Aprueban criterios técnicos para la implementación progresiva de la Estrategia Multisectorial para contribuir a la reducción de la pobreza urbana
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº D000005-2026-MIDIS
San Isidro, 16 de enero del 2026
VISTOS:
El Memorando N° D000033-2026-MIDIS-VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; los Informes Nros. D000011-2026-MIDIS-DGIPAT y D000012-2026-MIDIS-DGIPAT, emitido por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; el Memorando N° D000021-2026-MIDIS-DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias, el Informe N° D000015-2026-MIDIS-DMPP, emitido por la Dirección de Modelamiento y Promoción Multisectorial de Políticas; el Memorando N° D000035-2026-MIDIS-OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000011-2026-MIDIS-OM, emitido por la Oficina de Modernización; el Informe N° D000016-2026-MIDIS-OPI, emitido por la Oficina de Planeamiento e Inversiones; el Informe N° D000019-2026-MIDIS-OP, emitido por la Oficina de Presupuesto; y, el Informe N° D000025-2026-MIDIS-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se dispone que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; y, el artículo 6 señala que entre sus competencias exclusivas, está el dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales así como la gestión de los recursos del sector;
Que, el artículo 5 de la citada Ley establece que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social tiene por finalidad mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado, y la sociedad civil;
Que, mediante los artículos 1 y 21 de la Ley N° 29792 se crea el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS) como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado, destinada a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales; siendo su ente rector el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; asimismo, entre los objetivos del SINADIS establecidos en el literal b) del artículo 22 de la Ley en mención, está el articular y armonizar la gestión de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos de desarrollo e inclusión social, a nivel intergubernamental;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2022-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 009-2024-MIDIS, se aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (PNDIS al 2030), que reconoce como problema público la exclusión social que genera pobreza a lo largo del ciclo de vida de las personas; en virtud a lo cual el MIDIS promueve la articulación con los diversos sectores y niveles de gobierno en el marco de implementación y el cierre de brechas sociales;
Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2025-MIDIS, publicado el 16 de julio de 2025, se aprueba la Estrategia Multisectorial para contribuir a la Reducción de la Pobreza Urbana y el documento técnico para su Piloto de implementación en el año 2025 (en adelante, la Estrategia), que tiene como finalidad contribuir a la reducción de la pobreza en entornos urbanos, a través de la implementación de acciones articuladas, de carácter multisectorial e intergubernamental, que coadyuven al acceso a servicios priorizados por parte de la población en situación de pobreza. Dichas acciones se organizan mediante paquetes integrados de servicios priorizados en base a evidencia y bajo una óptica multidimensional de la pobreza;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del referido Decreto Supremo, establece que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprueba los criterios técnicos para la implementación progresiva de las siguientes fases de la Estrategia, en coordinación con las entidades responsables de su implementación, en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicado el Decreto Supremo N° 007-2025-MIDIS. Dicha aprobación se formaliza mediante Resolución Ministerial;
Que, en el Anexo I del Decreto Supremo N° 007-2025-MIDIS se desarrolla el contenido de la Estrategia, el cual establece la Ruta de Implementación, en el marco de tres (3) fases, donde la “Fase 2: Puesta en marcha de la Estrategia” incluye el desarrollo y aprobación de criterios técnicos, cuyos criterios de priorización se utilizarán para la implementación de la Estrategia;
Que, mediante Resolución Ministerial N° D000254-2025-MIDIS, se aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (en adelante, Texto Integrado del ROF), y su artículo 67 señala que la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial es el órgano de línea responsable de conducir la coordinación, articulación y concertación de las políticas del sector de desarrollo e inclusión social a nivel intergubernamental e intersectorial en el ámbito regional y local; manteniendo relaciones de cooperación y apoyo mutuo desde un enfoque de gestión territorial; así como, conducir la gestión y supervisión de los mecanismos de incentivos y del fortalecimiento de capacidades, para la implementación de las políticas nacionales en materia de desarrollo e inclusión social y depende del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social;
Que, en el marco de las funciones establecidas en el artículo 68 del Texto Integrado actualizado del ROF, la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial: (i) Dirigir y promover la implementación de estrategias e instrumentos de política de desarrollo e inclusión social en el territorio, considerando las características, desafío, oportunidades y necesidades en los ámbitos urbanos y rurales, así como de los mecanismos de articulación y de incentivos, y supervisar su cumplimiento;
Que, en mérito a lo antes señalado, mediante los Informes Nros. D000011-2026-MIDIS-DGIPAT y D000012-2026-MIDIS-DGIPAT, elaborados por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial se informa y sustenta ante el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, la aprobación de la propuesta de los “Criterios Técnicos para la implementación progresiva de la Estrategia Multisectorial para contribuir a la reducción de la Pobreza Urbana” – Versión N° 01 (en adelante, la propuesta de Criterios Técnicos), en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 007-2025-MIDIS; por lo que, dicha propuesta cuenta con la conformidad del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social otorgada mediante Memorando N° D000033-2026-MIDIS-VMPES;
Que, mediante el Memorando N° D000021-2026-MIDIS-DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias se eleva el Informe N° D000015-2026-MIDIS-DMPP, emitido por la Dirección de Modelamiento y Promoción Multisectorial de Políticas, donde se emite opinión favorable a la propuesta de Criterios Técnicos;
