Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR a Colombia en comisión de servicios

Autorizan viaje de Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR a Colombia, en comisión de servicios

resolución ministerial

N° 0349-2024-MIDAGRI

Lima, 25 de octubre de 2024

VISTOS:

La Carta N° S–EPELM 175-2/2024 de la Embajada de Colombia en Perú; el Oficio N° D000762-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorando Nº 2312-2024-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el Informe N° 0427-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales; y, el Informe N° 1260-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, señala que este Ministerio tiene entre sus funciones rectoras, dictar políticas nacionales y normas para el aprovechamiento y desarrollo sostenible de los recursos forestales y de la flora y la fauna, en concordancia con las políticas nacionales del ambiente;

Que, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, creado mediante la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y se constituye en la autoridad nacional forestal y de fauna silvestre;

Que, mediante Carta N° S–EPELM 175-2/2024, la Embajada de Colombia en Perú informa al SERFOR que la Decimosexta Conferencia de las Partes (COP16) del Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB), se realizará en la ciudad de Cali, República de Colombia, del 21 de octubre al 01 de noviembre de 2024;

Que, mediante correo electrónico de fecha 04 de septiembre de 2024, el SERFOR solicita al Ministerio del Ambiente - MINAM, en su calidad de punto focal ante la CDB, se acredite dentro de la delegación que asistirá a la COP16 del CDB, al señor Giancarlo Martín Vásquez Flores, Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal, quien participará a partir del 28 de octubre de 2024, en el citado evento;

Que, mediante el Oficio N° D000762-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE, la Directora Ejecutiva (dt) del SERFOR, remite a este Ministerio, la documentación correspondiente para la autorización de viaje, en comisión de servicios, del señor Giancarlo Martín Vásquez Flores, Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, a la ciudad de Cali, República de Colombia del 27 de octubre al 01 de noviembre de 2024, para participar en la COP16 de la CDB;

Que, para tal fin, el solicitante adjunta al referido oficio, entre otros, el Informe N° D000397-2024-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, que sustenta la importancia de la participación del señor Giancarlo Martín Vásquez Flores, Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, en la COP16 del CDB, por cuanto permitirá generar aprendizajes y articular acciones para la implementación de las metas del Marco Mundial de Biodiversidad Kunming-Montreal del Convenio de Diversidad Biológica y que están relacionadas a las actividades del sector forestal y de fauna silvestre;

Que, de conformidad con lo señalado en el Informe N° D000079-2024-MIDAGRI-SERFOR-PKFW, la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, asumirá con cargo a su presupuesto los gastos por viáticos y pasajes para la participación del señor Giancarlo Martín Vásquez Flores, Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, en la COP16 del CDB, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario contenida en las Notas N° 0000000966 y N° 000000979, que se acompañan al expediente;

Que, a través del Memorando Nº 2312-2024-MIDAGRI-SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, remite el Informe N° 0427-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI, mediante el cual la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales, señala que el expediente de autorización de viaje al exterior del señor Giancarlo Martín Vásquez Flores, Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, cumple con lo establecido en el numeral 6.1.1.3 de la Directiva Sectorial N° 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización de viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 0076-2019-MINAGRI, en adelante la Directiva;

Que, asimismo, OCAI señala que, la participación señor Giancarlo Martín Vásquez Flores, Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR en la Decimosexta Conferencia de las Partes (COP16) del Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) es de interés de interés institucional por cuanto permitirá al SERFOR viabilizar y articular las acciones que el sector forestal viene realizando en el marco de las competencias de la institución y que están relacionadas al cumplimiento de metas del Marco Mundial de Biodiversidad Kunming-Montreal relacionadas a las actividades del sector forestal y de fauna silvestre, como promover la recuperación de al menos el 30% de áreas degradadas en los ecosistemas continentales y marinos; gestionar sosteniblemente las especies silvestres como fuente de recursos para la economía, sustento y bienestar de los pueblos indígenas y las comunidades locales, entre otros;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, prevé que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público;

Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo de viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros;

Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que, las resoluciones de autorización de viaje que irroguen gastos al Tesoro Público, deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, mediante Informe N° 1260-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica manifiesta que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, emitiendo, en consecuencia, opinión favorable respecto a la expedición del acto resolutivo de autorización del viaje al exterior, en comisión de servicios, solicitado por el señor Giancarlo Martín Vásquez Flores, Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, para participar en la COP16 del CDB, a realizarse en la ciudad de Cali, República de Colombia;;

Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Giancarlo Martín Vásquez Flores, Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, a la ciudad de Cali, República de Colombia, del 27 de octubre al 01 de noviembre de 2024, conforme se señala en el Anexo 5 - Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior - de la Directiva;

Con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado con Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Giancarlo Martín Vásquez Flores, Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, a la ciudad de Cali, República de Colombia, del 27 de octubre al 01 de noviembre de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes Aéreos Clase Económica US$

Viáticos US$

370 por 5 días + 1 día de gastos de instalación y traslado

Total Global

US $

Giancarlo Martín Vásquez Flores

1,755

2,220

3,975

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el comisionado mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial deberá presentar un informe al Despacho Ministerial dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial es publicada en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS

Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

2338408-2