Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Disponen la publicación del proyecto del Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de los Recursos Invertebrados Marinos Bentónicos aprobado por Decreto Supremo N° 018-2021-PRODUCE y su exposición de motivos

Disponen la publicación del proyecto del “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de los Recursos Invertebrados Marinos Bentónicos, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2021-PRODUCE” y su exposición de motivos

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 000418-2024-PRODUCE

Lima, 21 de octubre de 2024

VISTOS: El Memorando Nº 00001376-2024-PRODUCE/DGPA de la Dirección General de Pesca Artesanal con el que remite el Informe Nº 00000128-2024-PRODUCE/DIGPA-mhuachua de su Dirección de Gestión Pesquera Artesanal; el Informe Nº 00000487-2024-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura con el que hace suyo el Informe Nº 00000509-2024-PRODUCE/DPO de su Dirección de Políticas y Ordenamiento; y el Informe N° 00001133-2024-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 66 a 68 de la Constitución Política del Perú establecen que los recursos naturales son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado promover su uso sostenible y la conservación de la diversidad biológica;

Que, el artículo 6 de la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, dispone que el Estado es soberano en el aprovechamiento de los recursos naturales y que su soberanía se traduce en la competencia que tiene para legislar y ejercer funciones ejecutivas y jurisdiccionales sobre ellos;

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, dispone que dicho Ministerio es competente, entre otras materias, en pesquería, acuicultura y en promoción y desarrollo de cooperativas;

Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2021-PRODUCE se aprueba el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de los Recursos Invertebrados Marinos Bentónicos el cual tiene por objeto regular las disposiciones aplicables al desarrollo de las actividades pesqueras de los citados recursos, la emisión de las medidas de ordenamiento, así como las disposiciones necesarias para desarrollar actividades extractivas en el marco del plan de extracción;

Que, con el Memorando Nº 00001376-2024-PRODUCE/DGPA la Dirección General de Pesca Artesanal remite el Informe N° 00000128-2024-PRODUCE/DIGPA-mhuachua, el cual señala que con la finalidad de actualizar el marco normativo vigente respecto a la actividad extractiva y al proceso de aprobación de los planes de extracción de los recursos invertebrados marinos bentónicos que permiten ordenar el desarrollo de la mencionada actividad de forma equilibrada, integral y sustentable, sobre la base del conocimiento actualizado de los aspectos biológicos, ecológicos, pesqueros, ambientales, sanitarios y sociales, resulta necesario modificar el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de los Recursos Invertebrados Marinos Bentónicos, por lo que recomienda la publicación del proyecto de Decreto Supremo y su exposición de motivos, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general sobre el proyecto normativo, por un plazo de quince (15) días calendario;

Que, con el Informe Nº 00000487-2024-PRODUCE/DGPARPA la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, hace suyo el Informe N°  00000509-2024-PRODUCE/DPO de su Dirección de Políticas y Ordenamiento, el cual concluye que los objetivos del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de los Recursos Invertebrados Marinos Bentónicos se alinean al interés nacional y a la política sectorial en materia pesquera; asimismo, se orientan a conservar los referidos recursos hidrobiológicos para la sostenibilidad de la actividad pesquera, como actividad productiva que contribuye a la generación de empleo e ingresos económicos y aporta a la seguridad alimentaria, por lo que es pertinente la emisión de la Resolución Ministerial que disponga la publicación del proyecto normativo;

Que, atendiendo a lo previsto en el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de los Recursos Invertebrados Marinos Bentónicos, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2021-PRODUCE” y su exposición de motivos, en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), por el plazo de quince (15) días calendario, lo que permitirá recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general sobre el proyecto normativo; 

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 00001133-2024-PRODUCE/OGAJ, señala que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo propuesto por la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Pesca Artesanal, de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE; y, el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo

Disponer la publicación del proyecto del “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de los Recursos Invertebrados Marinos Bentónicos, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2021-PRODUCE” y su exposición de motivos, en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general.

Artículo 2.- Mecanismo de participación

Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto normativo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial sean remitidos a la sede del Ministerio de la Producción, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 060, Urbanización Córpac, San Isidro, o al correo electrónico: dgparpa@produce.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO GONZALEZ GUERRERO

Ministro de la Producción

2336608-1