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Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 221-2019-MDP/C que regula la expedición de constancia de posesión visación de planos y memoria descriptiva para servicios básicos

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 221-2019-MDP/C, que regula la expedición de constancia de posesión, visación de planos y memoria descriptiva para servicios básicos

DECRETO DE ALCALDIA

N° 012-2019-MDP/A

Pachacámac, 21 de Diciembre del 2019.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

PACHACÁMAC

VISTO:

El Informe N° 310-2019-MDP/GDUR/SGOPCH-CCVA de la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Habilitaciones Urbanas, el Informe N° 622-2019-MDP/GDUR/SGOPCHU de la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Habilitaciones Urbanas, el Informe N° 097-2019-MDP/GDUR de la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Informe N° 462-A-2019-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre la PRÓRROGA de la Ordenanza N° 221-2019-MDP/C que regula de manera “EXTRAORDINARIA Y EXCEPCIONAL LA EXPEDICION DE LA CONSTANCIA DE POSESION, VISACION DE PLANOS Y MEMORIA DESCRIPTIVA PARA LOS SERVICIOS BASICOS”.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°2797 establece que “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la faculta de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico”.

Que, el Artículo 42 de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, indica que “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, mediante Ordenanza N° 221-2019-MDP/C se estableció de manera “EXTRAORDINARIA Y EXCEPCIONAL LA EXPEDICION DE LA CONSTANCIA DE POSESION, VISACION DE PLANOS Y MEMORIA DESCRIPTIVA PARA LOS SERVICIOS BASICOS” cuyo objeto es facilitar el acceso a los pobladores y familias de baja calidad de vida que forman parte de la jurisdicción del distrito de Pachacamac a los servicios básicos de energía eléctrica, agua y desagüe; garantizando la protección y el mejoramiento de vida del ser humano, para su desarrollo y el progreso de las poblaciones asentadas ubicadas en posesiones informales.

Que, de conformidad con la Primera Disposición Final de la Ordenanza N° 221-2019-MDP/C, se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la Ordenanza.

Que, con Informe N° 097-2019-MDP/GDUR la Gerencia de Desarrollo Humano da cuenta que mediante Decreto de Alcaldía N° 011-2019/A de fecha 18 de octubre del 2019 se prorroga la vigencia de la Ordenanza 221-2019-MDP/C hasta el 21 de diciembre del 2019, informando a su vez que la Subgerencia de Catastro y Control Urbano aún tiene pendiente de evaluación diversos actos administrativos donde se solicita la verificación de coordenadas de Asociaciones que buscan el reconocimiento municipal como primer paso para iniciar el proceso de visación de planos para servicios básicos.

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante informe N° 462-A-2019-MDP-GM-GAJ opina que es procedente la aprobación de la prórroga de la Ordenanza N° 221-2019-MDP/C la misma que regula de manera “EXTRAORDINARIA Y EXCEPCIONAL LA EXPEDICION DE LA CONSTANCIA DE POSESION, VISACION DE PLANOS Y MEMORIA DESCRIPTIVA PARA LOS SERVICIOS BASICOS” por 60 días calendarios contabilizados desde el vencimiento de la Resolución de Alcaldía N° 011-2019-MDP/A.

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 42° de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 221-2019-MDP/C hasta el 24 de febrero del 2020.

Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano y sus unidades dependientes en lo que resulte aplicable.

Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y la publicación del Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac.

Comuníquese, notifíquese, publíquese, cúmplase.

GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO

Alcalde

1848105-1