Delegan facultades en el Gerente General y en el Jefe de la Oficina de Administración de la SUTRAN para el ejercicio del Año Fiscal 2026
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° D000069-2025-SUTRAN-SP
Lima, 31 de diciembre del 2025
VISTOS: El Memorando N° D000420-2025-SUTRAN-SP del Despacho de la Superintendencia, el Memorando N° D000893-2025-SUTRAN-GG de la Gerencia General, el Informe N° D000154-2025-SUTRAN-UP de la Unidad de Presupuesto, el Informe N° D000107-2025-SUTRAN-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000053-2025-SUTRAN-OA de la Oficina de Administración, el Informe N° D000700-2025-SUTRAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe N° D000557-2025-SUTRAN-GG de la Gerencia General, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29380, Ley de creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, establece que es un organismo adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, tiene personería jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica, funcional, administrativa y presupuestal, constituyéndose en pliego presupuestal;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2015-MTC, tiene por finalidad definir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman la entidad, así como establecer su estructura orgánica;
Que, atendiendo a la estructura orgánica de la SUTRAN y con el propósito de dotar de mayor celeridad y eficiencia a la gestión administrativa de la entidad, resulta necesario delegar determinadas facultades de gestión administrativa interna e institucional a la Gerencia General y a la a la Oficina de Administración, detallados en la parte resolutiva de la presente Resolución, en materia administrativa y presupuestal, facultades que corresponden al (a la) Superintendente, en su calidad de titular de la Entidad;
Que, de lo anterior se colige que las entidades públicas tienen la competencia de organizarse internamente para ejecutar las competencias atribuidas por Ley, lo cual comprende emitir y dejar sin efectos normas de carácter interno que se encuentren atribuidas a un órgano, o área mencionada en el ROF de la SUTRAN, a fin de lograr o mejorar la eficiencia en el ejercicio de sus competencias, garantizando como finalidad última el irrestricto respecto a los intereses generales de la sociedad en su conjunto, y salvaguardando una mayor eficiencia en los procedimientos de contratación y en la gestión administrativa de forma general;
Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, dispone que las entidades pueden delegar el ejercicio de las competencias conferidas a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente; así como, procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad;
Que, en atención al Memorando N° D000420-2025-SUTRAN-SP de Superintendencia de fecha 19 de diciembre de 2025, y Memorando N° D000893-2025-SUTRAN-GG de Gerencia General de fecha 22 de diciembre de 2025, la Unidad de Presupuesto a través del Informe N° D000154-2025-SUTRAN-UP de fecha 24 de diciembre de 2025, indica que, la delegación de facultad para aprobar la formalización de las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático debe ser anual y aprobado por Resolución del Titular de la Entidad, conforme lo señala el numeral 40.2 de la artículo 40 de la Ley N° 28411; opinión que es compartida por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, como es de verse en el Informe N° D000107-2025-SUTRAN-OPP;
Que, mediante Informe N° D000523-2025-SUTRAN-OA de fecha 26 de diciembre de 2025, la Oficina de Administración señala, entre otros, que corresponde delegar en su jefatura la facultad de aprobar las modificaciones en el Cuadro Multianual de Necesidades, así como la facultad de representar a la SUTRAN durante el ejercicio del Año Fiscal 2026, ante diversas entidades, para que realice cualquier tipo de acto y/o actividad que resulten necesarias para el mejor desarrollo de las funciones administrativas y de gestión de la SUTRAN;
Que, mediante Informe N° D000700-2025-SUTRAN-OAJ de fecha 31 de diciembre de 2025, la Oficina de Asesoría Jurídica considera legalmente viable delegar facultades en materia presupuestal en el/la Gerente/a General y en materia administrativa a la Oficina de Administración, para el ejercicio del Año Fiscal 2026, debiéndose emitir el acto resolutivo correspondiente;
Con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Administración, de la Gerencia General, y
De conformidad con lo establecido en la ley N° 29380, Ley de creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2015-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Delegar en el/la Gerente/a General de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, para el ejercicio del Año Fiscal 2026, en el ámbito de sus competencias, las siguientes facultades:
1.1. EN MATERIA PRESUPUESTAL
a) Aprobar la formalización de las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático.
Artículo 2.- Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, para el ejercicio del Año Fiscal 2026, en el ámbito de sus competencias, la siguiente facultad:
2.1. EN MATERIA ADMINISTRATIVA
a) Representar a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, ante las diferentes entidades públicas para realizar cualquier tipo de acto y/o actividad que resulten necesarios para el mejor desarrollo de las funciones de la SUTRAN, entre las que se encuentran, sin ser limitativo este listado:
• La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT
• El Servicio de Administración Tributaria - SAT
• El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI
• La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP y sus oficinas y zonas registrales
• El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes - OECE
• El Tribunal de Contrataciones del Estado del OECE
• Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
• Las empresas prestadoras de servicios públicos
• Así como ante diversas entidades públicas y privadas para gestiones administrativas, a fin de asegurar la continuidad operativa de la SUTRAN.
La delegación conferida mediante la presente resolución no implica la representación legal general de la SUTRAN, ni la suscripción de convenios interinstitucionales o actos jurídicos que comprometan institucionalmente a la entidad, en cuyo caso se requerirá autorización expresa del Superintendente.
b) Aprobar las modificaciones en el Cuadro Multianual de Necesidades.
Artículo 3.- Disponer que la Gerencia General y la Jefatura de la Oficina de Administración realicen las acciones que considere pertinentes a fin de implementar y ejecutar lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 4.- La Gerencia General y la Jefatura de la Oficina de Administración, a quienes se les ha delegado las facultades descritas en los Artículos 1 y 2 de la presente Resolución, están obligadas a dar cuenta trimestralmente, dentro de los cinco (5) días hábiles del mes que corresponda, respecto de las actuaciones derivadas de las facultades delegadas.
Artículo 5.- La presente delegación será válida durante el ejercicio fiscal 2026, sin perjuicio de su modificación, avocación o revocación en cualquier momento, de acuerdo con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Articulo 6.- Publíquese la presente Resolución de Superintendencia en la Sede Digital de la SUTRAN (www.gob.pe/sutran) y en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GILMER ALVAREZ ZAPATA
Superintendente de la Superintendencia
SUTRAN
2473756-1