Otorgan la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la agrupación Los Mirlos
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° 000006-2026-MC
San Borja, 14 de enero del 2026
VISTOS; la Hoja de Envío N° 000239-2025-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000938-2025-DGIA- VMPCIC/MC e Informe N° 001908-2025-DIA-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 001162-2025-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe N° 001240-2025-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, prevé como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, Directiva para el otorgamiento de reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país;
Que, con Informe N° 000938-2025-DGIA-VMPCIC/MC la Dirección General de Industrias Culturales y Artes propone otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la agrupación Los Mirlos, con sustento en los argumentos desarrollados en el Informe N° 000206-2025-DIA-DGIA-VMPCIC-EMB/MC de la Dirección de Artes;
Que, a través del Informe N° 001162-2025-DGPC-VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Cultural alcanza el Informe N° 000636-2025-DPI-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial en el que se formulan comentarios respecto a la propuesta;
Que, la agrupación Los Mirlos, fundada en la ciudad de Moyobamba en 1973, es considerada pionera y principal referente de la cumbia que se elabora en la Amazonía peruana. Con más de cinco décadas de trayectoria han difundido internacionalmente la riqueza musical de dicho ámbito, consolidándose como embajadores culturales del departamento de San Martín;
Que, la agrupación Los Mirlos ha representado al país en importantes escenarios internacionales siendo reconocida como una de las agrupaciones más influyentes de la música latinoamericana. Sus interpretaciones, entre ellas, temas emblemáticos como La danza de los Mirlos y Sonido amazónico, se han convertido en parte del repertorio colectivo del país, asegurando la vigencia y transmisión de la identidad amazónica en el ámbito global;
Que, a lo largo de su trayectoria, la agrupación Los Mirlos ha contribuido a la proyección internacional de la música amazónica participando en festivales, giras y producciones discográficas que han permitido situar al Perú en la escena musical global;
Que, su música ha sido objeto de estudios académicos, reediciones internacionales y colaboraciones con artistas de distintos géneros, consolidando su rol como embajadores culturales del país. Este nivel de impacto y alcance confirma la trascendencia de su obra más allá de las fronteras nacionales;
Que, la vasta discografía de la agrupación Los Mirlos constituye otro de los pilares que respalda su relevancia como referente de la música amazónica. Desde la publicación de su primer álbum Sonido selvático (1973) la agrupación ha editado más de una docena de producciones discográficas que han marcado hitos en la historia musical del Perú;
Que, a través del Informe N° 001240-2025-OGAJ-SG/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que en el marco de las competencias y funciones de los órganos que han evaluado la trayectoria de la agrupación propuesta se tiene que se ha sustentado otorgar la distinción, por lo que se considera jurídicamente viable la emisión del acto que la materialice;
Que, estando a lo desarrollado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, el análisis y las conclusiones de los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el otorgamiento de reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la agrupación Los Mirlos por su importante trayectoria artística la cual ha trascendido generaciones y fronteras, contribuyendo de manera significativa a la difusión, consolidación y reconocimiento de la cumbia en el Perú.
Artículo 2.- Remitir copia de la resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de esta resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO MARTIN LUNA BRICEÑO
Ministro de Cultura
2477121-1