Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, para realizar pasantía en universidad de España
Universidad Nacional
del Altiplano - Puno
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 2836-2024-R-UNA
Puno, 16 de octubre del 2024
VISTOS:
El OFICIO Nº 577-2024-D-FIQ-UNA/Puno (17-09-2024), cursado por el Decano de la Facultad de Ingeniería Química – UNA-PUNO; y, el MEMORÁNDUM Nº 1079-2024-SG-UNA-PUNO (15-10-2024) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos al requerimiento y aprobación de autorización de viaje con fines de PASANTÍA en la Universidad Autónoma de MADRID - ESPAÑA, de 22 docentes de la Escuela Profesional de Ingeniería Química;
CONSIDERANDO:
Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18º de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales; asimismo, la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas;
Que, la Ley Nº 27619, que tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; en cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad;
Que, con OFICIO Nº 577-2024-D-FIQ-UNA-Puno, el Decano de la Facultad de Ingeniería Química de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, solicita autorización de participación de PASANTÍA EN EL EXTRANJERO DE DOCENTES DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA QUÍMICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO PUNO, A LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID – ESPAÑA E INSTITUTOS DE INVESTIGACIÓN, conforme al Proyecto de Pasantía y autorización contenida en la RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº 288-2024-D-FIQ-UNA-PUNO (26-08-2024), con aprobación del Consejo de Facultad Extraordinario de fecha 20 de agosto del 2024; otorgándose para el efecto, licencia por Capacitación a partir del 31 de octubre al 09 de noviembre del 2024, al igual que una bolsa de viaje por el monto de DOS MIL CON 00/100 SOLES (S/. 2,000.00) a favor de cada docente; con afectación al 5% de la Facultad de Ingeniería Química proveniente de la Maestría en Ciencias – Ingeniería Química;
Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través de la Unidad de Presupuesto, ha emitido su opinión técnica contenida en el INFORME Nº 2139-2024-UP-OPP-UNA-PUNO (26-09-2024), del cual se infiere la existencia de disponibilidad de marco presupuestal en la Meta 0014 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados; por lo que resulta la posibilidad de autorizar el requerimiento de bolsa de viaje. Asimismo, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido la OPINIÓN LEGAL Nº 838-2024-OAJ-UNA-PUNO (27-09-2024), el cual, en armonía con la normativa y consideraciones expuestas, opina que es procedente autorizar el viaje al extranjero, materia de la presente;
Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto – UNA-PUNO (RAU. Nº 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”;
Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; y,
De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria del 14 de octubre 2024;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior, ciudad de MADRID – ESPAÑA, a partir del 31 de octubre al 09 de noviembre del 2024, a los siguientes docentes de la Escuela Profesional de Ingeniería Química, FACULTAD DE INGENIERÍA QUÍMICA de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, con fines de participar de la PASANTÍA EN LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID – ESPAÑA E INSTITUTOS DE INVESTIGACIÓN; disponiéndose para el efecto, se otorgue una bolsa de viaje por el importe de DOS MIL CON 00/100 SOLES (S/. 2,000.00) a cada docente; con cargo a la Meta 0014 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados; de conformidad con los fundamentos descritos en la parte considerativa del presente acto administrativo:
1.- Dr. WALTER ALEJANDRO ZAMALLOA CUBA
2.- Dr. NAZARIO VILLAFUERTE PRUDENCIO
3.- Dr. NORBERTO SIXTO MIRANDA ZEA
4.- M.Sc. JOSÉ MIGUEL CASTILLO PRADO
5.- Mg. HIGINIO ALBERTO ZÚÑIGA SÁNCHEZ
6.- Dr. EDWIN GUIDO BOZA CONDORENA
7.- Dr. GREGORIO PALOMINO CUELA
8.- Ph.D. WALTHER BENIGNO APARICIO ARAGÓN
9.- M.Sc. CIRO HERNÁN VERA ALATRISTA
10.- M.Sc. SALOMÓN TTITO LEÓN
11.- Dra. EDITH TELLO PALMA
12.- Dra. LIDIA ENSUEÑO ROMERO IRURI DE SOTO
13.- Dra. MYRIAM EUGENIA PACHECO TANAKA
14.- Dr. TEÓFILO DONAIRES FLORES
15.- Dr. GERMAN QUILLE CALIZAYA
16.- M.Sc. JANETTE ROSARIO RAMOS PINEDA
17.- M.Sc. RENE JUSTO QUISPE FLORES
18.- M.Sc. MARLENI YOVANNA VALENCIA PACHO
19.- M.Sc. VÍCTOR ATILIO BARREDA DEL ARROYO
20.- Dr. LUIS ALBERTO SUPO QUISPE
21.- Dr. FERNANDO MISAEL GONZA TIQUE
22.- M.Sc. JOSÉ NÉSTOR MAMANI QUISPE
Artículo Segundo.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Dirección General de Administración, la Facultad de Ingeniería Química, Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la entidad, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PAULINO MACHACA ARI
Rector
LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA
Secretaria General
2336673-1