Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de oficial y técnico inspector FAP a Colombia en comisión de servicios

Autorizan viaje de oficial y técnico inspector FAP a Colombia, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 01172-2024-DE

Lima, 21 de octubre del 2024

VISTOS:

El Oficio Extra FAP N° 002262-2024-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 02177-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01862-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, con Radicado N° FAC-S-2024-007124-CE el Comandante de la Fuerza Aeroespacial Colombiana invita al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú para que dos (2) delegados de la Fuerza Aérea del Perú (Oficial y suboficial) con conocimientos técnicos en el ámbito cibernético, participen en el Cuarto Foro de Actualización en Ciberseguridad y Ciberdefensa de las Fuerzas Aéreas de las Américas y Países Aliados “CYBERWINGS 2024”, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 19 al 21 de noviembre de 2024;

Que, a través del Mensaje Común N° 002420-2024-EMGRA-EMRI/FAP el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú comunica al Comandante Espacial y Ciberespacial de dicha institución la aprobación de la propuesta de Matriz de selección, a fin de que el Coronel FAP Luigi Aurelio RIVAS GUEVARA y el Técnico Inspector FAP Edgard Alfonso TAMARIZ VIZUETA participen en Cuarto Foro de Actualización en Ciberseguridad y Ciberdefensa de las Fuerzas Aéreas de las Américas y Países Aliados “CYBERWINGS 2024”;

Que, con Informe Legal N° 010-2024 el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Espacial y Ciberespacial (COMEC), en apoyo al Centro de Operaciones Ciberespaciales (COPCE) de la Fuerza Aérea del Perú, emite opinión favorable a la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel FAP Luigi Aurelio RIVAS GUEVARA y del Técnico Inspector FAP Edgard Alfonso TAMARIZ VIZUETA para que participen en la referida actividad, en el lugar y fechas programadas;

Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del referido personal militar para participar en el Cuarto Foro de Actualización en Ciberseguridad y Ciberdefensa de las Fuerzas Aéreas de las Américas y Países Aliados “CYBERWINGS 2024”, debido a que les permitirá el desarrollo de capacidades que se requieren en las Operaciones Ciberespaciales, en base a la información obtenida respecto a metodologías empleadas por países aliados en el desarrollo de la Ciberseguridad y la Ciberdefensa, así como obtener conocimiento y experiencia sobre el uso de soluciones tecnológicas empleadas para la protección de las redes cibernéticas en escenarios prácticos;

Que, conforme a lo descrito en el Radicado No FAC-S-2024-007124-CE del Comandante de la Fuerza Aeroespacial Colombiana, los gastos de alojamiento, alimentación y transporte local, a excepción de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta, serán asumidos por la Fuerza Aeroespacial Colombiana;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 074 DGVC-ME/SIAF-RP suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de la Unidad Ejecutora N° 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, concordante con el inciso a) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG;

Que, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000003 y N° 0000000732, emitidas por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, con Oficio Extra FAP N° 002262-2024-SECRE/FAP la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel FAP Luigi Aurelio RIVAS GUEVARA y del Técnico Inspector FAP Edgard Alfonso TAMARIZ VIZUETA para participar en el Cuarto Foro de Actualización en Ciberseguridad y Ciberdefensa de las Fuerzas Aéreas de las Américas y Países Aliados “CYBERWINGS 2024”, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 19 al 21 de noviembre de 2024; así como, autorizar su salida del país el 18 de noviembre y su retorno 22 de noviembre del 2024;

Que, a través del Oficio N° 02177-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 025-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 01862-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel FAP Luigi Aurelio RIVAS GUEVARA, identificado con NSA N° 96462 y DNI N° 43551731, y del Técnico Inspector FAP Edgard Alfonso TAMARIZ VIZUETA, identificado con NSA N° 607296 y DNI N° 09683336, para participar en el Cuarto Foro de Actualización en Ciberseguridad y Ciberdefensa de las Fuerzas Aéreas de las Américas y Países Aliados “CYBERWINGS 2024”, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 19 al 21 de noviembre de 2024; así como, autorizar su salida del país el 18 de noviembre y su retorno 22 de noviembre del 2024.

Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima – Bogotá (República de Colombia) - Lima

US$ 1,447.68 x 2 personas = US$ 2,895.36

Total a Pagar = US$ 2,895.36

Artículo 3.- Los gastos de alojamiento, alimentación y transporte local serán cubiertos por la Fuerza Aeroespacial Colombiana.

Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de los días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de personal autorizado.

Artículo 5.- El Oficial Superior comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Walter Enrique Astudillo Chávez

Ministro de Defensa

2336969-1