Dan por concluida designación de fiscal adjunta provincial titular civil y familia de Huancayo, Distrito Fiscal de Junín
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 2351-2024-MP-FN
Lima, 24 de octubre de 2024
VISTA:
La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 054-2024-MP-FN-JFS, de fecha 03 de octubre de 2024, y;
CONSIDERANDO:
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, establece las causales del término de la relación laboral en el cargo de fiscal, encontrándose entre estas la renuncia, desde que es aceptada.
Mediante la Resolución de vista, emitida por la Junta de Fiscales Supremos, se acepta la renuncia formulada por la abogada Brenda Liz Molina Cuicapusa, al cargo de fiscal adjunta provincial titular civil y familia de Huancayo del Distrito Fiscal de Junín, desde el 17 de setiembre del 2024.
En ese contexto cabe señalar que con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 414-2021-MP-FN, de fecha 25 de marzo de 2021, se designó a la abogada Brenda Liz Molina Cuicapusa en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Civil y Familia de Huancayo, en virtud a su título de nombramiento otorgado a través de la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 204-2011-CNM, actualmente Junta Nacional de Justicia, de fecha 02 de junio de 2011.
Adicionalmente, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
Por lo tanto, estando a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, se hace necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de dar por concluida la designación de la fiscal renunciante, con eficacia anticipada, a partir del 17 de setiembre de 2024; en consecuencia, notificar a la Junta Nacional de Justicia para la cancelación del título del nombramiento respectivo.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida, con eficacia anticipada, la designación de la abogada Brenda Liz Molina Cuicapusa, fiscal adjunta provincial titular civil y familia de Huancayo, Distrito Fiscal de Junín, en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Civil y Familia de Huancayo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 414-2021-MP-FN, de fecha 25 de marzo de 2021, a partir del 17 de setiembre de 2024, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del título otorgado a la referida fiscal, mediante la Resolución Nº 204-2011-CNM, actualmente Junta Nacional de Justicia, de fecha 02 de junio de 2011.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Brenda Liz Molina Cuicapusa que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2338037-7