Autorizan, hasta el 31 de diciembre de 2024, la gratuidad de trámites Documento Nacional de Identidad electrónico para servidores del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC (DNIe emitidos por primera vez)
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000161-2024/JNAC/RENIEC
Lima, 18 de octubre de 2024
VISTOS:
El Informe Nº000002-2024/CGD/RENIEC (24SET2024) del Líder del Comité de Gobierno Digital; la Hoja de Elevación N° 000349-2024/OPP/RENIEC (02OCT2024) de la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización); la Hoja de Elevación N° 000531-2024/OTI/RENIEC (12OCT2024) de la Oficina de Tecnologías de la Información; y el Informe Nº 001244-2024/OAJ/RENIEC (16OCT2024) de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil-RENIEC es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 183 de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del RENIEC mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad;
Que el derecho a la identidad, consagrado por la Constitución Política del Perú como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identificación que los individualice de los demás;
Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil-RENIEC gestiona registros con datos personales cuya seguridad resulta crítica, por lo que resulta pertinente y recomendable establecer controles de acceso lógico para sus servidores que tengan en cuenta las amenazas, debilidades, fortalezas y disponibilidad de los mismos;
Que el personal del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil-RENIEC dispone de certificados digitales de persona jurídica provistos por la entidad a sus servidores, sin embargo, bajo esta alternativa no se dispone de la seguridad que ofrecen los certificados digitales incorporados en un módulo criptográfico como el DNIe que dispone de certificación de seguridad Common Criteria EAL6+, el que más allá de su seguridad frente a ataques informáticos o de vulneración de algoritmos criptográficos, es un dispositivo cuyo titular lo porta siempre consigo manteniendo el control exclusivo de sus claves;
Que mediante documentos de vistos el Líder del Comité de Gobierno Digital propone considerar el uso del DNIe por parte del personal del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil-RENIEC para los fines de incrementar la seguridad en el control de acceso a los sistemas, plataformas y aplicaciones de la entidad, procediéndose a emitirse de manera gratuita;
Que el artículo 98 del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente;
Que con la Hoja de Elevación N° 000349-2024/OPP/RENIEC (02OCT2024) de la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización), el Informe N° 000262-2024/OPP/UPE/RENIEC (01OCT2024) de la Unidad de Planificación y Estadística (hoy Unidad de Planeamiento de Inversiones), y el Memorando N° 001712-2024/OPP/UP/RENIEC (30SET2024) de la Unidad de Presupuesto, se otorga viabilidad presupuestaria para proporcionar el DNIe a los servidores del RENIEC. Asimismo, se señala que la propuesta se alinea, al objetivo y acción estratégica institucional del Plan Estratégico Institucional vigente (OEI.05 Fortalecer la gestión institucional orientada a resultados y AEI 05.02 Modelo de gobierno digital implementado en la entidad), indicando a su vez, que se alinea a la Política y Objetivos de la Gestión Integral del Riesgo de la Entidad”;
Que mediante la Hoja de Elevación N° 000531-2024/OTI/RENIEC (12OCT2024) de la Oficina de Tecnologías de la Información y la Hoja de Elevación N° 001069-2024/OTI/UIS/RENIEC (12OCT2024) de la Unidad de Ingeniería de Software de la Oficina de Tecnologías de la Información, se establece que la implementación de mecanismos de seguridad para el acceso a los sistemas, plataformas o aplicaciones mediante el uso de DNIe es técnicamente viable en aquellos que la tecnología así lo permita;
Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Oficina de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la resolución jefatural correspondiente, que disponga autorizar hasta el 31 de diciembre del 2024, la gratuidad de trámites Documento Nacional de Identidad electrónico para los servidores del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC (DNIe emitidos por primera vez);
Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente resolución jefatural a la ciudadanía; y,
Estando a la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y publicada en el diario oficial El Peruano el 11ABR2024; y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, modificado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar, hasta el 31 de diciembre de 2024, la gratuidad de trámites Documento Nacional de Identidad electrónico para los servidores del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC (DNIe emitidos por primera vez), para los fines de incrementar la seguridad en el control de acceso a los sistemas, plataformas y aplicaciones de la entidad.
Artículo Segundo.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, será financiado con saldos de libre disponibilidad de la Unidad Ejecutora 01 del Pliego 033: RENIEC proveniente de la menor ejecución del gasto en el año 2024.
Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a las Direcciones de Servicios Registrales, de Certificación y Servicios Digitales y de Registros de Identificación; y, a las Oficinas de Tecnologías de la Información, de Administración y Finanzas, y de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización).
Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones y Prensa la difusión del contenido de la misma para la publicidad a la población.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional
2335987-1