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Aprueban la Norma Técnica denominada Disposiciones que regulan la investigación y el Proceso Administrativo Disciplinario de los profesores de la Carrera Pública Magisterial y profesores contratados en el marco de la Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial

Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan la investigación y el Proceso Administrativo Disciplinario de los profesores de la Carrera Pública Magisterial y profesores contratados, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 120-2024-MINEDU

Lima, 25 de octubre de 2024

VISTOS, el Expediente N° DITEN2024-INT-0716246, el Informe N° 01949-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N° 02051-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01434-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal h) del artículo 80 de la referida Ley, establece que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, de acuerdo con lo señalado por el artículo 1 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, dicha norma tiene por objeto normar las relaciones entre el Estado y los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico-productiva y en las instancias del Sistema Educativo administradas por el Ministerio de Educación, el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior. Regula sus deberes y derechos, la formación continua, la Carrera Pública Magisterial, la evaluación, el proceso disciplinario, las remuneraciones y los estímulos e incentivos;

Que, el artículo 12 de la Ley Nº 29944 establece que la Carrera Pública Magisterial reconoce cuatro (4) áreas de desempeño laboral, para el ejercicio de cargos y funciones de los profesores, siendo estas: i) Gestión pedagógica; ii) Gestión institucional; iii) Formación docente; y, iv) Innovación e investigación. Asimismo, el artículo 43 de la citada ley establece que los profesores que se desempeñan en las áreas antes señaladas, que transgredan los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones, incurren en responsabilidad administrativa y son pasibles de sanciones según la gravedad de la falta y la jerarquía del servidor o funcionario; las que se aplican con observancia de las garantías constitucionales del debido proceso;

Que, de acuerdo con lo señalado por el numeral 1.1 del artículo 1 del Reglamento de la Ley Nº 29944, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, dicho reglamento tiene por objeto regular las disposiciones, criterios, procesos y procedimientos contenidos en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial;

Que, a través del artículo 2 de la Resolución Viceministerial N° 091-2021-MINEDU, se aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones que regulan la investigación y el proceso administrativo disciplinario para profesores, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”; la cual requiere ser actualizada de acuerdo con el marco normativo vigente e incorporar disposiciones en virtud a los diversos tópicos recurrentes que se identifican durante el desarrollo del proceso administrativo disciplinario para docentes;

Que, mediante el Informe N° 01949-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, se sustenta la necesidad de aprobar un nuevo dispositivo normativo que contemple los supuestos advertidos durante el desarrollo de la investigación y el proceso administrativo disciplinario seguido contra los profesores que incurran en faltas o infracciones de carácter disciplinario, en su condición de nombrado y contratado, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial. Además, esta norma es de aplicación para los profesores que se desempeñen en las instituciones educativas públicas administradas por el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior. Por tanto, resulta necesario derogar la Resolución Viceministerial N° 091-2021-MINEDU que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones que regulan la investigación y el proceso administrativo disciplinario para profesores, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”;

Que, la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE), la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA) y la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción (OTEPA);

Que, mediante el Informe N° 02051-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, emite opinión favorable para la tramitación de la propuesta debido a que desde el punto de vista de planificación, se advierte que su objetivo y alcance se encuentran alineados a los instrumentos de planificación estratégica e institucional del sector Educación; y desde el punto de vista presupuestal, no requerirá recursos del Pliego 010: M. de Educación en el presente Año Fiscal 2024; asimismo, se refiere que, respecto a su sostenibilidad en los años subsiguientes dependerá de los procesos de programación presupuestaria correspondiente, en el marco de la normativa presupuestaria vigente;

Que, con el Informe N° 01434-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la aprobación de la propuesta;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°004-2013-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Derogar la Resolución Viceministerial
N° 091-2021-MINEDU que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones que regulan la investigación y el proceso administrativo disciplinario para profesores, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”.

Artículo 2.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan la investigación y el Proceso Administrativo Disciplinario de los profesores de la Carrera Pública Magisterial y profesores contratados, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA

Viceministra de Gestión Pedagógica

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