Autorizan viaje de funcionario diplomático a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0018/RE-2020
Lima, 15 de enero de 2020
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, invita al señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú a participar en el “III Diálogo Ministerial de Prevención y Lucha contra el Terrorismo en el Hemisferio” y en la “Tercera Conferencia Ministerial Hemisférica de Lucha contra el Terrorismo”, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el 19 y 20 de enero del 2020;
Que, el objetivo es intercambiar experiencias y buenas practicas; y dialogar sobre acciones que permitan fortalecer la cooperación regional en materia de prevención, lucha contra el terrorismo, su financiación y los nexos con diversas manifestaciones de la delincuencia transnacional; en especial discutir propuestas para hacer más eficientes los mecanismos existentes para hacer frente a las amenazas y desafíos del terrorismo; por lo que se estima importante la participación del Director General para Asuntos Multilaterales y Globales;
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modificatorias; y, el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que Aprueba el de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Marco Vinicio Balarezo Lizarzaburu, Director General de Asuntos Multilaterales y Globales a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el 19 y 20 de enero del 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos Clase Económica USD |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total viáticos USD |
Marco Vinicio Balarezo Lizarzaburu |
935.00 |
370.00 |
2 + 1 |
1,110.00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO MEZA-CUADRA V.
Ministro de Relaciones Exteriores
1846379-1