Que, mediante el Memorando N° D000035-2026-MIDIS-OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; se elevan el Informe N° D000011-2026-MIDIS-OM, emitido por la Oficina de Modernización; el Informe N° D000016-2026-MIDIS-OPI, emitido por la Oficina de Planeamiento e Inversiones; el Informe N° D000019-2026-MIDIS-OP, emitido por la Oficina de Presupuesto, a través de los cuales se emite opinión favorable sobre la propuesta de Criterios Técnicos;
Que, a través del Informe N° D000025-2026-MIDIS-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal considerando viable emitir el acto resolutivo que apruebe la propuesta de Criterios Técnicos;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial, de la Dirección General de Políticas y Estrategias, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo N° 007-2025-MIDIS, que aprueba la Estrategia Multisectorial para contribuir a la Reducción de la Pobreza Urbana y el documento técnico para su Piloto de implementación en el año 2025; la Resolución Ministerial N° D000254-2025-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de los criterios técnicos para la implementación progresiva de la Estrategia Multisectorial para contribuir a la reducción de la pobreza urbana
Aprobar los criterios técnicos para la implementación progresiva de la Estrategia Multisectorial para contribuir a la reducción de la pobreza urbana, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Socialización de los criterios técnicos
Encargar a la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la socialización de los criterios técnicos a las entidades responsables de la implementación de la Estrategia Multisectorial para contribuir a la reducción de la pobreza urbana, según lo establecido en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 007-2025-MIDIS; así como a las instancias pertinentes del nivel regional y local.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LESLY NADIR SHICA SEGUIL
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
Anexo 1.- Criterios técnicos para la implementación progresiva de la Estrategia Multisectorial para contribuir
a la reducción de la pobreza urbana (Versión N° 01)
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Criterios de priorización |
Tipos |
Variable |
Criterio técnico de aplicación |
Fuente de información |
Uso para la priorización |
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Criterios de priorización de distritos |
Nivel de dependencia económica |
Hogares urbanos en situación de pobreza y pobreza extrema |
Distritos con mayor concentración absoluta y relativa de hogares urbanos pobres |
OFIS – Padrón General de Hogares (PGH) |
Identificar territorios con mayor magnitud de pobreza urbana |
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Hogares urbanos con CSE vigente |
Distritos con alto porcentaje de hogares con Clasificación Socioeconómica |
OFIS / Unidades Locales de Empadronamiento (ULE) |
Condición habilitante para la focalización de servicios |
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Universo de integrantes de hogares urbanos pobres |
Distritos con mayor número de personas expuestas a pobreza urbana |
OFIS – PGH |
Estimar el potencial impacto poblacional de la intervención |
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Nivel de cobertura de servicios |
Presencia territorial de servicios EPU |
Disponibilidad en el distrito de los servicios priorizados según los modelos de articulación |
Registros administrativos sectoriales |
Evaluar la viabilidad de articulación de paquetes integrados |
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Cobertura efectiva de programas sociales |
Distritos con brechas relevantes de cobertura de servicios priorizados |
Registros administrativos sectoriales |
Identificar oportunidades de mejora en el acceso a servicios |
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Nivel de articulación y gobernanza territorial |
Conformación y funcionamiento efectivo de las IAL-DIS |
Distritos con IAL-DIS formalmente conformada mediante ordenanza en funcionamiento (sesiones realizadas) |
Portal DGIPAT |
Condición habilitante para la articulación multisectorial |
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Presencia de aliados estratégicos para el fortalecimiento de la provisión de servicios |
Distritos con presencia de aliados estratégico que faciliten mayores recursos para la mejora de la eficacia en la provisión de los servicios. |
Convenios interinstitucionales vigentes y/o planes de trabajo |
Evidenciar capacidad operativa y dinámica de articulación y de la gestión territorial |
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Agenda ministerial |
Distritos en función a los departamentos que forman parte de la agenda ministerial, y que aseguran la intervención y el cumplimiento de las metas propuestas como sector. |
Reportes DAT / información municipal |
Alinear la intervención territorial con las prioridades estratégicas del Sector y del Gobierno Nacional |
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Representatividad regional: |
Distritos de cada una de las tres regiones naturales del país: costa, sierra y selva. |
Reportes DAT |
Fortalecer la gobernanza multinivel, articulando las decisiones nacionales con la realidad regional y local. |
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Nivel de actualización y disponibilidad de información |
Vigencia de la información CSE |
Información de hogares con actualización reciente (no mayor de 1 año de antiguedad) |
OFIS |
Asegurar confiabilidad de la focalización |
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Criterios de priorización de servicios |
Durante el año 2026, se continuarán priorizando 15 de los 46 servicios propuestos, los cuales corresponden a los siguientes paquetes propuestos1: del paquete base se están priorizando ocho servicios, mientras que del paquete alivio a la pobreza se priorizan cinco servicios y finalmente del paquete barrio son dos servicios los incluidos. Asimismo, del paquete ciudad, no se prioriza ninguno de los servicios. |
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Los criterios establecidos son aplicables a la fase de puesta en marcha de la Estrategia (Fase 2), a ejecutarse durante el año 2026, en el marco de un esquema de implementación progresiva que considera la incorporación gradual de los distritos que acrediten el cumplimiento de los mismos. Dicho proceso se realizará en coordinación con las entidades responsables de la implementación y con la participación articulada de los gobiernos regionales. |
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1 La definición de paquetes integrados de servicios se encuentra en el numeral 7.1 del Anexo 1 y los servicios priorizados en el numeral 4.2 del Anexo 2 del Decreto Supremo N° 007-2025-MIDIS.
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