Modifican la R.M. N° 399-2023-MINCETUR, que delega en funcionarios del MINCETUR diversas facultades durante el Ejercicio Fiscal 2024
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 310-2024-MINCETUR
Lima, 17 de octubre de 2024
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, este último es el Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, que forma parte del Poder Ejecutivo y constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a la Ley;
Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas a su función y siempre que la normatividad lo autorice;
Que, conforme al artículo 8 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451, “El Ministro es la más alta autoridad política del Sector”, y, “(…) puede delegar las facultades y atribuciones que establece la presente Ley que no sean privativas de su cargo”;
Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece un régimen único y exclusivo para las personas que presten servicios en las entidades públicas del Estado, así como aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas;
Que, por Memorándum N° 2433-2024-MINCETUR/SG/OGA/OP de fecha 16 de octubre de 2024, la Oficina de Personal remite la propuesta de facultades, adjuntando el Informe N° 0745-2024-MINCETUR/SG/OGA/OP/SDP de la Sub Dirección de Personal, indicando que es necesario y urgente delegar la función para emitir y suscribir actos administrativos o documentos que sean necesarios en el marco del procedimiento y diligencias de ejecución de mandatos judiciales en calidad de cosa juzgada, a fin de dar cumplimiento a las órdenes judiciales;
Que, la Oficina General de Administración hace suyo lo señalado por la Oficina de Personal mediante Memorándum N° 815-2024-MINCETUR/SG/OGA;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 399-2023-MINCETUR y sus modificatorias, se delega en servidores públicos del MINCETUR diversas facultades durante el Ejercicio Fiscal 2024;
Que, a fin de optimizar y agilizar la gestión administrativa de la Entidad, se estima por conveniente delegar la función asignada al Titular de la Entidad en el/la Director/a de la Oficina de Personal, referida a emitir y suscribir actos administrativos o documentos que sean necesarios en el marco del procedimiento y diligencias de ejecución de mandatos judiciales en calidad de cosa juzgada, a fin de dar cumplimiento a las órdenes judiciales;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- incorporar el literal d) del artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 399-2023-MINCETUR y sus modificatorias, conforme al siguiente texto:
“Artículo 5.- Delegar en el/la Director/a de la Oficina de Personal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, durante el ejercicio fiscal 2024, la siguiente facultad en la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 035 del MINCETUR:
(…)
d) Emitir y suscribir actos administrativos o documentos que sean necesarios en el marco del procedimiento y diligencias de ejecución de mandatos judiciales en calidad de cosa juzgada, a fin de dar cumplimiento a las órdenes judiciales.”
Artículo 2.- La delegación de facultad, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso.
Artículo 3.- El funcionario señalado en el artículo 1 de la presente Resolución deberá informar semestralmente al Despacho Ministerial, sobre el ejercicio de la facultad delegada mediante la presente Resolución, dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre.
Artículo 4.- Remitir copia de la presente al funcionario al cual se le ha delegado la facultad antes mencionada y al Órgano de Control Institucional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
2335697-1