Viernes, 22 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios

Aprueban Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios

resolución de dirección ejecutiva

N° 00008-2020-ARCC/DE

Lima, 17 de enero de 2020

VISTO: El Oficio N° D000072-2020-PCM-SGP, del 17 de enero de 2020, de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;

CONSIDERANDO:

Que, los numerales 3.1 y 3.3 del artículo 3 de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, establecen, respectivamente, que esta es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar, implementar y, cuando corresponda, ejecutar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, y que está a cargo de un Director Ejecutivo con rango de Ministro para los alcances de la mencionada Ley;

Que, para la operación y funcionamiento de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, el numeral 7.3 del artículo 7 de la mencionada Ley ha previsto que la mencionada entidad no se encuentra sujeta a las disposiciones referidas a la aprobación de un Reglamento de Organización y Funciones, Manual de Organización y Funciones, Cuadros de Asignación de Personal y otros instrumentos de gestión;

Que, en cumplimiento de lo previsto en la disposición citada en el considerando precedente, mediante Decreto Supremo N° 088-2017-PCM se aprobaron las disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (en adelante la Autoridad);

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2019-PCM, ha establecido que las disposiciones que regulan la organización y funciones de la Autoridad se aprueban mediante resolución de su Director Ejecutivo, previa opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, asimismo, la Única Disposición Complementaria Derogatoria del referido Reglamento ha contemplado que el Decreto Supremo N° 088-2017-PCM por el que se aprobaron las disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la Autoridad queda derogado una vez que entre en vigencia la resolución de Director Ejecutivo a la que se refiere la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 30556;

Que, en dicho contexto, a fin de fortalecer la gestión institucional de la Autoridad dispuesta por el Decreto de Urgencia N° 040-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para impulsar la ejecución de las intervenciones del Plan Integral de Reconstrucción con cambios, y contando con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, es necesario emitir la presente resolución;

Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2019-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Documento de Organización y Funciones

Apruébase el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios que consta de cuatro (4) títulos, cuatro (4) capítulos, cincuenta y un (51) artículos y un (1) organigrama, que como Anexos forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Vigencia

Dispónese que el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios aprobado en el artículo 1, entre en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3.- Publicación

Dispónese que la presente resolución y sus anexos se publiquen en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) y en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 4.- Implementación

Dispónese que la Dirección Ejecutiva, mediante comunicaciones por escrito, puede impartir las directrices que resulten necesarias para la adecuada implementación del Documento de Organización y Funciones.

Artículo 5.- Denominación

Establécese que toda referencia en normas anteriores a las gerencias y coordinaciones administrativas que no forman parte del Documento de Organización y Funciones se identifican con la nueva gerencia, direcciones y oficinas de acuerdo con sus funciones.

Artículo 6.- Acervo documentario

Dispónese que la Oficina de Administración formule un Cronograma de Transferencia de Documentos, en coordinación con los órganos involucrados, y brinde el apoyo y asistencia técnica requeridos durante el proceso de transferencia de acervo documentario.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AMALIA MORENO VIZCARDO

Directora Ejecutiva

Autoridad para la Reconstrucción con Cambios

1847051-1