Ordenanza Regional que aprueba el Plan Regional de Acuicultura 2025 – 2030
ORDENANZA REGIONAL
Nº 533-GOB.REG-HVCA/CR
Huancavelica, 15 de agosto de 2024
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA
EL PLAN REGIONAL DE ACUICULTURA
2025 - 2030
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, indica que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Artículo 15º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.
Que, la autonomía política de los Gobiernos Regionales se define como la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que les son inherentes, conforme a los establecido en la ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización;
Que, mediante Oficio N° 444-2024/GOB.REG.HVCA/GGR, de fecha 04 de junio de 2024, el Gerente General Regional remite al Consejo Regional la propuesta del Plan Regional de Acuicultura – PAR de Huancavelica 2025 – 2030, el mismo que cumple con los requisitos mínimos de formulación planteada en las Directivas para la formulación de Planes Regionales de Acuicultura por parte de los Gobiernos Regionales, asimismo ha incorporado las recomendaciones, aporte y sugerencias brindadas a través de su Dirección General de Acuicultura, toda vez que se enmarca en los objetivos y lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo Acuícola 2010-2021.
Que, el Plan Regional de Acuicultura, se encuentra articulado con el Plan Regional de Desarrollo Concertado 2021 y con el Plan Estratégico Institucional del Gobierno Regional de Huancavelica 2020 – 2027.
Que, los Gobiernos Regionales tienen funciones en materia pesquera, como la de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia pesquera y producción acuícola de la región, de igual forma verificar el cumplimiento y correcta aplicación de los dispositivos legales sobre el control y fiscalización de insumos químicos con fines acuícolas de acuerdo a la ley de la materia; dictar las medidas correctas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentes en mérito a los literales a) y g) del Artículo 52° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Que, mediante Dictamen N° 003-2024/GOB.REG.HVCA/CODE, de fecha 09 de agosto de 2024, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, emite dictamen recomendando se apruebe el Plan Regional de Acuicultura de la región Huancavelica 2023 – 2030.
Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su correspondencia;
Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, con el voto unánime de sus miembros;
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR el Plan Regional de Acuicultura de Huancavelica 2025 – 2030, como instrumento de gestión que permitirá orientar la política regional para el desarrollo integral de la Acuicultura de una forma planificada y eficiente, la misma que se adjunta y forma parte integrante de la presente ordenanza regional.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y Dirección Regional de la Producción, el cumplimiento del contenido del documento que se aprueba.
Artículo Tercero.- DÉJESE sin efecto legal las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional.
Comuníquese al señor Gobernador Regional de Huancavelica para su promulgación.
En Huancavelica a los quince días del mes de agosto de 2024.
JOSÉ TORRES HUAMANÍ
Presidente del Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veintidós días del mes de agosto de dos mil veinticuatro.
LEONCIO HUAYLLANI TAYPE
Gobernador Regional
2323723-1