Convocan a la Elección Complementaria para elegir al Tercer representante de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD para el período 2020 - 2022
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 01-2020-MDL
Lince, 13 de enero de 2020.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
LINCE
VISTO: El Informe N° 001-2019-MDL-GDH, de la Gerencia de Desarrollo Humano y el Informe N° 007-2020-MDL-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre emisión de Decreto de Alcaldía para convocar a elecciones complementarias del Tercer Representante de la Sociedad Civil de Lince ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el periodo 2020-2022, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194°, modificada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;
Que, el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que una de las atribuciones que tiene el Alcalde es la de “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”;
Que, el artículo 42° de la citada ley, establece que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;
Que, el artículo 102° del mismo cuerpo normativo antes citado, establece que: “El Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales. Está integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el teniente Alcalde, y los regidores distritales (…) y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que le señala la presente Ley (…) Los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente, por un periodo de 2 (dos) años (…)”;
Que, el artículo 5° de la Ordenanza N° 418-2019-MDL, señala que el Consejo de Coordinación local Distrital, está integrado por el alcalde, los siete regidores y los tres representantes de la Sociedad Civil, y que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 34° de la misma norma, estos últimos son elegidos por un periodo de dos años contados desde la instalación del Consejo de Coordinación local Distrital;
Que, con fecha 11 de mayo de 2019, mediante proceso electoral se eligió a dos representantes de la Sociedad Civil, ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD, quienes fueron reconocidos mediante Resolución de Alcaldía N° 125-2019-MDL, de fecha 17 de mayo de 2019;
Que, el artículo 18° de la misma Ordenanza dispone que la conducción del proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil está a cargo de un Comité Electoral designado en el mismo decreto de convocatoria; órgano que será integrado por la Gerente de Desarrollo Humano, en condición de Presidente, la Secretaria General en condición de Secretaria y el Gerente de Planeamiento y Presupuesto en condición de Vocal;
Que, el Informe N° 001-2020-MDL-GDH, de la Gerencia de Desarrollo Humano, precisa que habiéndose emitido la Resolución de Alcaldía N° 125-2019-MDL que reconoció a dos de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Lince y siendo el número de tres representantes conforme a Ley, resulta necesario que se emita el Decreto de Alcaldía pertinente, con la finalidad de convocar a elecciones complementarias para elegir al tercer representante de la Sociedad Civil de Lince ante el CCLD para el periodo 2020-2022 y señala que debe de aprobarse el cronograma de actividades de elecciones respectivo;
Que, con Informe N° 007-2020-MDL-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que resulta procedente la emisión del Decreto de Alcaldía, a fin de convocar a elecciones complementarias para elegir al tercer representante de la Sociedad Civil de Lince, ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el periodo 2020-2022, designar y/o ratificar a los miembros del Comité Electoral y aprobar el cronograma de elecciones, esto conforme a lo establecido en el artículo 102° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, al numeral 6) del artículo 20° de la citada Ley y al amparo de lo previsto en el Reglamento de Conformación del CCLD-Lince;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por el numeral 6) del artículo 20°, el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- CONVOCAR a la Elección Complementaria para elegir al Tercer representante de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD para el período 2020-2022, de acuerdo al cronograma establecido en el anexo del artículo tercero.
Artículo Segundo.- NOMINAR al Comité Electoral encargado de conducir el proceso de elección integrado por las siguientes personas:
Presidente : Gerente de Desarrollo Humano.
Secretario : Secretaria General.
Vocal : Gerente de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo Tercero.- APROBAR, el cronograma Electoral para la Elección del Tercer Representante de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD para el Período 2020-2022, contenido en el anexo.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Humano, como a los miembros del Comité Electoral para llevar a cabo el proceso de elecciones complementarias del tercer representante de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación local Distrital – CCLD para el periodo 2020-2022
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VICENTE AMABLE ESCALANTE
Alcalde
Anexo: CRONOGRAMA ELECTORAL
Fecha |
Actividad |
I Etapa. Convocatoria e inscripciones |
|
20/01 |
Convocatoria. |
21/01 |
Inicio de la campaña de difusión de la convocatoria. |
24/01 |
Charla a Organizaciones Sociales inscritas en el RUOS. |
27 a 31/01 |
Inscripciones en el Libro de Registro de Organizaciones para el proceso de elección–Presentación de solicitudes en Mesa de Partes de la MDL. |
03/02 |
Periodo de subsanación. |
04/02 |
Cierre del Libro de Registro de Organizaciones. |
04/02 |
Publicación del Padrón Electoral Preliminar |
05/02 |
Impugnaciones al Padrón Electoral Preliminar. |
06/02 |
Resolución de impugnaciones por el Comité Electoral. |
07/02 |
Publicación del Padrón Electoral Definitivo. |
II Etapa. Inscripción de candidatos |
|
10 al 19/02 |
Inscripción de candidatos. |
20/02 |
Publicación de la relación preliminar de candidatos |
21/02 |
Presentación de tachas. |
24/02 |
Resolución de tachas. |
25/02 |
Publicación de la relación definitiva de candidatos. |
III Etapa. Elecciones |
|
07/03 |
Jornada electoral. |
09/03 |
Publicación de los resultados. |
10/03 |
Proclamación y Juramentación. |
1846700-1