Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de Consultora de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos a Luxemburgo en comisión de servicios

Autorizan viaje de Consultora de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos a Luxemburgo, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 032-2020-EF/43

Lima, 21 de enero de 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante correo electrónico de fecha 24 de diciembre del 2019, the Global Forum on Transparency and Exchange of Information for Tax Purposes cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas para participar en el “34th Meeting of the Peer Review Group”, que se llevará a cabo en la ciudad de Luxemburgo, Gran Ducado de Luxemburgo, del 25 al 28 de febrero de 2020;

Que, en el mencionado evento el Estado peruano como miembro del Foro Global sobre Transparencia y el Intercambio de Informacion con Fines Fiscales de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) será evaluado respecto de la adopción de los estándares en materia de transparencia fiscal; y sobre el intercambio de información en materia tributaria;

Que, la participación en la evaluación del Grupo de Pares es de gran importancia para el Estado peruano, pues constituye uno de los aspectos que debe cumplir todo miembro del Foro Global, a fin de demostrar que en nuestro país no sólo el marco jurídico se encuentra alineado a los estándares establecidos por el Foro Global, sino también que en la práctica, la autoridad tributaria viene cumpliendo con su efectividad;

Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación de la señora Zulema Antuane Calle Castro, Consultora de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, en el citado evento, toda vez que la mencionada Dirección es la encargada de formular, proponer y evaluar los lineamientos de la Política Tributaria Internacional y medidas de perfeccionamiento de la tributación de personas no domiciliadas;

Que, en consecuencia y siendo de interés institucional y nacional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 001-2017-EF/43.01, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 493-2017-EF/43;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Zulema Antuane Calle Castro, Consultora de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Luxemburgo, Gran Ducado de Luxemburgo, del 23 al 29 de febrero de 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle:

Pasajes aéreos : US $ 1 649.05

Viáticos (4 + 1) : US $ 2 700,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada debe presentar ante la Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI

Ministra de Economía y Finanzas

1847927-1