Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Designan Directora de la Dirección de Protección de las Colecciones

Designan Directora de la Dirección de Protección de las Colecciones

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 000168-2024-BNP

Lima, 15 de octubre de 2024

VISTOS:

El Memorando Nº 001247-2024-BNP-GG-OA de fecha 15 de octubre de 2024, de la Oficina de Administración; el Informe Legal Nº 000312-2024-BNP-GG-OAJ de fecha 15 de octubre de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente;

Que, encontrándose vacante el cargo de Director(a) de la Dirección de Protección de las Colecciones;

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, de la Unidad Funcional de Recursos Humanos;

De conformidad con la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2024-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- DESIGNAR a la señora CRISTINA MILAGROS VARGAS PACHECO en el cargo de Directora de la Dirección de Protección de las Colecciones, previsto en el CAP Provisional de la Biblioteca Nacional del Perú con número de Orden 250.

Artículo 2.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA PEÑA CARDOZA

Jefa Institucional

2334793-1