Autorizan viaje de Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Fondo Sierra Azul, para participar en evento a realizarse en Colombia
resolución ministerial
N° 0345-2024-MIDAGRI
Lima, 23 de octubre de 2024
VISTOS:
El Oficio N° 138-2024-2025-JFAA/PARLANDINO del Presidente de la Comisión Especial Lucha contra El Hambre del Parlamento Andino, el Oficio N° 1877-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-UEFSA-DE, del Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Fondo Sierra Azul; el Memorando N° 2279-2024-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el Informe N° 0420-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales; y, el Informe Nº 1244-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 de la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), establece el ámbito de competencia del MIDAGRI que comprende las materias de: a) tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; b) agricultura y ganadería; c) recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; d) flora y fauna silvestre; e) sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; f) recursos hídricos; g) riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario; h) infraestructura agraria;
Que, la Unidad Ejecutora Fondo Sierra Azul (UEFSA), adscrita al Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del MIDAGRI, tiene como objetivo incrementar la seguridad hídrica agraria contribuyendo a la prosperidad del agro peruano a través de la siembra y cosecha de agua de las áreas agrícolas y alto andinas de todo el territorio peruano, favoreciendo prioritariamente a aquellos agricultores con menores niveles de ingreso económico, a través del financiamiento de actividades complementarias en materia de siembra y cosecha de agua;
Que, con Oficio N° 138-2024-JFAA/PARLANDINO, el Presidente de la Comisión Especial Lucha contra El Hambre del Parlamento Andino, cursa invitación al señor Luis Alfonzo Sardi Coral, Director Ejecutivo de la UEFSA, para participar como ponente principal en el Foro Internacional “Caso de éxito en siembra y cosecha de agua”, a realizarse el día 24 de octubre de 2024, en la sede del Parlamento Andino, ubicada en la ciudad Bogotá, República de Colombia, en el marco de la celebración de los 45 años de vida institucional de dicho organismo;
Que, mediante Oficio N° 1877-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-UEFSA-DE, el Director Ejecutivo de la UEFSA, remite al Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familia e Infraestructura Agraria y Riego (DVDAFIR), su solicitud de trámite de autorización de viaje al exterior, para participar en el referido Foro Internacional, señalando que ésta cumple con lo establecido en la Directiva Sectorial N° 002-2019-MINAGRI, “Directiva del Procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y control de pasajes, viáticos y, rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país, aprobada con Resolución de Secretaría General N° 0076-2019-MINAGRI- SG, en adelante la Directiva;
Que, asimismo, el Director Ejecutivo de la UEFSA acompaña a su solicitud de autorización de viaje al exterior, entre otros, el Informe N° 288-2024-MIDARI-DVDAFIR-UEFSA-DE-OAL, del Jefe de la Oficina de Asesoría Legal, y el Informe N° 1143-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-UEFSA-DE/OPPS, del Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento, los cuales señalan que, cumple con lo establecido en la Directiva Sectorial N° 002-2019-MINAGI; y, que es importante y conveniente para los intereses y objetivos institucionales la participación del Director Ejecutivo de la UEFSA, como representante del sector agrario y de riego, ante el referido Foro internacional en el que expondrá y resaltará la experiencia adquirida, los beneficios e impactos en la ejecución de intervenciones siembra y cosecha de agua que actualmente promueve y ejecuta el MIDAGRI a nivel nacional y consecuentemente fomentar el desarrollo de las actividades que mejoren las capacidades productivas en las zonas rurales e incrementar los ingresos de la población, especialmente altoandina;
Que, a través del Memorando Nº 2279-2024-MIDAGRI-SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP), remite el Informe Nº 0420-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI, mediante el cual, la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales (OCAI), señala que el expediente de autorización de viaje organizado por la Unidad Ejecutora Fondo Sierra Azul, cumple con acompañar, debidamente visados, los anexos requeridos en el numeral 6.1.1.3 de la Directiva;
Que, en el citado Informe, OCAI refiere que la participación del Director Ejecutivo de la UEFSA como ponente principal en el citado Foro Internacional en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el día 24 de octubre de 2024, es de interés institucional, por cuanto permitirá al sector agrario y de riego presentar la experiencia alcanzada por el Perú en el desarrollo de intervenciones y prácticas de siembra y cosecha de agua para asegurar la sostenibilidad del recurso hídrico, además de la regulación y aprovechamiento de agua, contribuyendo a la seguridad alimentaria y mejoramiento de la calidad de vida de las familias y comunidades altoandinas dedicadas a la agricultura familiar; y, protegiendo el ecosistema y medio ambiente en un escenario de cambio climático;
Que, del mismo modo la OCAI, señala que los gastos que irrogue la adquisición de los viáticos y boletos aéreos para el referido servidor, son cubiertos con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora Fondo Sierra Azul, según la Certificación de Crédito Presupuestario contenida en la Nota Nº 0000003583 y Nota Nº 0000003585, respectivamente, que forman parte del expediente que sustenta la solicitud de autorización de viaje al exterior;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica; y, se autorizan conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público;
Que, los artículos 1 y 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, prevén que la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y Organismos Públicos Descentralizados se otorga por Resolución Ministerial del respectivo Sector y se publica en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, mediante Informe N° 1244-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica manifiesta que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y que, por tanto, debe procederse a la emisión del acto resolutivo de autorización del viaje al exterior del señor Luis Alfonzo Sardi Coral, Director Ejecutivo de la UEFSA, para participar como ponente, en representación del sector agrario y de riego en el Foro Internacional “Caso de éxito en siembra y cosecha de agua”, a desarrollarse el 24 de octubre de 2024, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia;
Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario autorizar el viaje, en comisión de servicios del referido servidor a la ciudad de Bogotá, República de Colombia del 24 al 25 de octubre de 2024, conforme se señala en el Anexo 5 – Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior - de la Directiva y a la reserva de vuelos que se acompañan al expediente;
Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y la Resolución de Secretaría General N° 0076-2019-MINAGRI-SG, que aprueba la Directiva Sectorial N° 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Luis Alfonzo Sardi Coral, Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Fondo Sierra Azul del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 24 al 25 de octubre de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto de la Unidad Ejecutora Fondo Sierra Azul, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos (Clase económica) USD |
Zona geográfica |
Viáticos por día USD |
Total viáticos USD |
Luis Alfonzo Sardi Coral |
1 004,75 |
América del Sur |
370 x 1 día + 1 día de gastos de instalación y traslado |
740,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el servidor autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2337476-1