Designan integrantes de la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad para el año 2020
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 03-2020-ACSS
Santiago de Surco, 15 de enero del 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
DE SURCO
POR CUANTO
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y
CONSIDERANDO:
Que, teniendo en consideración la propuesta del señor Alcalde, para la conformación de la Comisión contra la Corrupción para el presente año, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 3° y 4° de la Ordenanza N° 102 del 26 de diciembre de 1996 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Decreto de Alcaldía N° 12-99-DASS del 10 de diciembre de 1999, la Ordenanza Nº 454-MSS, modificada por la Ordenanza N° 576-MSS, y los Artículos 109° y 110° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por MAYORÍA, aprobó el siguiente:
ACUERDO
Artículo Primero.- DESIGNAR la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco para el Año 2020, la misma que estará conformada de la siguiente manera:
1) Presidente : Sr. Alcalde. Jean Pierre Combe
Portocarrero.
2) Miembro : Sr. Raúl Ramón Argüelles Seminario.
3) Miembro : Sr. David Ignacio Vera Trujillo.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal, que en un plazo no mayor a treinta (30) días, remitirá al Despacho de Alcaldía la nómina actualizada de Presidentes de las Juntas Vecinales del Distrito, de conformidad con el numeral 3) del Artículo Tercero de la Ordenanza N° 102 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a efectos de completar la conformación de la Comisión contra la Corrupción.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, que en un plazo no mayor a treinta (30) días, informe de los resultados de las acciones que realice, para acreditar un (1) periodista, a efectos de completar con dos (02) vecinos la conformación de la Comisión contra la Corrupción, de conformidad con el numeral 4) del Artículo Tercero de la Ordenanza N° 102 de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo Cuarto.- ESTABLECER que el período de vigencia de la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago es por un año, la cual continuará su vigencia hasta que se nombre la nueva comisión.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO
Alcalde
1847039-1