales en efectivo y en especie.

Anexo 5B: Ingresos por actividades de financiamiento proselitista.

Anexo 5C: Otros ingresos de campaña electoral.

FORMATO 6: CÉDULA CENTRAL DE GASTOS DE CAMPAÑA ELECTORAL

Anexo 6A: Gastos de propaganda electoral efectuados en medios de comunicación. Anexo 6B: Otros gastos de propaganda electoral.

Anexo 6C: Otros gastos de campaña electoral.

FORMATO 7: APORTACIONES/INGRESOS DE CAMPAÑA

ELECTORAL RECIBIDOS POR CANDIDATOS A CARGOS

DE ELECCIÓN POPULAR

FORMATO 8: GASTOS DE CAMPAÑA ELECTORAL EFECTUADOS POR CANDIDATOS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR

Artículo segundo: Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARGARITA MARIA DIAZ PICASSO

Gerente

Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios

1848445-1