Crean “Comisión Consultiva en Vivienda y Urbanismo” dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN supremA
Nº 001-2020-VIVIENDA
Lima, 17 de enero de 2020
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 37 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones Consultivas están conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad, experiencia, designados por resolución suprema; asimismo dispone que el cargo de miembro de la Comisión Consultiva es honorario, de confianza, y no inhabilita para el desempeño de ninguna función pública o actividad privada;
Que, de conformidad con lo regulado en el artículo 10 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, el Ministerio tiene la función compartida de normar, aprobar, efectuar y supervisar las políticas nacionales sobre ordenamiento y desarrollo urbanístico, habilitación urbana y edificaciones, uso y ocupación del suelo urbano y urbanizable, en el ámbito de su competencia, en concordancia con las leyes orgánicas de los gobiernos regionales y de municipalidades;
Que, el artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, dispone que las Comisiones Consultivas tienen por función absolver consultas o emitir opinión en temas de política y asuntos de competencia del sector, y que su funcionamiento se regula mediante Reglamento Interno aprobado por Resolución Ministerial;
Que, en atención al marco legal antes citado, se considera pertinente constituir una Comisión Consultiva conformada por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia, encargada de emitir opiniones en temas de política y asuntos de competencia del sector Vivienda y Urbanismo, expidiendo pronunciamientos con carácter no vinculante, a solicitud del Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, conforme a los considerandos precedentes, es necesario constituir y designar a los miembros de la Comisión Consultiva en Vivienda y Urbanismo del MVCS;
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Creación
Créase la Comisión Consultiva denominada “Comisión Consultiva en Vivienda y Urbanismo” dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Artículo 2.- Objeto
La Comisión Consultiva tiene por objeto emitir opinión en temas de política y asuntos de competencia del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, expidiendo pronunciamientos con carácter no vinculante, a solicitud del Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento cuando este lo considere necesario.
Artículo 3.- Conformación
La Comisión Consultiva está conformada por las siguientes personas:
- Sr. David Alfonso Ramos López, quien la preside.
- Sr. Humberto Hector Martínez Díaz.
- Sr. Jorge Vicente Martín Muñoz Wells.
- Sr. Juan José Alcázar Flores.
- Sr. Carlos Fernando Herrera Descalzi.
- Sr. Álvaro Gonzalo Paz De La Barra Freigeiro.
- Sr. Luis Alberto Villanueva Carbajal.
La participación de los integrantes de la Comisión Consultiva es ad honorem.
Artículo 4.- Secretaría Técnica
La Secretaría Técnica de la Comisión Consultiva está a cargo de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo. Tiene como función apoyar el trabajo de la Comisión Consultiva, entre otros, para la solicitud, recopilación y análisis de información, organización de reuniones y elaboración de actas y redacción de documentos. Asimismo, puede convocar a los miembros a las sesiones por encargo del Presidente.
Artículo 5.- Colaboración, asesoramiento y apoyo
Para el cumplimiento del encargo, la Comisión Consultiva, por acuerdo de sus miembros, puede invitar a participar en las sesiones respectivas a representantes de instituciones públicas o privadas, así como a especialistas y profesionales relacionados con las materias de vivienda y urbanismo, sean nacionales e internacionales, incluyendo la cooperación técnica internacional.
Artículo 6.- Instalación y Duración
La Comisión Consultiva se instalará en un plazo no mayor a veinte (20) días hábiles de publicada la presente Resolución Suprema; y tendrá un plazo de duración de dos (02) años, contado desde la sesión de instalación.
Artículo 7.- Reglamento Interno
La Comisión Consultiva se rige por su Reglamento Interno, el cual se aprobará mediante Resolución Ministerial, a propuesta de la citada comisión, en un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles posteriores a su instalación.
Artículo 8.- Financiamiento
El cumplimiento de las funciones de la Comisión Consultiva no demanda recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 9.- Refrendo
La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
RODOLFO YAÑEZ WENDORFF
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1847046-9