Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de funcionario diplomático y especialistas a Brasil en comisión de servicios

Autorizan viaje de funcionario diplomático y especialistas a Brasil, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0029/RE-2020

Lima, 16 de enero de 2020

CONSIDERANDO:

Que, en la Décimo Cuarta Reunión Ordinaria de la Comisión Mixta de Inspección de Hitos de la Frontera Perú - Brasil, realizada en la ciudad de Lima, el 14 y 15 de mayo de 2012, se acordó celebrar la Décimo Quinta Reunión de la mencionada Comisión en la ciudad de Belém do Pará, República Federativa de Brasil;

Que, la representación diplomática de la República Federativa de Brasil ha transmitido la propuesta de su gobierno para celebrar la Décimo Quinta Reunión Ordinaria de la Comisión Mixta de Inspección de Hitos de la Frontera Perú - Brasil, en la ciudad de Belém do Pará, República Federativa de Brasil, el 30 y 31 de enero de 2020;

Que, se estima necesario que el Director de Límites de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; el Asesor Técnico de la Dirección de Límites, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; y, el Geógrafo de la Dirección de Límites, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, participen en la Décimo Quinta Reunión Ordinaria de la Comisión Mixta de Inspección de Hitos de la Frontera Perú – Brasil;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057, Contratación Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales; y, el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que Aprueba el de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Belém do Pará, República Federativa de Brasil, del 30 al 31 de enero de 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

• Ministro en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Julio Eduardo Francisco Laurie Escandón, Director de Límites de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos;

• Señor Luis Faustino Héctor Antonio Salerno Gálvez, Contratado Administrativo de Servicios - CAS, Asesor Técnico de la Dirección de Límites, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; y,

• Señor Juan Felipe Meléndez De la Cruz, Contratado Administrativo de Servicios - CAS, Geógrafo de la Dirección de Límites, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes Aéreos

Clase Económica

USD

Viáticos por día USD

Número de días

Total viáticos USD

Gustavo Julio Eduardo Francisco Laurie Escandón

1,300.00

370.00

2 + 1

1,110.00

Luis Faustino Héctor Antonio Salerno Gálvez

1,300.00

370.00

2 + 1

1,110.00

Juan Felipe Meléndez de la Cruz

1,300.00

370.00

2 + 1

1,110.00

Artículo 3.- Dentro de los quince días (15) días calendarios posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático y los especialistas deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cuales quiera que sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUSTAVO MEZA-CUADRA V.

Ministro de Relaciones Exteriores

1846944-1