Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Socialista Democrática de Sri Lanka
RESOLUCIÓN supremA
Nº 018-2020-re
Lima, 17 de enero de 2020
VISTA:
La Resolución Suprema N° 040-2019-RE, que nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Rafael Polo Castañeda;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Nota Verbal N° 1381/2019, de 30 de octubre de 2019, la Alta Comisión de la República Socialista Democrática de Sri Lanka, comunica que su Gobierno ha concedido el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Rafael Polo Castañeda, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Socialista Democrática de Sri Lanka, con residencia en Nueva Delhi, República de la India;
La Hoja de Trámite (GAC) N° 13, del Despacho Viceministerial, de 3 de enero de 2020; y, el Memorándum (CER) N° CER00002/2020, de la Dirección de Ceremonial, de 2 de enero de 2020; y,
De conformidad con el artículo 118° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Rafael Polo Castañeda, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Socialista Democrática de Sri Lanka, con residencia en Nueva Delhi, República de la India.
Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
GUSTAVO MEZA-CUADRA V.
Ministro de Relaciones Exteriores
1847046-13