Convocan a representantes de las organizaciones sociales del distrito para participar en Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001-2020/MDSJM.
San Juan de Miraflores, 20 de enero de 2020
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN JUAN DE MIRAFLORES.
VISTOS:
El Informe Nº 007-2020-SGPV/GMDS/MDSJM del Subgerencia de Participación Vecinal, por el cual propone el proyecto de Decreto de Alcaldía que convoca a Elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, el Informe Nº 08-2020-GMDS/MDSJM de la Gerente de la Mujer y Desarrollo Social, el Memorándum Nº 023-2020-GAJ/MDSJM del Gerente de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 018-2020-SGPEYCT/GPP/MDSJMN, del Subgerente de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica, el Informe Nº 20-2020-GPP/MDSJM, de la Gerente de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 017-2020-GAJ/MDSJM del Gerente de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 058-2020-GM/MDSJM de la Gerente Municipal.
CONSIDERANDO:
Que, a través del Informe Nº 007-2020-SGPV/GMDS/MDSJM el Subgerente de Participación Vecinal, en cumplimiento de la normativa vigente propone el proyecto de Decreto de Alcaldía que convoca a Elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores.
Que, mediante el Informe Nº 20-2020-GPP/MDSJM, la Gerente de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto al presente proyecto de Decreto.
Que, con Informe Nº 017-2020-GAJ/MDSJM el Gerente de Asesoría Jurídica opina favorablemente respecto a la emisión del presente Decreto.
Que, a través del Memorándum Nº 058-2020-GM/MDSJM la Gerente Municipal dispone que se realicen las acciones correspondientes.
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú indica que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el segundo párrafo del Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, anota que la autonomía señalada en la Constitución Política para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el artículo 102 de la Ley Orgánica de Municipalidades, expresa que “El Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales. Está integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los regidores distritales; por los Alcaldes de Centros Poblados de la respectiva jurisdicción distrital y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que le señala la presente Ley”.
Que, los artículos 1 y 2 de la Ordenanza Municipal Nº 000024, referente a la Constitución y Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de San Juan de Miraflores, señalan que “La presente Ordenanza norma la conformación y los procedimientos para la elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de San Juan de Miraflores”.
Que, la Ordenanza Nº 000056-2008-MDSJM que aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de esta Municipalidad, regula las funciones, deberes, derechos y aspectos complementarios de los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital del distrito de San Juan de Miraflores, en adelante el CCLD, como instancia del Sistema de Planificación del Desarrollo y Presupuesto Participativo, según lo establecido en el artículo 105 de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, el artículo 18 de la Ordenanza Nº 418/MDSJM que aprueba el Reglamento de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores 2019-2021, establece que “la autoridad municipal convoca al proceso electoral mediante Decreto de Alcaldía en el que se indicará la fecha, hora y el lugar en que se realizara el acto electoral; asimismo, mediante dicho decreto se aprobará el cronograma electoral”.
Que, el artículo 1 de la Ordenanza Nº 423/MDSJM, que modifica el Artículo Primero de la Ordenanza 403/MDSJM dispuso “Prorrogar la vigencia de los representantes de la Sociedad Civil, como miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD de San Juan de Miraflores, por un plazo no mayor a (100) días calendarios, o hasta que se produzca la proclamación de los nuevos delegados elegidos en el proceso eleccionario que se convoque y lleve a cabo de conformidad con lo señalado en el reglamento de elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital aprobado por Ordenanza Nº 418/MDSJM”.
Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
DECRETA:
Artículo Primero.- CONVOCAR a los representantes de las organizaciones sociales del ámbito distrital de San Juan de Miraflores, para participar en las Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, las mismas que se desarrollarán según el cronograma señalado en el siguiente artículo.
Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma Electoral para el Proceso de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, la misma que se desarrollará de la forma siguiente:
ETAPAS |
ACTIVIDADES |
FECHA |
LUGAR |
HORARIO |
Convocatoria |
Convocatoria y difusión |
Del 23 al 31 de enero de 2020 |
6 zonas del distrito |
Permanente |
Inscripción de Delegados Electores en el Libro Registro de OSC Del 03 al 20 de Febrero de 2020 |
Inscripción en el Libro Registro de OSC. |
Del 03 al 11 de febrero de 2020 |
Subgerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (Av. Belisario Suarez Nº 1075) |
De Lunes a Martes 08:00 am – 05:30 pm |
Publicación del Padrón Electoral Preliminar |
12 de febrero de 2020 |
Frontis de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (Av. Belisario Suarez Nº 1075) |
Miércoles 10:00 am |
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Presentación de recursos de Impugnación |
13 de febrero de 2020 |
Subgerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (Av. Belisario Suarez Nº 1075) |
Jueves 08:00 am – 05:30 pm |
|
Presentación de descargo ante recursos de Impugnación |
14 y 17 de febrero de 2020 |
Subgerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (Av. Belisario Suarez Nº 1075) |
Viernes y Lunes 08:00 am – 05:30 pm |
|
Resolución de recursos de Impugnación |
19 de febrero de 2020 |
Subgerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (Av. Belisario Suarez Nº 1075) |
Miércoles 08:00 am – 05:30 pm |
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Aprobación y publicación del Padrón Electoral Definitivo. |
20 de febrero de 2020 |
Av. Belisario Suarez Nº 1075 – Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores |
Jueves 10:00 am |
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Inscripción de Listas de Candidatos Del 21 Febrero al 03 de Marzo de 2020 |
Inscripción de Listas de Candidatos |
21 y 24 de febrero de 2020 |
Subgerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (Av. Belisario Suarez Nº 1075) |
Viernes a Lunes 08:00 am – 05:30 pm |
Publicación de Listas de Candidatos Preliminar |
25 de febrero de 2020 |
Av. Belisario Suarez Nº 1075 – Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores |
Martes 10:00 am |
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Presentación de recursos de Tachas |
26 de febrero de 2020 |
Subgerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (Av. Belisario Suarez Nº 1075) |
Miércoles 08:00 am – 05:30 pm |
|
Presentación de descargo ante recursos de Tacha |
27 de febrero de 2020 |
Subgerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (Av. Belisario Suarez Nº 1075) |
Jueves 08:00 am – 05:30 pm |
|
Resolución de recursos de Tacha |
02 de marzo de 2020 |
Subgerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (Av. Belisario Suarez Nº 1075) |
Lunes 08:00 am – 05:30 pm |
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Aprobación y publicación de Listas de Candidatos Definitiva |
03 de marzo de 2020 |
Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (Av. Belisario Suarez Nº 1075) |
Martes 10:00 am |
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Jornada Electoral 07 al 09 de Marzo de 2020 |
Acto Electoral |
07 de marzo de 2020 |
Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (Av. Belisario Suarez Nº 1075) |
Sábado 08:00 am – 12:00 pm |
Publicación de Resultados |
07 de marzo de 2020 |
Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (Av. Belisario Suarez Nº 1075) |
Sábado 02:00 pm |
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Proclamación y Juramentación |
09 de marzo de 2020 |
Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (Av. Belisario Suarez Nº 1075) |
Lunes 06:00 pm – 08:00 pm |
Artículo Tercero.- DESIGNAR a los MIEMBROS DEL COMITÉ ELECTORAL quienes se encargarán de llevar a cabo el proceso de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD, mediante Resolución de Alcaldía.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General efectuar la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático, efectuar la publicación del presente Decreto en el Portal Institucional de esta Corporación Edil.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARIA CRISTINA NINA GARNICA
Alcaldesa
1847793-1