Aprueban el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, denominado “Programa Recicla Santa Rosa 2024-2028”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 008-2024/MDSR
Santa Rosa, 11 de octubre de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SANTA ROSA
VISTO: El Informe Nº 513-2024-SGMALP-GGASC/MDSR, de la Subgerencia del Medio Ambiente y Limpieza Pública; el Informe Nº 090-2024-GGASC/MDSR, de la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Comunidad; el Informe Nº 192-2024-GPP/MDSR, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 281-2024-GAJ/MDSR, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 1242-2024-GM/MDSR, de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, siendo que la autonomía de los gobiernos locales en los asuntos de su competencia es con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la Alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local, siendo el alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa. Asimismo, el artículo 42º de la precitada Ley, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, el numeral 119.1 del artículo 119º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, señala que la gestión de los residuos sólidos de origen doméstico, comercial o que siendo de origen distinto presenten características similares a aquellos, son de responsabilidad de los gobiernos locales. Por ley se establece el régimen de gestión y manejo de los residuos sólidos municipales;
Que, el literal d) del numeral 24.2 del artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1501, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo Nº 1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, señala que las municipalidades distritales y las provinciales en lo que concierne a los distritos del cercado, son responsable de implementar obligatoriamente programas de segregación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando la valorización de los residuos y asegurando una disposición final técnicamente adecuada;
Que, el literal j) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ordenanza Nº 2523-2022-MML, Ordenanza Metropolitana de Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales, establece que las municipalidades distritales son competentes para implementar obligatoriamente programas de segregación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando la valorización de los residuos y asegurando una disposición final técnicamente adecuada;
Que, el literal j) del numeral 5.1 del artículo 5 de la Ordenanza Nº 567/MDSR, Ordenanza que regula la gestión integral de residuos sólidos municipales en el distrito de Santa Rosa, señala que la Municipalidad Distrital de Santa Rosa es competente para implementar obligatoriamente el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, en todo el ámbito de la jurisdicción del distrito de Santa Rosa, facilitando la valorización de los residuos sólidos municipales y asegurando una disposición final técnicamente adecuada;
Que, el numeral 11.1 del artículo 11º del Decreto Supremo Nº 001-2022-MINAM, Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, establece que el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, es un instrumento técnico que debe ser elaborado, aprobado e implementado por las municipalidades provinciales y distritales, a través del cual se formulan estrategias para la segregación en la fuente, el diseño de la recolección selectiva de los residuos sólidos aprovechables (orgánicos e inorgánicos) considerando los resultados obtenidos del Estudio de Caracterización de Residuos Sólidos Municipales, así como la definición de acciones para garantizar el aprovechamiento de los residuos sólidos generados en su jurisdicción;
Que, el numeral 9) del artículo 92º de la Ordenanza Municipal Nº 522-MDSR, Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, señala que una de las funciones de la Subgerencia del Medio Ambiente y Limpieza Pública es ejecutar el Programa de Segregación de Residuos Sólidos en la Fuente;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 138-2021-MINAM, se aprueba la “Guía para implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos”, la cual tiene por objetivo de orientar a las municipalidades en la implementación del Programa, con la finalidad que los residuos sólidos aprovechables generados logren ser valorizados;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 098-2023-MINAM, se aprueba incluir en la “Guía para implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 138-2021-MINAM, la denominación “Programa RECICLA” en referencia al Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos; en el marco de una estrategia de intervención orientada a estandarizar la denominación de los instrumentos que se aprueban y operativizan el precitado Programa, a cargo de las municipalidades;
Que, mediante Informe Nº 513-2024-SGMALP-GGASC/MDSR, de la Subgerencia del Medio Ambiente y Limpieza Pública, solicita la aprobación del documento del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, denominado como: “Programa Recicla Santa Rosa” mediante Decreto de Alcaldía, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 6.2 Fase de formulación y aprobación de la Resolución Ministerial Nº 138-2021-MINAM, la cual aprueba la “Guía para implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos”;
Que, a través del Informe Nº 090-2024-GGASC/MDSR, de la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Comunidad, remite el documento del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, denominado como: “Programa Recicla Santa Rosa” de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa para su aprobación correspondiente;
Que, mediante Informe Nº 192-2024-GPP/MDSR, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, opina que resulta procedente la aprobación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, denominado como: “Programa Recicla Santa Rosa” de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa;
Que, a través del Informe Nº 281-2024-GAJ/MDSR, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, denominado como: “Programa Recicla Santa Rosa” de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, y demás normas de la materia;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, denominado como: “Programa Recicla Santa Rosa 2024-2028” de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia del Medio Ambiente y Limpieza Pública el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, con la participación activa de las otras unidades orgánicas de la Entidad.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, asignar de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, recursos para la implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, denominado como: “Programa Recicla Santa Rosa 2024-2028” de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, a la Oficina de Imagen Institucional su difusión, y a la Subgerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GEORGE ROBLES SOTO
Alcalde
2334295-1