Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 2278-2024-MP-FN

Lima, 17 de octubre de 2024

VISTO:

El oficio Nº 008560-2024-MP-FN-PJFS-SANMARTIN, de fecha 2 de octubre de 2024, y;

CONSIDERANDO:

Mediante oficio Nº 000003-2024-MP-FN-RMT-2D-2FPPC-SANMARTIN-TARAPOTO, de fecha 2 de octubre de 2024, el abogado Roger Malca Torres, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín, designado en el despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Bellavista y destacado al despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto; presenta su carta de renuncia al cargo, por motivos personales e informa que tendrá efectividad al 1 de noviembre de 2024.

Asimismo, mediante oficio Nº 000272-2024-MP-FN-2D-2FPPC-SANMARTIN-TARAPOTO, de fecha 2 de octubre de 2024, la abogada Emma Johanna Zevallos Salazar, fiscal provincial titular penal (corporativa, sede Tarapoto) de San Martín, Distrito Fiscal de San Martín, designada en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto, en su condición de jefe inmediato, eleva y otorga su visto bueno a la referida carta de renuncia.

A través del oficio de visto, el abogado Jorge Eduardo Vergara Villanueva, presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, remite la citada carta de renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la respectiva conformidad, con efectividad al 1 de noviembre de 2024.

Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar la renuncia del referido fiscal.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Roger Malca Torres, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín y a su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Bellavista, así como su destaque al despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto; por consiguiente, dejar sin efecto a partir del 1 de noviembre de 2024, la prórroga de la vigencia de su nombramiento, designación y destaque, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 1810-2024-MP-FN y 2034-2024-MP-FN, de fechas 14 de agosto y 19 de septiembre de 2024.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Roger Malca Torres que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General n.o 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación n.o 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva (RENADESPPLE) y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2335604-4