Delegan en el Gerente General del IPEN la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular de la Entidad durante el año fiscal 2020
INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR
RESOLUCIóN DE PRESIDENCIA
N° 017-20-IPEN/PRES
Lima, 15 de enero de 2020
VISTO: El Memorando N° D000002-2020-IPEN-PRTO, del Jefe de la Unidad de Presupuesto y el Proveído N° 000077-2020-PLPR;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Proveído N° 000077-2020-PLPR, el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto solicita realizar el trámite de delegación de facultad para aprobar modificaciones presupuestarias;
Que, con Memorándum N° D000002-2020-IPEN-PRTO, el Jefe de la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto solicita y sugiere la delegación de facultades a fin de aprobar modificaciones presupuestales en el presente año fiscal;
Que, el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto Público, a que se refiere el artículo 09 del Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público aprobado por Decreto Legislativo 1436, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú;
Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refiere la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente establecer al interior de la entidad pública, niveles de desconcentración de los procesos administrativos;
Que, con Resolución de Presidencia N° 169-19-IPEN/PRES; se adecuó la denominación de Dirección Ejecutiva a Gerencia General, según lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de Lineamientos de Organización de Organización del Estado, aprobados mediante decreto Supremo N°054-2018-PCM;
Que, el artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM, establece que Gerencia General es el más alto nivel de decisión después de la Presidencia de la entidad, así mismo indica que el Gerente General, es el funcionario de confianza del más alto nivel, que tiene por funciones, dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y controlar las actividades y el funcionamiento de las unidades orgánicas, siendo además la más alta autoridad administrativa de la institución;
Que, los numerales 7.1 y 7.2 del Decreto Legislativo 1440, establecen que en materia presupuestal, es responsable el titular del pliego, pudiendo delegar estas funciones, por lo que, se considera conveniente en el marco de la desconcentración administrativa, delegar en el Gerente General, la facultad de aprobar Modificaciones Presupuestales en el nivel Funcional Programático para el Ejercicio Fiscal 2020;
Que, el numeral 47.1 del artículo 47 del Decreto Legislativo 1440, establece que son modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático que se efectúan dentro del marco del presupuesto institucional vigente de cada pliego, las habilitaciones y anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos y que tiene implicancia en la estructura Funcional Programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal;
Que, el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo 1440, establece que las modificaciones presupuestales en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de la disposición expresa, la misma que debe de ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución Nº 011-19-IPEN/PRES, se delegó a la Gerencia General del Instituto Peruano de Energía Nuclear durante el Ejercicio Presupuestal 2019, la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular de la Entidad;
De conformidad con los artículos 9 y 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2005-EM y Resolución Ministerial Nº 509-2008-EM/DM;
Con los vistos del Gerente General y de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Delegar en el Gerente General del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular de la Entidad durante el presente año fiscal 2020, con efectividad a partir del 01 de enero de 2020.
Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia N° 011-19-IPEN/PRES.
Artículo Tercero.- Disponer que la delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, cumpliendo los requisitos legales para cada caso.
Artículo Cuarto.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, queda encargada de remitir copia de la presente Resolución a las instancias correspondientes.
Artículo Quinto.- La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese y comuníquese.
SUSANA PETRICK CASAGRANDE
Presidente
1847207-1