Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Resolución Ministerial
N° 01150-2024-DE
Lima, 17 de octubre del 2024
VISTOS:
El Oficio N° 000383-2023-CG/SGE, complementado con el Oficio N° 000308-2024-CG/PLPREPI de la Contraloría General de la República; el Oficio EXTRA FAP N° 000350-2024-EMGRA/EMPR/FAP del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 02291-2024-MINDEF/VRD del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa; el Oficio N° 02443-2024-MINDEF/VRD-DGPP de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0330-2024-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 01720-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 31953 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, el mismo que incluye los recursos presupuestarios del Pliego 026: M. de Defensa; por lo cual, a través de la Resolución Ministerial N° 1541-2023-DE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2024 del Pliego 026: M. de Defensa, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Tipo de Transacción y Genérica del Gasto;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, autoriza la incorporación de los órganos de control institucional de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeta al plan de implementación aprobado para tal efecto por la Contraloría General de la República;
Que, el tercer párrafo de la precitada Disposición Complementaria Final dispone que, para efectos del financiamiento, las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales están autorizados a realizar transferencias financieras a favor de la Contraloría General de la República, hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006 “Acciones de Control y Auditoría”, así como a los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los órganos de control institucional, por toda fuente de financiamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fiscal correspondiente a la efectiva incorporación;
Que, conforme a lo dispuesto en el cuarto párrafo de la precitada norma legal, las transferencias financieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, de acuerdo al quinto párrafo de la aludida norma, la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial El Peruano;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la citada Ley N° 30742 señala que la incorporación de plazas y recursos de los órganos de control institucional a la Contraloría General de la República se realiza de forma progresiva ceñida al plan de implementación y comprende las remuneraciones, contraprestaciones, retribuciones y otros ingresos pagados en el marco de las disposiciones legales vigentes; agrega que la incorporación de recursos incluye, adicionalmente, el financiamiento de los contratos de locación de servicios, contratos administrativos de servicios, y otros tipos de contratación directa o indirecta de personas que prestan servicios en los órganos de control institucional;
Que, la Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la citada Ley N° 31953, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, durante el Año Fiscal 2024, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para financiar las transferencias financieras que efectúen a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;
Que, en dicho contexto, con Resolución de Contraloría N° 355-2018-CG se aprueba el Plan de Implementación de la Incorporación y Transferencia de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República;
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 349-2023-CG se aprueba la Directiva N° 012-2023-CG/GMPL “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, que tiene por finalidad establecer las disposiciones para el proceso de incorporación progresiva de los órganos de control institucional a la Contraloría General de la República;
Que, el numeral 7.1 de la citada Directiva establece que el inicio del proceso de incorporación se formaliza con la emisión de la Resolución de Contraloría que aprueba el inicio de incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República; al respecto, mediante la Resolución de Contraloría N° 355-2023-CG se aprueba el Inicio del Proceso de Incorporación de ciento dos (102) Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, entre los cuales se encuentra el Órgano de Control Institucional del Ministerio de Defensa;
Que, el numeral 7.1.4 de la aludida Directiva establece que las entidades ejecutan las transferencias financieras de acuerdo al monto indicado por la Contraloría General de la República, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la recepción por parte del Titular de la Entidad del oficio de solicitud de transferencia, y considerando lo señalado en el numeral 7.2 del mencionado dispositivo, el cual está referido al monto a transferir;
Que, mediante Oficio N° 000383-2023-CG/SGE, complementado con el Oficio N° 000308-2024-CG/PLPREPI la Contraloría General de la República manifiesta que se están desarrollando las etapas del proceso de incorporación en el marco de la Directiva N° 012-2023-CG/GMPL, Directiva de Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, y en dicho contexto han recibido los documentos remitidos por la Fuerza Aérea del Perú, entre ellos, el Formato 03, de cuya revisión se ha determinado que el monto que debe transferir a la Contraloría General asciende a S/ 35 000,00 (TREINTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES), importe que comprende los recursos que financian los contratos de locación de servicios y contratos administrativos de servicios a plazo determinado cuyas actividades están relacionadas a las acciones de control;
Que, a través del Oficio EXTRA FAP N° 000350-2024-EMGRA/EMPR/FAP el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú solicita se gestione la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, por el importe TREINTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES (S/35 000,00), para financiar el proceso de incorporación del órgano de control institucional (OCI) a la Contraloría General de la República, que comprende los recursos que financian los contratos de locación y contratos administrativos de servicios a plazo determinado, cuyas actividades estén relacionadas a las acciones de control;
Que, mediante Oficio N° 02443-2024-MINDEF/VRD-DGPP la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 00330-2024-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable sobre la transferencia financiera a efectuarse a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 35,000.00 (TREINTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES), que comprende los recursos que financian los contratos de locación de servicios y contratos administrativos de servicios a plazo determinado cuyas actividades estén relacionadas a las actividades de control, por cuanto se cuenta con recursos disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 026: M. de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;
Que, mediante el Informe Legal N° 01720-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la aprobación, vía resolución ministerial, de la transferencia financiera antes descrita, conforme a los términos propuestos por la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Resolución de Contraloría N° 349-2023-CG, que aprueba la Directiva N° 012-2023CG/GMPL “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”; y el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 026: M. de Defensa, hasta por la suma de S/ 35,000.00 (TREINTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General (Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General), en el marco del proceso de incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, conforme a lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Limitaciones sobre el uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 3.- Monitoreo y seguimiento
Copia de la presente Resolución Ministerial, y su Anexo, se remiten al responsable de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú para que efectúe las acciones necesarias para la implementación de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Publicación
La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Walter Enrique Astudillo Chávez
Ministro de Defensa
Anexo
Transferencia Financiera a favor el
Pliego 019. Contraloría General
SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO : 026. MINISTERIO DE DEFENSA
UNIDAD EJECUTORA : 005 FUERZA AÉREA DEL PERÚ
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1. RECURSOS ORDINARIOS
CATEGORÍA DE GASTO : 5. GASTOS CORRIENTES
GENÉRICA DE GASTO : 2.4. DONACIONES Y
TRANSFERENCIAS
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA |
PRODUCTO |
ACTIVIDAD |
ESPECÍFICA DE GASTO |
IMPORTE |
9001: ACCIONES CENTRALES |
3999999: SIN PRODUCTO |
5000006: ACCIONES DE CONTROL Y AUDITORÍA |
2.4.1.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL |
35 000,00 |
2336093-1